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domingo, 21 de octubre de 2018


  • Se creará un padrón único de contratistas y de proveedores “confiables”.

El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Ricardo Monreal presentará, en esta semana, una iniciativa que reforzará los controles normativos para frenar las operaciones financieras de las dependencias y entidades públicas de los tres órdenes de gobierno con las llamadas empresas “fantasma”.

Según datos del Sistema de Administración Tributaria (SAT) se han identificado al menos 6 mil 500 empresas de este tipo en el país que han cometido fraudes que ascienden a más de 74 mil millones de dólares, es decir casi 5% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional.

Ante este panorama, Monreal Ávila propuso modificaciones al Código Fiscal Federal, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.

El documento establece la prohibición de celebrar contratos que involucren dinero público con empresas que el SAT haya identificado como entidades irregulares, conocidas como empresas “fantasma”.

Con la iniciativa del presidente de la Junta de Coordinación Política se amplía el catálogo de sujetos obligados impedidos para celebrar contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con empresas.

Actualmente, la Ley sólo regula las contrataciones realizadas por dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. La reforma que se propone incorpora a sus homólogas de las entidades federativas; los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, sus dependencias y entidades, señaló.

Además, dijo, de la Procuraduría General de la República y las fiscalías o procuradurías locales; los poderes Legislativo y Judicial; los organismos constitucionales autónomos; las empresas productivas del Estado, así como cualquier otro ente público sobre el que tenga control alguno de los poderes y órganos públicos.

Las modificaciones legales, explicó, permiten la creación de un padrón único de contratistas y de proveedores “confiables” que tendrán el fin de garantizar la contratación de personas físicas o morales con las capacidades legales, técnicas y administrativas y, al mismo tiempo, podrán prevenir e identificar actos u omisiones irregulares e ilícitas en el marco de los procedimientos de contratación, implementación y ejecución de los contratos respectivos.

Las personas interesadas en inscribirse en los padrones deberán cumplir ciertos requisitos fundamentales para garantizar que no se traten de organizaciones ficticias o “fantasma”. Se solicita entreguen diversa información específica, entre la que destaca: alta ante la secretaría de Hacienda y Crédito Público, registros ante el Instituto Mexicano de Seguridad Social y el Infonavit, así como estados financieros auditados y el inventario de maquinaria y equipos disponibles, entre otros, abundó.

El legislador de Morena mencionó que se impulsarán mecanismos de transparencia, ya que la reforma establece que las personas que deseen participar en procedimientos de licitación deberán dar su consentimiento para que el Sistema de Administración Tributaria publique en su página de internet la información de éstas.

Ricardo Monreal señaló que el nuevo marco jurídico contempla incrementar las penas para quienes participen en la suplantación de identidad, representación o personalidad de un contribuyente; y para quien otorgue su consentimiento para llevar a cabo la suplantación de su identidad, o incite a una persona física a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes para utilizar sus datos de forma indebida.

Se equipara con el delito de defraudación fiscal la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, destacó.
Las reformas plantean que no podrán celebrarse contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con empresas que no tengan la opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales por parte del SAT, como incongruencias o falsedad en el domicilio fiscal declarado, entre los activos, personal, infraestructura o capacidad material, o datos que no concuerden entre los ingresos facturados y los declarados.


Monreal Ávila explicó que con la iniciativa los proveedores o contratistas que deseen beneficiarse de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública, deberá autorizar el SAT  publicar su información en la página electrónica del ente de fiscalización, a efecto de ser consultada y analizada por las dependencias y entidades contratantes, así como por la ciudadanía en general.

No más contratos del Gobierno con empresas “fantasma”: Ricardo Monreal

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miércoles, 19 de abril de 2017



·         La Autoridad Investigadora de la Comisión inició una investigación por tener indicios de acuerdos para manipular precios, restringir o limitar la oferta o la demanda, dividirse o segmentarse el mercado o para intercambiar información.

·         Esta investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley.

·         Cualquier persona que cuente con información o pueda coadyuvar en esta indagatoria, deberá acudir a la Autoridad Investigadora.

