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jueves, 13 de julio de 2023

 

 

  • Expresan legisladores que se deben conocer las razones que determinaron el precio de venta, avalúo, las ganancias o pérdidas de esta transacción  

 


La Tercera Comisión de la Permanente aprobó, por unanimidad, un dictamen para solicitar al Gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, un informe sobre el proceso de compra y venta del avión presidencial “José María Morelos y Pavón”, entre México y Tayikistán. 

 

Las y los legisladores de este órgano del Congreso, que preside la diputada Carolina Viggiano Austria, pidieron que el reporte incluya las razones que determinaron el precio de venta, el avalúo y las ganancias o pérdidas obtenidas en relación con el monto erogado para su adquisición. 

 

El dictamen, que aprobaron senadores y diputados con 12 votos a favor, precisa que el 20 de abril de 2023, el titular del Ejecutivo federal confirmó la venta del avión presidencial adquirido en 2012, al Gobierno de Tayikistán, por un monto de mil 658 millones 684 mil 400 pesos, alrededor de 92 millones de dólares de acuerdo con el tipo de cambio actual.  

 

Además, destaca que el Gobierno de México argumentó que el valor de venta de la aeronave se asoció al avalúo que realizó el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDABI) y que los recursos obtenidos se transfirieron al Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado. 

 

Y que dichos recursos, continúa el documento, serían destinados a la construcción y equipamiento de dos nuevos hospitales en Guerrero y Oaxaca.  

 

Sin embargo, subraya el texto aprobado por la Tercera Comisión, que si a lo que el Gobierno pagó por el avión y su adecuación, 218.7 millones de dólares, se suman los gastos por operación, mantenimiento y arrendamiento, el costo se eleva a 338 millones de dólares.  

 

Por lo tanto, se señala en el documento, la venta de la aeronave se llevó a cabo en 126 millones de dólares por debajo de su precio original de adquisición, sin contar el monto erogado por mantenimiento, operación y arrendamiento. 

Avalan dictamen para solicitar informe sobre compra y venta del avión presidencial “José María Morelos y Pavón”

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jueves, 30 de noviembre de 2017



El Gobernador del Estado, Aristóteles Sandoval, la Secretaría General de Gobierno, la Fiscalía General del Estado y los presidentes municipales del Área Metropolitana de Guadalajara (AMG), sostuvieron hoy en Casa Jalisco una reunión en materia de seguridad para dar seguimiento a temas de interés ciudadano como estrategias de operación policial, creación de redes comunitarias, avances del C5 y la homologación de reglamentos municipales para el control de venta y consumo de alcohol.  


Asimismo, los asistentes reiteraron voluntad e interés para continuar el trabajo permanente y coordinado, a fin de alcanzar mejores resultados en cada una de las dependencias federales, estatales y municipales, que son responsables de la seguridad pública.

En la reunión se contó con la participación de los presidentes municipales de Guadalajara, Enrique Alfaro Ramírez; de Zapopan, Pablo Lemus Navarro; de Tlaquepaque, María Elena Limón; de Tonalá, Sergio Chávez Dávalos; de Tlajomulco de Zúñiga, Alberto Uribe Camacho; de El Salto, Marcos Godínez Montes; de Ixtlahuacán de los Membrillos, Eduardo Cervantes Aguilar; de Zapotlanejo, Héctor Álvarez Contreras, y de Juanacatlán, Refugio Velázquez.


También asistieron el secretario General de Gobierno, Roberto López Lara, y el encargado del despacho de la Fiscalía General del Estado, Raúl Sánchez.

Ejecutivo y municipios del AMG dan seguimiento a temas de seguridad

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domingo, 7 de mayo de 2017


·         La asociación de aguacateros incumplió con la entrega del Reporte Anual, a través del cual la Comisión verificaría la ejecución de los compromisos que adquirió para suprimir y corregir conductas que podrían dañar el proceso de competencia.

·         La COFECE sancionó a la APEAM con 40.7 millones de pesos y le ordenó entregar inmediatamente a la COFECE el Reporte no presentado.


