jueves, 3 de mayo de 2018

COFECE investiga posible práctica monopólica absoluta en el mercado de productos de higiene manufacturados con celulosa



  • La Autoridad Investigadora tiene indicios para suponer la manipulación de precios y el intercambio de información estratégica entre competidores que participan en este mercado.
  • La investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Competencia Económica.


La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de investigación por oficio, IO-004-2017, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización en el territorio nacional de productos para la higiene manufacturados con celulosa, pulpa de celulosa y sus derivados, incluyendo pañales para bebé, protección sanitaria femenina, productos para incontinencia, papel higiénico desechable, toallas húmedas y otros relacionados.
 
Las prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.

Esta investigación, que inició el 29 de noviembre de 2017, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.

En el extracto, la Autoridad Investigadora precisa que el presente aviso se refiere al inicio de un procedimiento indagatorio sobre posibles acuerdos entre competidores con el objeto o efecto de manipular los precios, así como de intercambiar información entre ellos para realizar alguna de las conductas consideradas como prácticas monopólicas absolutas.

El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.

Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
 

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