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jueves, 3 de mayo de 2018



  • La Autoridad Investigadora tiene indicios para suponer la manipulación de precios y el intercambio de información estratégica entre competidores que participan en este mercado.
  • La investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica.


La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de investigación por oficio, IO-004-2017, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización en el territorio nacional de productos para la higiene manufacturados con celulosa, pulpa de celulosa y sus derivados, incluyendo pañales para bebé, protección sanitaria femenina, productos para incontinencia, papel higiénico desechable, toallas húmedas y otros relacionados.
 
Las prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.

Esta investigación, que inició el 29 de noviembre de 2017, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.

En el extracto, la Autoridad Investigadora precisa que el presente aviso se refiere al inicio de un procedimiento indagatorio sobre posibles acuerdos entre competidores con el objeto o efecto de manipular los precios, así como de intercambiar información entre ellos para realizar alguna de las conductas consideradas como prácticas monopólicas absolutas.

El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.

Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
 

COFECE investiga posible práctica monopólica absoluta en el mercado de productos de higiene manufacturados con celulosa

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lunes, 12 de febrero de 2018



En el Plan se puede revisar la misión y visión institucionales, así como los valores que guiarán el quehacer diario de la institución: excelencia, imparcialidad, defensa del interés público, transparencia e independencia. También se identifican aquellos sectores que por su impacto transversal a la economía y amplio efecto en los consumidores tendrán una vigilancia más proactiva por parte de la COFECE: financiero, energía, transporte, agroalimentario, salud y compras públicas.

En su Programa Anual de Trabajo  se describen los proyectos que implementará en el corto plazo.


Conductas Anticompetitivas
Sanción a cártel que manipuló procesos de compra pública
Pactó los precios de los servicios de monitoreo de medios que contrataron diversas dependencias.
Conductas Anticompetitivas
Se investiga posible concentración ilícita
En el mercado de distribución y comercialización al mayoreo de productos farmacéuticos, de higiene y belleza.

Conductas Anticompetitivas
Inician 3 procedimientos seguidos en forma de juicio
En los mercados de: información crediticia; transporte público aéreo de pasajeros en el territorio nacional, así como de servicios de traslado y custodia de valores.
Promoción a la Competencia
Plantea COFECE medidas pro-competencia en el sector eléctrico
Entre ellas,  que las compras de gas natural, realizadas por las empresas generadoras de electricidad de CFE, se concursen en lugar de adjudicarse directamente a CFE Energía con el objetivo de conseguir los mejores costos posibles.
NUMERALIA
En enero, la Comisión atendió 112 asuntos, de los cuales 49 corresponden aconcentraciones40 a procedimientos por prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas5 relacionados con procedimientos especiales 18 son opiniones a procesos de licitaciones, concesiones o permisos.

Publica COFECE su Plan Estratégico 2019-2021 y su Programa Anual de Trabajo para 2018.

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miércoles, 13 de diciembre de 2017