Ciudad de México,  mayo de 2017.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) impuso una multa por 40.7 millones pesos a la APEAM por no presentar el Reporte Anual que estaba obligada a entregar dentro de los dos primeros meses del año, de conformidad con lo establecido en la resolución mediante la cual aceptó los compromisos que hizo dentro del expediente DE-030-2011. Dicha omisión impidió que la COFECE conociera oportunamente si APEAM está dando cumplimiento a los mismos.
En abril de 2014, la COFECE emplazó a la asociación como probable responsable de haber incurrido en ventas atadas –conducta en la que un proveedor condiciona la venta de un producto, bien o servicio para comprar o contratar otro distinto–, con lo que imposibilitaba la exportación de aguacate Hass a los Estados Unidos de América (EUA) a todos aquellos empacadores que no estuvieran afiliados a ese organismo.
La APEAM es el único organismo autorizado por las autoridades de los Estados Unidos para prestar los servicios de administración, facturación y cobranza de los servicios de supervisión y verificación fitosanitaria, los cuales son necesarios para poder exportar aguacate Hass de México a ese país. Esta asociación condicionaba los referidos servicios a que los empacadores necesariamente se afiliaran a la APEAM a través de una cuota de acceso, más el pago y/o contratación de servicios adicionales, no necesarios para exportar dicho producto al país vecino.
En 12 de marzo de 2015, el Pleno de la COFECE resolvió cerrar de manera anticipada el expediente de la investigación y aceptar los compromisos planteados por la asociación respecto a permitir a productores de aguacate exportar sin necesariamente afiliarse a la APEAM y sin demandarles requisitos no relacionados con los que exigen las autoridades de los EUA para permitir la entrada del aguacate mexicano. Con estas acciones se eliminaban posibles daños a la competencia.
La resolución de este asunto estableció varias obligaciones para la APEAM, una de ellas, consistente en la presentación de un Reporte Anual durante los dos primeros meses de cada año con información respecto a volúmenes de venta, costos, gastos, solicitudes y listados de empacadores en el programa de exportación de aguacate, sin que la Resolución estableciera algún tipo de excepción para dicha obligación. De esta forma, la APEAM estaba obligada a presentar el Reporte Anual a más tardar el 28 de febrero de 2017, lo cual no ocurrió.
Ante la existencia del incumplimiento, y después de haber verificado el incidente, la COFECE determinó sancionar con una multa de 40.7 millones de pesos a la asociación.
El incumplimiento de un compromiso establecido en una resolución emitida por el Pleno es grave, ya que la materia de competencia es de orden público y se encuentra por encima de cualquier interés particular. Además, el no cumplir con un compromiso propuesto y aceptado por el propio agente económico para terminar de manera anticipada un procedimiento de investigación, pone en riesgo del proceso de competencia en el mercado en cuestión.
La COFECE señala que continuará ejerciendo las facultades que le mandata la Constitución y vigilará que todo compromiso impuesto en un procedimiento por prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas y cualquier condición impuesta en una concentración se cumplan en beneficio de los mercados.
Por otro lado, una vez resuelto el asunto y notificadas la partes, la Ley otorga el derecho a los agentes económicos sancionados de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.

Sanciona COFECE a la APEAM por incumplir resolución del Pleno

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jueves, 8 de diciembre de 2016

·         Recomienda a la CRE considerar, antes de emitir su cronograma de flexibilización, las condiciones y características relativas al suministro, la disponibilidad de infraestructura logística, los costos de abasto por región y los niveles de concentración y presión competitiva en los mercados de menudeo.
·         En un esquema de mercado abierto, los precios finales reflejarán los costos logísticos para abastecer el combustible en cada punto. Por ello, podrán fluctuar en tiempo real y de manera diferenciada a lo largo del país.
·         Es fundamental remover obstáculos que limiten la competencia y libre concurrencia en todas las actividades de la cadena de valor de estos mercados, esto es: la importación, transporte, almacenamiento, comercialización, distribución y venta al público de las gasolinas y diésel.
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emitió la opinión en materia de competencia y libre concurrencia que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) tomará en cuenta para emitir los acuerdos o el cronograma de flexibilización para que, durante 2017 y 2018, los precios al público de las gasolinas y el diésel se determinen bajo condiciones de mercado en las diferentes regiones del país.
Esta opinión, que atiende lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para el 2017 y da respuesta a una solicitud de opinión formulada por la propia CRE, no prejuzga sobre aspectos diferentes a la competencia, que pudieran ser relevantes para la CRE en su proceso decisorio. Tampoco constituye una declaratoria sobre condiciones de competencia en términos del artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica. 
En este documento, la Comisión expone que durante décadas, en México prevaleció un modelo monopólico en el que PEMEX centralizaba las decisiones de producción, suministro y logística de las gasolinas y el diésel, aunado a un sistema de precio único a lo largo y ancho del territorio nacional. Todo ello mantuvo escondidos los costos para llevar los combustibles a cada punto del país.

En cambio, bajo el nuevo esquema de mercado abierto, los precios finales reflejarán: i) el precio del combustible en el mercado nacional o en el mercado de referencia; ii) la disponibilidad o escasez de alternativas logísticas de transporte, almacenamiento y distribución; iii) el nivel real de los impuestos, principalmente IEPS e IVA, y iv) las condiciones de competencia prevalecientes en los mercados de expendio al público.

Con el precio liberalizado, es predecible que éstos sean objeto de fluctuaciones en tiempo real, asociadas con la estacionalidad del valor de las gasolinas en el mercado de referencia, además se comportarán de acuerdo a las realidades y costos de toda la cadena de logística en cada una de las regiones en donde se flexibilice el precio máximo.