Ciudad de México, 19 de abril de 2017.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de investigación IO-006-2016, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la intermediación de valores de deuda emitidos por el gobierno mexicano.
Se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios, arreglos o combinaciones de agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.
Al respecto, el titular de la Autoridad Investigadora, Carlos Mena Labarthe, explicó que “de existir acuerdos que afecten la intermediación de valores gubernamentales, el daño al erario público y a los inversionistas podría ser grave considerando que cada año el gobierno coloca cientos de miles de millones de pesos en el mercado y que el volumen de valores gubernamentales comercializados puede llegar a ser de aproximadamente cien mil millones de pesos diarios.”
Este inicio de investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, a quien(es) en caso de ser considerados como probables responsables al término de la investigación, se les deberá oír en defensa.
Dado el periodo en el que posiblemente se realizaron algunas de las conductas que dieron origen a la investigación, ésta se efectúa con fundamento en el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1992, así como en el artículo 53 de la nueva Ley, publicada el 23 de mayo de 2014, para determinar si se están o no, actualizando las conductas previstas en éstas.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 28 de octubre de 2016, fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones adicionales.
La Autoridad Investigadora hizo un llamado para que cualquier persona que cuente con información o pueda coadyuvar con el procedimiento se acerque a esta área.
Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de una práctica anticompetitiva, el Pleno podría resolver el cierre de la investigación. En caso de que encuentre elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal Federal hasta por 10 años.

Investiga COFECE la intermediación de valores de deuda emitidos por el gobierno mexicano

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viernes, 7 de abril de 2017


·        En el dictamen de probable responsabilidad la Autoridad Investigadora consideró que existen elementos suficientes para emplazar a los agentes económicos por posibles prácticas contrarias a la Ley.
·        El caso pasa a la etapa de procedimiento seguido en forma de juicio donde los agentes económicos podrán responder a las imputaciones en su contra.

Ciudad de México, 07 de abril de 2017.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emplazó a diversos agentes económicos por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de tortillas de maíz en el estado de Jalisco.

La investigación de este asunto inició el 16 de marzo de 2016 tras posibles pronunciamientos o exhortos de agentes económicos para probablemente realizar acciones coordinadas de manipulación de precios. En su momento, la Comisión expuso que el precio es una decisión individual e independiente de cada negocio.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, luego que la Autoridad Investigadora concluyó su indagatoria DE-009-2016 y emitió el Dictamen de Probable Responsabilidad. En éste señala que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, que concurren como productores, distribuidores y/o comercializadores de tortilla de maíz en el estado de Jalisco, con el objeto o efecto de manipular el precio de venta del kilogramo de tortilla en el estado de Jalisco.

Durante el procedimiento seguido en forma de juicio, los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las imputaciones presuntivas hechas en su contra, en términos de lo que establece el Artículo 83, fracción I de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la COFECE podrá resolver lo que conforme a derecho proceda.

Conforme a la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los probables responsables podrían recibir sanciones de carácter económico, de hasta el 10% de sus ingresos. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal Federal hasta por 10 años.

Emplaza COFECE a agentes económicos por probables prácticas monopólicas absolutas en comercialización de tortillas de maíz en Jalisco

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viernes, 9 de septiembre de 2016



  • Podrá usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona marítima
  • Construir, operar y explotar una marina turística artificial, de uso particular y para terceros mediante contrato, el objetivo
  • Se ubica en el Municipio de Bahía de Banderas, en el Estado de Nayarit
  • Lo da a conocer el Diario Oficial de la Federación

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) hizo público el título de concesión a favor de la empresa Proyecto Marina NV, S. A. de C. V. para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona marítima para la construcción, operación y explotación de una marina turística artificial, de uso particular y para terceros mediante contrato.
Dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación, el documento especifica que en el Municipio de Bahía de Banderas, en el Estado de Nayarit, es donde se ubica esta zona de agua de aproximadamente 44 mil metros cuadrados dentro del Estero del Chino entre los Estados de Jalisco y Nayarit que forma parte de la Marina Puerto Nuevo Vallarta.
Este se halla colindante con el edificio propiedad de la compañía concesionaria Proyecto Marina NV, S. A. de C.V., conocido como “Condominio Arcos Marina”, ubicado en el Fraccionamiento Desarrollo Náutico y Turístico Nuevo Vallarta en el Municipio de Bahía de Banderas, en el Estado de Nayarit.
El título de concesión a la empresa se emitió el 18 de septiembre de 2015 y tiene vigencia por un plazo de 15 años, el cual podrá prorrogarse en términos de lo establecido por el artículo 23 de la Ley de Puertos.