  • Este ejercicio de planeación está en línea con las mejores prácticas adoptadas por las autoridades de competencia en otras jurisdicciones.
  • Este documento presenta un diagnóstico que identifica el punto de partida y el establecimiento de nuevos retos y objetivos para los siguientes cuatro años.
  • La consulta estará abierta a partir de este día y hasta el 12 de enero de 2018.
Ciudad de México, 13 de diciembre de 2017.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) pone a consulta pública su Proyecto del Plan Estratégico 2018-2021 (Proyecto), en el cual identifica las áreas de oportunidad para el cumplimiento de su mandado constitucional, define los sectores económicos prioritarios para sus actuaciones y plantea cinco objetivos institucionales estratégicos que guiarán su labor a lo largo de los siguientes cuatro años.
De acuerdo con las mejores prácticas adoptadas por las autoridades de competencia en otras jurisdicciones, la COFECE elaboró este Proyecto en el que define la misión, la visión y sus valores institucionales. Previamente, construyó y ejecutó el Plan Estratégico 2014-2017, que sirvió de guía para sus actuaciones durante los primeros cuatro años de la Comisión.
Ahora, para la elaboración del nuevo Plan se trabajó en un diagnóstico que identifica el punto de partida y el establecimiento de nuevos retos, entre los que destacan áreas de oportunidad o de riesgos en el cumplimiento del mandato constitucional. Para atenderlos, la Comisión define los siguientes objetivos institucionales:
  1. Aplicar eficazmente la normativa en materia de competencia económica,
  2. Impulsar activamente la prevención y corrección de estructuras y marcos anticompetitivos,
  3. Defender los intereses de la Comisión y ejercer las atribuciones que tiene conferidas,
  4. Posicionar la competencia económica en la agenda pública, y
  5. Consolidar un modelo organizacional de vanguardia.
De manera complementaria, el Proyecto identifica seis sectores económicos que serán prioritarios en el desarrollo de sus actuaciones para 2018-2021: financiero, agroalimentario, energético, transporte, salud y las contrataciones públicas.
Además, este documento contiene los resultados más importantes alcanzados como parte de los objetivos institucionales y proyectos de implementación inmediata que se fijó la Comisión para el periodo 2014 – 2017.
Para la COFECE es importante contar con la opinión de los integrantes de la academia, el sector privado, los despachos de practicantes especializados en competencia económica, así como de toda la sociedad. Por lo anterior, somete a consulta pública el Proyecto de Plan Estratégico 2018-2021 por un periodo de 31 días naturales contados a partir de la publicación del presente documento en su portal de internet (del 13 de diciembre de 2017 al 12 de enero de 2018). En el siguiente enlace se puede consultar el documento: https://cofece.mx/conocenos/secretaria-tecnica-2/consultas-publicas/
Las personas, instituciones y agentes económicos interesados en presentar comentarios podrán hacerlo vía correo electrónico a la siguiente dirección: planestrategico@cofece.mx o bien directamente en la oficialía de partes de la Comisión Federal de Competencia Económica ubicada en Avenida Santa Fe número 505, piso 14, Colonia Cruz Manca, Delegación Cuajimalpa, Ciudad de México, Código Postal 05349.
Agradecemos ampliamente sus aportaciones para fortalecer la política de competencia en los próximos cuatro años e incrementar la eficiencia de los mercados mexicanos, en favor de los consumidores y de las empresas.

COFECE somete a consulta pública su Proyecto del Plan Estratégico 2018-2021

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miércoles, 4 de octubre de 2017



  • El marco normativo que se adopte para las nuevas tecnologías financieras definirá incentivos y condiciones para la innovación, inclusión, crecimiento y la competencia en el sector financiero.
  • Cofemer emitió el dictamen sobre el anteproyecto de iniciativa de Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, no obstante, el plazo para que la COFECE emitiera su opinión no había vencido, de acuerdo con el convenio que mantienen ambas instituciones.
  • La COFECE emitirá con oportunidad su opinión en materia de competencia a las comisiones legislativas del Congreso de la Unión que sean responsables de dictaminar el anteproyecto de ley.

