martes, 31 de mayo de 2016
miércoles, 24 de febrero de 2016
viernes, 27 de noviembre de 2015
Radamés Camargo radames.camargo@the-ciu.net
Desde 2011, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es la entidad pública encargada de dar a conocer información relativa a la inflación, obtenida a partir de las variaciones que presenta el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
En días recientes, este Instituto reveló un incremento anual de 2.27% de este indicador durante la primera quincena de noviembre de este año, respecto al mismo periodo de 2014, siguiendo una tendencia a la baja y alcanzando un nivel mínimo histórico. Entre los principales bienes y servicios que explican esta dinámica generalizada de precios se encuentran aquellos correspondientes a los servicios de telecomunicaciones, que experimentan una rampa descendente de precios, en buena medida atribuible a la Reforma Constitucional y a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Efectivamente, el INEGI reporta que la contención de precios generalizados de la economía mexicana está asociada principalmente al descenso en precios que experimenta el segmento de telefonía móvil. En términos quincenales, este servicio registra una caída de 8.76% durante la primera quincena de noviembre respecto a la segunda quincena del mes de octubre de este año, contribuyendo así con un recorte de 0.094 puntos porcentuales sobre la inflación general. La incidencia de la telefonía móvil sobre el nivel de precios superó aquella de productos de la canasta básica como el huevo, el jitomate o el pan dulce. De manera mensual, este servicio registró una caída anual en precios equivalente a 8.59% al mes de octubre de 2015, en comparación con el mismo mes de 2014. Índice de Precios del Servicio de Telefonía Móvil e INPC *Nota: Índice base segunda quincena de diciembre 2010 = 100 Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con información de INEGI Todo ello, resultado del ajuste competitivo de precios en el servicio, que incluye la eliminación de los cargos por interconexión al agente preponderante por parte de los operadores competidores, entre otras medidas que favorecen la gestación de competencia efectiva en este mercado. Así, en la fase actual del mercado móvil de telecomunicaciones, los proveedores de servicios han introducido diversos esquemas tarifarios con mayores servicios a menores tarifas, conduciendo a la baja en el nivel de precios de este mercado y, consecuentemente, de la economía en su conjunto. Acerca de la Metodología En su construcción metodológica, el índice de precios del servicio de telefonía móvil incorpora el enfoque de segmentación de Perfil de Consumo de Usuarios Móviles desarrollado por The Competitive Intelligence Unit, que segmenta y pondera el gasto promedio realizado por los usuarios conforme a su destino a servicios de voz, SMS y datos móviles1. Segmentación de Consumo por Uso de Servicios Fuente: The Competitive Intelligence Unit Con esta información el INEGI estima el gasto promedio mensual por cada usuario en cada servicio y su participación dentro del gasto promedio total, para así determinar las variaciones en las tarifas del servicio de telefonía móvil. De esta forma, la medición al nivel de precios y el consecuente cálculo de la inflación de este servicio siguen un enfoque metodológico apegado a las mejores prácticas internacionales de clasificación de usuarios de acuerdo a su consumo segmentado de servicios. Lo cual resulta en una identificación robusta, confiable y certera sobre la dinámica que experimentan los precios de la telefonía en México. Evolución Previsible de los Precios de Servicios Móviles Ciertamente, el comportamiento a la baja que registran los precios generales de los bienes y servicios deriva de la tendencia decreciente que advierten las tarifas de los servicios de telecomunicaciones, a la vez que refleja la cada vez mayor ponderación y adopción que presentan estos servicios sobre la canasta de consumo de los mexicanos. Todo ello coloca al mercado móvil mexicano en un piso competitivo tarifario que se aproxima al de otros países, empezando a tomar distancia del escenario previo de aprisionamiento de clientes y neblina tarifaria, por parte del operador preponderante, que resultaban en elevadas tarifas para los usuarios finales. Así también, los usuarios dejamos de experimentar precios excesivos, limitada cobertura y una elevada merma en nuestro bienestar. El escenario previsible a largo plazo consiste en que de mantener una aplicación efectiva de todas las medidas regulatorias enfocadas en la gestación de competencia efectiva, la caída en precios alcance un nivel en el que el acceso a la comunicación a distancia se aproxime a su plena democratización entre la población.
domingo, 11 de octubre de 2015
· Durante la Jornada por la Competencia se desarrollaron dos mesas de discusión para intercambiar opiniones sobre el contenido de la Guía.
· El encuentro contó con la participación de Cámaras y Asociaciones nacionales, así como expertos en la materia.
México, D.F., 08 de octubre de 2015.-En el marco de la Jornada por la Competencia, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), representantes del sector empresarial, académico y expertos discutieron y plantearon propuestas para enriquecer el anteproyecto de la Guía para el Intercambio de Información entre Agentes Económicos.
El documento, que adopta las mejores prácticas internacionales y se encuentra en proceso de consulta pública, tiene como objetivo orientar a los agentes económicos sobre los elementos que la COFECE considera al evaluar los intercambios de información realizados entre agentes económicos y que pueden constituirse en una práctica anticompetitiva, es decir, cuando tenga como objeto o efecto, la fijación de precios, restringir la oferta, coludirse en licitaciones o asignarse porciones o segmentos de mercado. También refiere cuando este intercambio es una conducta legítima que busca una mejora en los mercados.