PUBLICA SCT TÍTULO DE CONCESIÓN A LA EMPRESA PROYECTO MARINA NV, S.A. DE C.V.

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martes, 31 de mayo de 2016



·         La Autoridad Investigadora de la Comisión indagará en este mercado para determinar la posible existencia de prácticas monopólicas relativas.
·         Esta investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley.
·         Para quienes pudieran estar afectados por prácticas monopólicas en este mercado, esta es una oportunidad para que aporten a la COFECE elementos adicionales a la investigación.

Ciudad de México, a 30 de mayo de 2016.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en su portal de internet, el extracto del Acuerdo de inicio de investigación por denuncia, DE-016-2015, por la posible realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.
La Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece como prácticas monopólicas relativas aquellos actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan una o más empresas con poder sustancial, con la intención de desplazar indebidamente a otros agentes económicos del mercado relevante o alguno relacionado, impedirles su acceso o establecer ventajas exclusivas a favor de una o varias personas, por ejemplo, mediante la segmentación de mercados por territorio o clientes, fijación de precios de reventa, compras o ventas atadas, exclusividades, negativas de trato, boicot, depredación de precios, subsidios cruzados, discriminación de precios y elevación de los costos del rival.
Para el desarrollo de esta indagatoria y dado el periodo en el que posiblemente se realizaron algunas de las conductas que dan origen a la investigación, ésta se efectúa con fundamento en los artículos 10, 11, 12 y 13 de la LFCE de 1992, así como en los artículos 56, 58, 59, 66, 69 y 71 de la nueva Ley publicada en el DOF, el 23 de mayo de 2014. Para llevar a cabo la presente investigación, la Autoridad Investigadora tiene un plazo de entre 30 y 120 días hábiles -contados a partir de la fecha del Acuerdo de inicio de la investigación, en este caso el 1 de diciembre de 2015-, mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones.
La COFECE precisa que esta investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior toda vez que hasta el momento, no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos a quienes en caso de ser considerados como probables responsables al término de esta investigación, se les deberá oír en defensa.
Conforme a la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, la COFECE podría ordenar la corrección o supresión de la misma. Además, los agentes económicos responsables podrían recibir sanciones de carácter económico, las cuales también son aplicables a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de dichas conductas.
El inicio de la indagatoria es una oportunidad para que quienes pudieran estar afectados por prácticas monopólicas en este mercado, se acerquen a la Autoridad Investigadora de la COFECE y presenten elementos o información adicional para el desarrollo de ésta.


Investiga COFECE mercado de producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal

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jueves, 24 de septiembre de 2015


By  Carlos Garcia de Balzac:

Trabajadores adheridos al Sindicato de Trabajadores Unidos de Honda de
Mexico ( STUHM )  exigen a la Secretaria del Trabajo que encabeza Alfonso Naverrete Prida ponga fin a las practicas dilatorias de la JFCA para acabar de una vez por todas con los contratos blancos de proteccion que promueve la CTM; esta mañana. En un comunicado; asi lo dieron a conocer y detallaron que desde hace cuatro años han venido pidiendola intervencion federal para que se cumplan los acuerdos firmados con la Organizacion Internacional del Trabajo ( OIT ) de eliminar este tipo de contratos tambien llamados " blancos " y que forman parte de los convenios internacionales firmados a tarves del Convenio  opchenta y siete con la OIT que se refieren a la libertad sindical en nuestro pais; a la par exigieron el recuento de los trabajadores de base de la empresa Honda que se encuentra en el Salto; Jalisco.  Por lo que exigieron al registro de asociaciones de la STPS  el nuemro exacto que ostenta la central obrera CTM  para conocer la verdadera realidad de esta sindicato corporativo. Asi las cosas; resaltaron que pese a que la JFCA fue apercibida para que de acuerdo a la nueva Ley de Transparencia de a conocer la citada empresa su nomina y el tabulador de salarios estos no han cumplido; sin que exista autoridad laboral que los obligue a hacerlo: Puntualziaron que al mismo tiempo la empresa presume un aparente listado de trabajadores porporciando disque por el IMSS en el cual aparene hasta directivos de Honda japones ya muertos como una burla a las autoridades nacionales. Por lo que piddieorn una vez mas a las autoridades laborales del pais acabar con este tipo de simulaciones en prejucio de los trabajadores mexicanos y la unica manera de hacerlo es a traves del recuento con la base trabajadora ccomo es el ejrecicio del voto libre y secreti para
elegir a su dirigencia laboral y sindical sin el abuso de la CTM que encabeza Joaquin Gamboa Pascoe:

No mas contratos de proteccion para la CTM ¡

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lunes, 6 de julio de 2015

COFECE investiga posibles prácticas monopólicas absolutas en mercado de la prestación de servicios de administración de fondos para el retiro en México 


·         La COFECE determinará si existieron contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí en el mercado nacional, que hubieran sido ilegales bajo la Ley Federal de Competencia Económica.

México D.F., a 06 de julio de 2015. – La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) hizo público hoy, en el portal de Internet de la COFECE y en el Diario Oficial de la Federación, el aviso mediante el cual se informa del inicio de la investigación de oficio IO-003-2015, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de prestación de servicios para la administración de fondos para el retiro de los trabajadores que realizan las Afores en el territorio nacional.

Se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea: i) fijar o manipular el precio de un bien o servicio, ii) restringir o limitar la oferta de un bien o servicio, iii) dividir o asignar porciones o segmentos de un mercado, iv) concertar o coordinar posturas en licitaciones, y v) intercambiar información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.

Durante la investigación, se determinará la posible existencia de prácticas monopólicas absolutas de conformidad con el artículo 9° de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1992; así como en el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada el 23 de mayo de 2014, respecto de todas las posibles conductas que se pudieran acreditar con posterioridad a su entrada en vigor.

La investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley. Lo anterior toda vez que hasta el momento no se  han determinado en definitiva las conductas que, en su caso, puedan constituir una violación a la Ley Federal de Competencia Económica, ni  los sujetos, a quienes en caso de ser considerados como probables responsables al término de esta investigación, se les deberá oír en defensa.

Los periodos para las investigaciones de prácticas monopólicas son de al menos 30 días hábiles y hasta 120 días, contados a partir de la fecha del acuerdo de inicio, en este caso a partir del 10 de febrero de 2015, mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones.

La Autoridad Investigadora es el órgano de la COFECE facultado por la Ley Federal de Competencia Económica para desahogar la etapa de investigación en los casos de probables violaciones a la Ley. Para llevar a cabo sus funciones, podrá requerir informes y documentos necesarios, citar a declarar a quienes tengan relación con los asuntos y realizar visitas de verificación.

Si al término del periodo de investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de una práctica anticompetitiva, la Autoridad Investigadora propondrá al Pleno de la COFECE el cierre del expediente.

En caso de que se encuentren elementos que hagan probable la responsabilidad de los agentes económicos o de individuos investigados, se iniciará el procedimiento seguido en forma de juicio, en el que se escucharan los argumentos de defensa y la Autoridad Investigadora actuará como parte.

Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser sancionados en los siguientes términos: la orden de suprimir la conducta, inhabilitación hasta por 5 años para ejercer como directivos, multas hasta por 200 mil veces el salario mínimo a aquellas personas físicas que hayan participado en la conducta en representación de un agente económico, multas de hasta el equivalente al 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable y de hasta por 180 mil veces el salario mínimo a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Además, las personas físicas que participen en la celebración, ejecución u ordenen este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir de 5 a 10 años de prisión.

La Comisión Federal de Competencia Económica vela por la competencia y libre concurrencia.
Con ello, contribuye al bienestar de las personas y al funcionamiento eficiente de los mercados.
Con su trabajo busca mejores condiciones para los consumidores, que se ofrezcan más servicios 
de mayor calidad y que haya “un terreno de juego parejo” para las empresas.

COFECE investiga posibles prácticas monopólicas

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sábado, 30 de mayo de 2015


·   A efecto de corroborar  apego a la legalidad y transparencia de las licitaciones  

 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informa que el día de hoy, solicitará a la Secretaría de la Función Pública realizar auditorías sobre los contratos vigentes que tiene con la empresa Obrascón Huarte Lain México (OHL), a efecto de que se corrobore que los procedimientos licitatorios que dieron origen a las contrataciones se llevaron a cabo con apego a la legalidad y bajo principios de transparencia.

 

SOLICITA SCT A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA AUDITE CONTRATOS VIGENTES DE OHL

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