El sistema financiero es de gran relevancia para la economía del país, por su impacto en las condiciones de productividad y competitividad de la economía nacional, así como en el bienestar de los consumidores y en la eficiencia de otros sectores. En el Trabajo de investigación y recomendaciones sobre el sector financiero y sus mercados,[1] la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) identificó que, a pesar de que México cuenta con un sistema financiero bien capitalizado y con bajos índices de morosidad:
i)                    Existen pocos incentivos para los bancos a competir entre sí por ganarse la preferencia de sus clientes, una alta concentración de oferentes en los productos y servicios financieros, así como una elevada rentabilidad de los bancos que supera a la percibida en países con niveles de ingreso similares; y
ii)                  Los niveles de penetración del sistema financiero mexicano y la inclusión de la población en los servicios que ofrece continúan siendo limitados.
La introducción de nuevas tecnologías que ofrecen alternativas financieras, por ejemplo, de financiamiento y en los sistemas de pago, podrían modificar la estructura y el desempeño de este sector, en la medida que generen presión competitiva sobre la banca tradicional y nuevas opciones en beneficio de los consumidores. En este sentido, la regulación que se adopte definirá los incentivos para la innovación, inclusión, crecimiento y la competencia en el sector financiero.
En el marco del Convenio de Colaboración firmado entre la COFECE y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), el pasado 19 de septiembre esta última institución remitió a esta autoridad de competencia el anteproyecto de iniciativa de Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, con el propósito de obtener su opinión respecto de los efectos que pudiera tener en materia de competencia económica y libre concurrencia.
Si bien el Convenio concede a la COFECE un plazo de respuesta no mayor de 20 días hábiles, la COFEMER hizo público el 3 de octubre de este año su Dictamen Total del anteproyecto, esto es antes de que venciera el plazo para que la COFECE emitiera su opinión. 
Así, mientras el Dictamen expone la solicitud de opinión realizada a la COFECE y el no haber recibido elementos por parte de la misma, en los hechos los tiempos de respuesta establecidos en el convenio referido aún no vencen.
En línea con el compromiso de la COFECE de aportar valoraciones técnicas en materia de competencia y libre concurrencia al contenido de normas con posibilidades de impactar de manera amplia al funcionamiento eficiente de los mercados y el bolsillo de los mexicanos, esta Comisión hará llegar, en el momento oportuno, su opinión en materia de competencia a las comisiones legislativas responsables de dictaminar el anteproyecto de ley en el Congreso de la Unión.

Ley para Regular Instituciones de Tecnología Financiera: oportunidad para incrementar la competencia y el bienestar de los usuarios

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jueves, 14 de septiembre de 2017



  • La Comisión reconoce la importancia de la creación de un Sistema Nacional de Mejora Regulatoria que abarque a todos los órdenes y niveles de gobierno, incluyendo a los organismos autónomos.
  • La mejora regulatoria, en la medida que disminuya cargas y obstáculos normativos, tiene el potencial de promover la libre concurrencia y competencia en los mercados.
  • Sin embargo, ciertos aspectos de la iniciativa de Ley podrían vulnerar la autonomía de la Comisión y afectar el ejercicio efectivo de algunas de sus atribuciones.
  • La iniciativa de Ley debería diferenciar y modular el tratamiento que se dará a los distintos sujetos obligados en función de su naturaleza jurídica y sus actividades.


El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) remitió una opinión a las comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos del Senado de la República, en la que solicita se modifique la iniciativa de decreto por el que se expide la Ley General de Mejora Regulatoria (iniciativa), ya que de aprobarse en sus términos podría vulnerar las atribuciones conferidas a esta Comisión y afectar la eficiencia de sus actuaciones.
La iniciativa es resultado de la reforma constitucional en mejora regulatoria, publicada en febrero de este año. Esta tiene el objeto de establecer para todas las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, así como de los organismos autónomos, la obligación de implementar políticas públicas de mejora en la calidad de sus regulaciones, trámites y servicios.
Si bien esta Comisión concuerda con el objetivo señalado, se observa que la misma podría tener implicaciones en detrimento de sus atribuciones en los siguientes aspectos:
  1. La iniciativa de Ley plantea la creación de un Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, que al ejercer algunas de sus atribuciones podría vincular a órganos autónomos constitucionales, como esta Comisión. Por ello, tendría que distinguirse con claridad el rol de dicho Consejo frente a esta autoridad, con la que debería prevalecer una relación de cooperación.
  2. Se plantea un Registro Nacional de Visitas Domiciliarias que integraría los datos (nombre, cargo, domicilio, teléfono, correo electrónico, etc.) de los servidores públicos de los distintos órganos que realizan dichas actuaciones, así como de las visitas domiciliarias y personas sancionadas a raíz de un procedimiento de este tipo. Estas obligaciones vulnerarían los procedimientos de investigación de prácticas anticompetitivas previstos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), pues conforme a la normativa aplicable se desarrollan protegiendo la identidad de los agentes económicos investigados.[1]
La visita de verificación es una de las herramientas más importantes de la COFECE para recabar elementos de convicción y sustentar sus investigaciones. En años recientes su uso ha sido incremental y esencial para detectar conductas ilícitas. De revelar la identidad y datos de los funcionarios asignados a las investigaciones y/o a las visitas de verificación, se facilitaría la obstaculización de sus funciones, además, si la información no es manejada con cautela, también podría ponerse en riesgo su integridad.
  1. La iniciativa de Ley podría limitar o restringir las facultades constitucionales de creación normativa atribuidas en favor de la COFECE, las cuales tiene por objeto promover y proteger el proceso de competencia. Inclusive, podrían afectar el ejercicio o generar confusión a propósito del uso de ciertas herramientas, como la emisión de lineamientos para regular el acceso a insumos esenciales que generan efectos anticompetitivos en términos del artículo 94 de la LFCE.