Con la participación de representantes de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR), Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN), practicantes y expertos en la materia, se plantearon inquietudes respecto a cuándo y cómo el intercambio de información, en el marco de Cámaras y Asociaciones así como en el de fusiones y adquisiciones, puede constituirse como una práctica monopólica.
Frente a las preocupaciones externadas por los agentes económicos, la COFECE manifestó que actuará con absoluta responsabilidad y todo comentario será analizado con la finalidad de fortalecer este instrumento y otorgar certidumbre jurídica.
La Jornada por la Competencia fue un esfuerzo por acercar al sector empresarial a la política de competencia y proporcionar un mejor entendimiento de sus derechos y obligaciones, así como promover la cultura de la competencia entre el sector académico y los medios de comunicación.
· El Pleno de la COFECE determinó sujetar la autorización de la concentración al cumplimiento de diversas condiciones
· La transacción reduciría significativamente la competencia en 27 mercados y podría tener como consecuencia un incremento en los precios a los consumidores
· Para poder concretar la operación, Soriana deberá abstenerse de adquirir o tendrá que desincorporar diversas tiendas ubicadas en los mercados relevantes en los que fueron identificados riesgos a la competencia
México, D.F., 09 de octubre de 2015.-La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) resolvió objetar la concentración entre Organización Soriana (Soriana) y Controladora Comercial Mexicana (CCM) en los términos en los que fue planteada, pues de realizarse se podría dañar el proceso de competencia y libre concurrencia en 27 mercados de comercialización al menudeo a través de tiendas de autoservicio.
El Pleno de la Comisión determinó que la dimensión geográfica de los mercados analizados es local, conforme al área de influencia de las tiendas objeto de esta operación. Así, analizó los efectos que la misma tendría en 160 mercados relevantes identificados. En su análisis consideró que la concentración reduciría significativamente la competencia en 27 de ellos.
Como resultado de la operación:
· Soriana obtendría elevadas participaciones de mercado en términos de piso de venta y acumularía un elevado número de tiendas en cada uno de los 27 mercados,
· En un análisis más detallado de dichos mercados, también se encontró que la participación de mercado en términos de valor de las ventas sería elevada, y
· Se fortalecerían las barreras a la entrada para nuevos competidores, principalmente las relacionadas con el desarrollo de redes de distribución, altos costos de inversión y escasez de espacios comerciales en algunas ciudades.
En virtud de ello, la Comisión concluyó que la operación sería riesgosa para la competencia y podría ocasionar un incremento de precios en detrimento de los consumidores.
Por lo anterior, a fin de impedir que la operación afectara la competencia en esos mercados, el Pleno de la Comisión determinó que la operación debía objetarse en los términos en los que fue planteada y acordó que ésta solo se autorizaría si Soriana cumple con la condición de sujetarse a un programa de desinversión o la no compra de tiendas ubicadas en esas zonas.
En específico, para poder concretar la operación, Soriana podrá optar por abstenerse de adquirir diversas tiendas propiedad de CCM ubicadas en esos mercados relevantes, o bien podrá adquirirlas, pero deberá venderlas en un periodo establecido. En este último caso, el comprador requerirá la autorización de la COFECE.
Soriana y CCM deberán presentar, dentro de un plazo de diez días hábiles, un escrito mediante el cual acepten en su totalidad las condiciones señaladas. De no hacerlo, la concentración se considerará como no autorizada.
Sobre los agentes económicos
Soriana es una sociedad pública mexicana que se dedica a la operación de una cadena de tiendas de autoservicio en las que comercializa una extensa y completa línea de alimentos, ropa, mercancías generales, productos para la salud y servicios básicos.
CCM es una compañía controladora que opera una cadena de tiendas de autoservicio que ofrece una amplia variedad de artículos alimenticios, incluyendo abarrotes y perecederos, al igual que productos no alimenticios como mercancía general y ropa.
martes, 29 de septiembre de 2015
- En el anteproyecto se describe la naturaleza del procedimiento de investigación de prácticas monopólicas absolutas, cómo se inicia este procedimiento, sus principales etapas, entre otros aspectos.
México, D.F., 28 de octubre de 2015.-La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) dio inicio al proceso de consulta del anteproyecto de la Guía para tramitar un procedimiento de investigación por Prácticas Monopólicas Absolutas (PMA), que estará abierto a partir de hoy y hasta el 9 de noviembre de 2015.
El documento explica, de manera clara y concreta, la metodología que la Autoridad Investigadora sigue en los procedimientos de investigación de las PMA, las cuales se entienden como las “conductas consistentes en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre Agentes Económicos competidores entre sí, que tengan como objeto o efecto: i) fijar, elevar, concertar o manipular precios de compra o venta; ii) restringir o limitar la producción; iii) dividir o segmentar los mercados; iv) coordinar posturas en licitaciones, e v) intercambiar información con alguno de los objetos o efectos anteriores”.
En el documento que se puso a consulta, se pueden encontrar:
· La naturaleza del procedimiento de investigación por la posible realización de una PMA.
· Los elementos formales que dan origen al inicio de una investigación.
· Una descripción detallada de las principales etapas de la investigación.
Las opiniones a este anteproyecto podrán remitirse a la Oficialía de Partes de la COFECE ubicada en Avenida Santa Fe número 505, piso 14, Colonia Cruz Manca, en un horario de las 8:00 a las 16:30 horas de lunes a viernes, o bien al correo consulta-publica1@cofece.mx.
Para consultar éste y otros anteproyectos visite consulta pública en www.cofece.mx
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