La política fiscal de una nación, más allá de ser un simple asiento contable, constituye un instrumento para la promoción del crecimiento económico, del desarrollo, de equidad e inclusión social. Su instrumentación efectiva requiere de la identificación de sus niveles óptimos, así como de las acciones, instituciones y marco legal para alcanzar esos fines.
Más aún, si ella detona la ejecución de políticas públicas ordenadas en nuestra Constitución, como lo es la consecución de la conectividad de la sociedad.
Es decir, se trata de una política fiscal que atiende un mandato constitucional.
Bajo este postulado, el Estado adquiere compromisos u obligaciones de gasto, así como recaudatorias, para sustentar los objetivos sociales y económicos de sus políticas públicas.
En el caso de la determinación de las cuotas anuales por el uso del espectro radioeléctrico, organismos internacionales como la GSMA y el brazo de telecomunicaciones de la ONU, ITU, apuntan a que su determinación se oriente a los costos administrativos por su gestión por parte de las autoridades sectoriales. Asimismo, se sugiere tomen en consideración la escala y estructura competitiva del mercado. De manera que su fijación no imposibilite el pago de derechos por parte de los operadores competidores, ni los disuada de participar en los procesos de licitación.
Paquete Económico 2021El
Paquete Económico 2021 entregado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) al Poder Legislativo, el pasado 8 de septiembre, contiene la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos que, entre otros aspectos, plantea la actualización (aumento) y adición de cuotas de derechos que deberán pagar al Estado mexicano los operadores móviles que cuenten con concesiones para explotar determinadas bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico.
El espectro radioeléctrico es un recurso natural que resulta esencial para los operadores de telecomunicaciones en la prestación de servicios móviles de telefonía y banda ancha. Al ser este propiedad del Estado mexicano, los concesionarios en México pagan la contraprestación al momento de obtener la concesión y derechos anuales por su aprovechamiento.
El nivel y consecuentemente, cualquier cambio en las cuotas por su uso y explotación impacta sensiblemente el precio que pagan los usuarios finales, los cuales, al contar con una demanda cada vez más inelástica en los servicios de telecomunicaciones, inevitablemente incrementarán su gasto.
[1] En particular, la propuesta considera incrementos en las cuotas de derechos para la banda de 800 MHz y nuevas cuotas para las bandas de 600 MHz, 1,500 MHz y 3.5GHz.
De ser aprobada esta iniciativa, el bienestar de usuarios en México se vería afectado negativamente, como resultado de que, al aumentar los costos de inversión y operación de los operadores móviles, estos a su vez, harían el ajuste correspondiente al alza de los precios de sus servicios de telefonía e internet móvil.
Esta circunstancia resultaría a su vez, en una suerte de regresividad de la propuesta, al ser las personas y familias de menor ingreso las más afectadas por este incremento de precios.
Al contrario de lo que se establece en su exposición de motivos, la iniciativa impondría una barrera por la vía de costos para el despliegue de las redes de última generación (5G), al encarecer las bandas que son fundamentales para su desarrollo.
Pago de Derechos en el Paquete Económico 2021 vs Ley Federal de Derechos vigente
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