Propone COFECE al Senado modificar iniciativa de decreto de Ley General de Mejora Regulatoria

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domingo, 10 de septiembre de 2017


  • La política de competencia es fundamental para evitar los efectos negativos que generan los mercados concentrados en la calidad y precio de los bienes y servicios, así como en la productividad del país.
  • La Comisión abre un nuevo periodo institucional, comprometida con avanzar al país hacia mercados cada vez más competidos, haciendo uso de todas las facultades que le han sido conferidas por la Ley Federal de Competencia Económica promulgada en 2014.

En sus primeros cuatro años de vida, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) ha dispuesto de todas sus facultades como órgano constitucional autónomo, con el fin de promover mejores condiciones de competencia en los mercados, para el bienestar de las familias y el desarrollo de los mexicanos.
En este periodo, la COFECE ha ejercido su autoridad en mercados fundamentales, alertado con sus análisis sobre obstáculos a la competencia existentes por regulación deficiente sea esta de orden federal, estatal o municipal, además ha perseguido prácticas anticompetitivas en mercados tan relevantes como el agroalimentario, financiero, de medicamentos, energético, transporte en diversas modalidades, compras públicas y comercio, así como previniendo fusiones y adquisiciones entre empresas que pudieran elevar injustificadamente los precios.
Así, entre septiembre de 2013 y agosto de 2017, la Comisión:
  • Analizó 531 operaciones entre empresasadquisiciones, fusiones o alianzaspara verificar y en su caso evitar que estas generaran algún riesgo a las condiciones de competencia. En este sentido, entre otras decisiones, negó la concentración entre Ienova y Pemex, y se condicionaron 19 transacciones, como las de Aeroméxico-Delta y Soriana-Comercial Mexicana.
  • Atendió 58 procedimientos por prácticas anticompetitivas, concentraciones ilícitas, barreras a la competencia o para determinar condiciones de competencia en los mercados. De estos, 13 concluyeron con la imposición de multas por un total de 4 mil 17 millones de pesos. Destacan las investigaciones en los mercados de pollo, azúcar o Afores.
  • Analizó 233 marcos normativos o proyectos normativos, respecto de los cuales emitió 48 opiniones cuando encontró que podrían obstaculizar la competencia.
  • Elaboró estudios sobre las condiciones de competencia en los mercados financiero, agroalimentario, de medicamentos con patente vencida y de gasolina y diésel. En estos ejercicios analizó aquellos elementos estructurales y comportamientos de los agentes económicos que podrían estar obstaculizando la competencia, proponiendo diversas recomendaciones para resolver dichos problemas.
El escalamiento de capacidades de la COFECE ha quedado demostrado también en la validación judicial de sus procesos. En estos cuatro años, los tribunales especializados en competencia del Poder Judicial de la Federación, en 8 de cada 10 casos sentenciados dieron la razón a la Comisión.  
La política de competencia es fundamental para la productividad del país, promover el impulso emprendedor y crecimiento económico en México, así como para evitar los efectos negativos que generan los mercados concentrados en calidad y precios de los bienes y servicios. La Comisión abre un nuevo periodo institucional de cuatro años, comprometida con avanzar al país hacia mercados cada vez más competidos, haciendo uso de todas las facultades que le han sido conferidas por la nueva Ley Federal de Competencia Económica de 2014.