Por lo anterior, será fundamental incrementar la capacidad operativa de las refinerías nacionales, garantizar el acceso a fuentes de suministro en el extranjero vía importaciones, permitir a terceros el uso de la infraestructura de ductos y almacenamiento operada actualmente por PEMEX, desarrollar nuevas alternativas logísticas y un mercado de mayoreo, así como facilitar el establecimiento de estaciones de servicio. 

Para ello, la Comisión recomienda a la CRE considerar cuando menos los siguientes elementos en materia de competencia y libre concurrencia a efectos de la emisión de los acuerdos o el cronograma de flexibilización respectivos:

·         La existencia de opciones de suministro estable y eficiente para cubrir la demanda estimada a nivel regional, a través de: i) la producción en las refinerías de PEMEX; ii) la importación por ductos, buque-tanques, carro-tanques y/o auto-tanques; iii) los inventarios en las diferentes terminales de almacenamiento y reparto (TAR), otras instalaciones análogas o disponibilidad de combustibles en el sistema, y iv) la presencia de mayoristas.
·         La disponibilidad y acceso a la infraestructura de transporte desde las refinerías o puntos de importación, así como las opciones de almacenamiento y distribución hasta las estaciones de servicio. En este sentido, las regiones con acceso a sistemas o alternativas logísticas tendrán mayores posibilidades de reflejar costos eficientes. El cronograma de flexibilización regional debe considerar el resultado de las temporadas abiertas de PEMEX, así como un sistema tarifario no discriminatorio entre los privados y la empresa productiva del estado, que envíe señales a los mercados sobre dónde es necesario o no expandir los sistemas logísticos existentes.
·         La estimación de los diferenciales de costos de abasto por región, que permita identificar el grado de maduración y las condiciones de cada zona. Lo anterior permitiría conocer si una vez liberados los precios, las diferencias de éstos en las localidades obedecen a condiciones normales de mercado, son resultado del sistema logístico prevaleciente o de eventos fortuitos, o son causa de situaciones irregulares, como posibles prácticas anticompetitivas, contexto en el que la COFECE ejercería sus atribuciones de investigación y sanción.
·         Las características de los mercados regionales de expendio al público, es decir, la oferta y la rivalidad competitiva en el segmento minorista, en las diferentes regiones del país, considerando sobre todo que este factor tiene un impacto directo en el nivel del margen comercial que obtendrá cada estación de servicio. 
Así, la flexibilización de precios tendría que darse en ciertas zonas que cumplan un conjunto de condiciones mínimas, mientras que las zonas que permanezcan con precios máximos regulados deben, en el tiempo previsto en el cronograma, acelerar la construcción de dichas condiciones.
La opinión emitida por la COFECE habrá de ser analizada y ponderada en su conjunto a la luz de otra serie de factores relevantes a juicio de la CRE.

Remite COFECE a la CRE opinión en materia de competencia en torno al cronograma de flexibilización de los precios al público de las gasolinas y diésel

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martes, 29 de septiembre de 2015


 

  • En el anteproyecto se describe la naturaleza del  procedimiento de investigación de prácticas monopólicas absolutas, cómo se inicia este procedimiento, sus principales etapas, entre otros aspectos.

México, D.F., 28 de octubre de 2015.-La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) dio inicio al proceso de consulta del anteproyecto de la Guía para tramitar un procedimiento de investigación por Prácticas Monopólicas Absolutas (PMA), que estará abierto a partir de hoy y hasta el 9 de noviembre de 2015.

El documento explica, de manera clara y concreta, la metodología que la Autoridad Investigadora sigue en los procedimientos de investigación de las PMA, las cuales se entienden como las “conductas consistentes en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre Agentes Económicos competidores entre sí, que tengan como objeto o efecto: i) fijar, elevar, concertar o manipular precios de compra o venta; ii) restringir o limitar la producción; iii) dividir o segmentar los mercados; iv) coordinar posturas en licitaciones, e v) intercambiar información con alguno de los objetos o efectos anteriores”.

En el documento que se puso a consulta, se pueden encontrar:

·         La naturaleza del procedimiento de investigación por la posible realización de una PMA.

·         Los elementos formales que dan origen al inicio de una investigación.

·         Una descripción detallada de las principales etapas de la investigación.

Las opiniones a este anteproyecto podrán remitirse a la Oficialía de Partes de la COFECE ubicada en Avenida Santa Fe número 505, piso 14, Colonia Cruz Manca, en un horario de las 8:00 a las 16:30 horas de lunes a viernes, o bien al correo consulta-publica1@cofece.mx.

Para consultar éste y otros anteproyectos visite consulta pública en www.cofece.mx

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La Comisión Federal de Competencia Económica vela por la competencia y libre concurrencia.
Con ello, contribuye al bienestar de las personas y al funcionamiento eficiente de los mercados.
Con su trabajo busca mejores condiciones para los consumidores, que se ofrezcan más servicios 
de mayor calidad y que haya “un terreno de juego parejo” para las empresas.

Inicia COFECE consulta pública a Guía para tramitar un procedimiento de investigación por PMA

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