COFECE, cuatro años al servicio de la economía de los mexicanos

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miércoles, 9 de agosto de 2017


  • La Comisión presentó el Estudio en materia de libre concurrencia y competencia sobre los mercados de medicamentos con patentes vencidas.
  • Entre los problemas detectados se encuentran: el vencimiento de patentes no se ha traducido en suficiente presión competitiva; la entrada de los medicamentos genéricos al mercado es tardía y lenta; además pasan en promedio dos años para que se observe una reducción de precios, que no es tan pronunciada como en otros países.
  • Para alcanzar los beneficios de la competencia se requiere modificar el marco regulatorio, así como algunos criterios de política pública.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó el Estudio en materia de libre concurrencia y competencia sobre los mercados de medicamentos con patentes vencidas en el que concluye la existencia de problemas de competencia, derivados de fallas regulatorias y de política pública que inhiben la participación de un mayor número de agentes económicos en este mercado y, en consecuencia, los incentivos para afianzar una oferta de medicinas con mejores precios para las familias mexicanas.
Estos problemas de competencia generan a los consumidores, cuando menos, un gasto adicional de 2.5 mil millones de pesos anuales en medicamentos, lo que equivale a dos veces el presupuesto del Hospital Juárez de México o a la construcción de cuatro hospitales generales de 180 camas.
La patente de una sustancia activa es un mecanismo que busca promover el desarrollo del conocimiento y la innovación,[2] al garantizar a los laboratorios el derecho de vender en exclusividad nuevos medicamentos por 20 años. Periodo improrrogable en el cual recuperan sus gastos de desarrollo e investigación y obtienen un rendimiento económico adicional. Una vez vencida la patente que otorga el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), otros laboratorios pueden producir y comercializar la misma sustancia activa en una versión genérica del original con el mismo efecto terapéutico. Para comercializarla es necesario obtener un registro sanitario por parte de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), el cual se obtiene una vez comprobada la bioequivalencia[3] entre el medicamento genérico y el original.
Una vez vencida la patente, contar con un mayor número de competidores incentiva una oferta de calidad a los precios más bajos posibles, debido a que los laboratorios deben rivalizar por la preferencia del consumidor para asegurar ganancias. De ahí la importancia de garantizar la entrada sin retrasos injustificados a todo agente económico interesado en participar en el mercado de medicamentos genéricos. Sin embargo, el Estudio en materia de libre concurrencia y competencia sobre los mercados de medicamentos con patentes vencidas, identificó una serie de distorsiones que impiden condiciones oportunas para el desarrollo eficiente de este mercado. Entre las más importantes destacan:
I.           La entrada de los medicamentos genéricos al mercado es tardía y lenta. Incluso existen algunos que no se producen y comercializan aun cuando un agente económico obtuvo el registro sanitario de COFEPRIS. En México transcurren en promedio más de dos años entre el vencimiento de una patente y el lanzamiento al mercado del primer genérico; en contraste, en Estados Unidos se presenta de manera inmediata para aquellos medicamentos más vendidos, y en la Unión Europea el lapso promedio es de siete meses.
II.         El vencimiento de patentes no se ha traducido en suficiente presión competitiva en el mercado. El estudio identifica 22 medicamentos innovadores, con ventas anuales estimadas en seis mil 285 millones de pesos, cuyas patentes han vencido pero ningún competidor ha solicitado el registro sanitario, no enfrentan a genérico alguno en el mercado, se encuentran en algún litigio que impide su comercialización, o bien, la introducción del medicamento genérico no se ha traducido en mejora de precios.
III.       La entrada de productos genéricos alternativos no se traduce en mejores precios para el consumidor. Dos años después de la entrada del primer genérico, el precio promedio de estos es 28% menor al precio del medicamento original. Sin embargo, la reducción de precios en México es menos pronunciada en comparación con, por ejemplo, el 40% de la Unión Europea. 
IV.       Regulación de la industria afecta las condiciones de competencia:
  • La normatividad en materia de salud restringe la posibilidad de sustituir medicamentos de marca por genéricos cuando el médico no prescribe explícitamente la denominación genérica en la receta.
  • La posibilidad de proteger con más de una patente a un mismo medicamento favorece la exclusividad, porque los competidores se ven obligados a involucrarse en litigios para poder comercializar la fórmula original. Recientemente, se ha registrado un aumento en promedio de 1.2 a casi 2 patentes por sustancia activa, lo cual extiende en los hechos el poder de mercado del medicamento.
  • Se carece de información pública actualizada y completa sobre los registros sanitarios, así como de la vinculación de los medicamentos de referencia con las patentes que los protegen, lo cual genera costos de búsqueda y litigios entre laboratorios innovadores y genéricos, que demoran la entrada de los mismos. Al cierre de diciembre de 2016, el portal electrónico de la COFEPRIS solo ofreció información completa en el 7% de los 486 genéricos autorizados y el 68% no apareció en la consulta del sitio web. El listado de medicamentos de referencia no contiene información de patentes.
Con el fin de fortalecer las condiciones de competencia en el mercado de medicinas sin patente, así como de alcanzar los beneficios máximos de la competencia de medicamentos genéricos, se requiere modificar el marco regulatorio y algunos criterios de política pública en los siguientes aspectos:  
  1. Mayor transparencia para incrementar la certidumbre. La COFEPRIS ha adoptado medidas importantes para promover una entrada más expedita de genéricos, las cuales deben ser acompañadas por acciones que amplíen el acceso público a información relevante sobre: la duración específica de los trámites, información completa y actualizada que permita identificar el universo de medicamentos con registro vigente y sus principales características, así como información sobre las patentes que protegen a los medicamentos de referencia aprobados. Asimismo, promover el uso de la cláusula “Bolar”[4]y publicar periódicamente la lista de medicamentos innovadores cuya patente vencerá en los próximos tres años.
  2. Afianzar y difundir una normativa más favorable a la competencia. Establecer en el Reglamento de Insumos para la Salud la obligación de que el médico prescriba la denominación genérica y fomentar que el dispensador de farmacia pueda informar al público sobre los genéricos disponibles para su venta. Por otro lado, en línea con las prácticas internacionales, sería relevante restringir en el Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial el otorgamiento de algunos tipos de patentes que son proclives a ser utilizadas abusivamente por sus titulares para bloquear la entrada de competidores. Por ejemplo, restricciones a las invenciones relacionadas a segundos usos, innovaciones de proceso o formas químicas diferentes del ingrediente activo.
  3. Promover los medicamentos genéricos en la canasta de consumo. Con el objetivo de estimular la competencia y disminuir el gasto de los consumidores, la Secretaría de Salud podría desarrollar estrategias de comunicación dirigidas a médicos y familias para aumentar la confianza sobre la calidad de los genéricos. 
  4. Hacer de los genéricos materia competitiva para las compras públicas. Mejorar los tiempos de compra y pago del sector público, ya que la entrada de laboratorios pequeños y medianos vendiendo genéricos al sector salud puede generar la escala necesaria para una mayor entrada y competencia de genéricos al mercado privado.
El mercado de medicamentos es relevante por su incidencia en la esperanza de vida y bienestar de las familias, aunado a su importante participación en la economía nacional; sin embargo, ocasiona un gasto oneroso en los hogares mexicanos. Tan solo el año pasado, el valor del mercado de medicamentos en México se estimó en 200 mil millones de pesos. De ahí la relevancia de emprender las reformas legales y los cambios de criterios en políticas públicas, con el fin de mejorar las condiciones de competencia en este mercado.
El Estudio en materia de libre concurrencia y competencia sobre los mercados de medicamentos con patentes vencidas realizado a iniciativa de la Comisión y con una amplia gama de información provista por autoridades federales, reguladores, agentes económicos y asociaciones del sector, entre otros– contribuye a la especialización de la COFECE en el análisis del mercado de medicamentos en México y, en consecuencia, facilita nuestras labores de vigilancia y persecución de potenciales conductas contrarias a la competencia.

COFECE: el vencimiento de patentes no se ha traducido en suficiente presión competitiva en el mercado

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miércoles, 2 de agosto de 2017


  • La Comisión busca proteger el proceso de libre concurrencia en la producción, distribución y comercialización de productos lácteos, en beneficio de los consumidores.
  • El Gobierno estatal publicó un Protocolo que discrimina y excluye a productores de leche de otras entidades federativas y genera ventajas exclusivas en favor de los productores locales.
  • Esta normativa podría provocar una reducción artificial en la oferta local de leche y mayores precios en perjuicio del consumidor.

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) recomendó dejar sin efecto el Protocolo para la Inspección y Análisis de la Calidad e Inocuidad de la Leche del estado de Chihuahua, publicado en mayo de 2017, ya que discrimina a los productores de leche de otros estados, a la vez que otorga ventajas exclusivas a favor de los productores o comercializadores locales.
En un contexto de sobreproducción del lácteo que derivó en protestas públicas por parte de los productores, en diciembre de 2016, el Gobierno estatal y la Secretaría de Desarrollo Rural de Chihuahua plantearon que frenarían la introducción de leche procedente de otras entidades federativas como una medida sanitaria, para proteger la economía de los productores chihuahuenses y combatir una situación de excedentes. Ante este escenario, el Ejecutivo definió una serie de acciones entre las que destacan la emisión de un protocolo de sanidad, así como la integración de un Consejo Estatal de la Leche y ajustes al Sistema Estatal de Compras Públicas para que el producto que adquieran las dependencias estatales provenga de los productores locales. 
Aunque el Protocolo pretende establecer especificaciones, procedimientos y métodos para “garantizar la salud pública, la inocuidad y la calidad de la leche” y su aplicación es a productos lácteos en general, su contenido se refiere a mecanismos para verificar e inspeccionar los productos que provienen de otros estados, como: la documentación requerida para permitir su ingreso; los supuestos para que no entre el producto a la entidad, y la localización de las casetas ganaderas y zoosanitarias como puntos de inspección. Por ejemplo, identifica un solo punto de inspección, localizado en el municipio de Jiménez, justamente sobre la principal vía de acceso carretero y la única por donde pueden circular los camiones de esa capacidad de carga, desde Durango y Coahuila a las ciudades más grandes de Chihuahua. En este sentido, el Protocolo restringe la oferta y protege a los productores locales en perjuicio de los consumidores.
Por otro lado, existe un marco regulatorio federal de aplicación obligatoria -en particular diversas normas oficiales mexicanas para la leche y sus derivados- y con el Protocolo el Gobierno del Estado se estaría duplicando o imponiendo mayores requisitos, lo que implica costos adicionales y distorsiones a las cadenas productivas que derivan de la leche.

Recomienda COFECE a Chihuahua eliminar regulación que impide que productores de otros estados entren al mercado local de leche

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domingo, 23 de julio de 2017



En relación con el comunicado emitido por la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA, por sus siglas en inglés), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) señala lo siguiente:
  1. La COFECE comparte el llamado de la IATA para que las autoridades mexicanas apliquen medidas orientadas a alcanzar el pleno potencial de la infraestructura aeroportuaria del país, en especial la instalada en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
  2. El mecanismo de subastas, la confiscación del 10% de los slots a aerolíneas operadoras en aeropuertos saturados y el criterio 85/15 de uso de slots para que las aerolíneas mantengan sus horarios de despegue y aterrizaje por el criterio de prioridad histórica, todos ellos expuestos en el comunicado de la IATA como lineamientos alejados a la práctica internacional, son elementos normativos contemplados en el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos vigente desde febrero 17 de 2000 (anexo).
  3. El conjunto de las medidas correctivas ordenadas por la COFECE está sustentada en el marco normativo vigente, justamente para que en su observación y debido cumplimento, las autoridades del Aeropuerto de la Ciudad no contravengan la norma.
  4. Adicional a ello, las medidas ordenadas al Aeropuerto incluyen otros temas relacionados con hacer transparente el uso de los slots, calificar el uso indebido, adherirse al calendario internacional de planeación, entre otras. Además entregó una serie de recomendaciones al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión para que el AICM opere bajo criterios de eficiencia, transparencia, certidumbre y competencia, en apego a las mejores prácticas internacionales.

Responde COFECE a comentarios de IATA en torno a las medidas que impuso al AICM para promover la competencia

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