martes, 24 de julio de 2018

Detrás de la Multa a Google en la UE

El pasado 18 de julio, la Comisión Europea impuso una multa de casi $4,343 millones de Euros a Google por incumplir las reglas antimonopolio de la Unión Europea. La decisión, que también determina la dominancia de Google en “servicios de búsquedas generales en Internet”, “sistemas operativos móviles bajo licencia” y “tiendas de aplicaciones para Android”, basó su determinación de conductas anticompetitivas en tres prácticas separadas:

- El “empaquetamiento ilegal” de su aplicación de búsqueda y su explorador (Chrome) con su aplicación de “tienda de aplicaciones” (Play Store);
- La consecución de “pagos ilegales” a operadores y fabricantes de teléfonos por preinstalar sus aplicaciones;
- La “obstrucción ilegal” del desarrollo y distribución de versiones competidoras de Android.

 

Respecto al primer punto, la Comisión condujo una investigación que determinó la existencia de un comportamiento entre los consumidores conocido como “sesgo de statu-quo”, mediante el cual los usuarios tienden a preferir aplicaciones por el sólo hecho de venir preinstaladas en el smartphone. De acuerdo a la Comisión, la conducta ilegal de Google consistió en condicionar a los fabricantes el permiso para instalar la app Play Store (propiedad de Google) a que fueran también instaladas tanto su aplicación de búsqueda como su navegador.

Respecto al segundo, se comprobó que, entre 2011 y 2014, Google realizó pagos a algunos de los principales fabricantes y operadores móviles para que estos preinstalaran su aplicación de búsqueda en los dispositivos. De acuerdo con la comisión, los montos fueron de tal magnitud que ningún otro desarrollador habría podido igualarlos sin perder su rentabilidad, hecho por el cual se perdieron incentivos a preinstalar aplicaciones competidoras.

Finalmente, recordando la naturaleza abierta del código del sistema operativo Android, se determinó que Google bloqueó la distribución de sistemas operativos competidores tales como Fire OS de Amazon al negarse a otorgar la licencia de sus aplicaciones Play Store y Google Search a fabricantes que ofrecieran aunque fuera un dispositivo con alguna variante de Android no aprobada por Google.

 Es cierto que varias de las conductas mencionadas por la CE están incluidas en su “Mobile Application Distribution Agreement” (condiciones con las que los fabricantes de teléfonos inteligentes y tabletas pueden acceder a aplicaciones y servicios de Google) mientras que Google argumenta que lo ha hecho en pro de tener un sistema operativo mas ligero y lo más eficientemente posible, para satisfacer las necesidades de las distintas gamas de dispositivos que emplean dicho sistema operativo.

Si bien es cierto que la dinámica del mercado de sistemas operativos, dispositivos, aplicaciones y que existen sustitutos para todas las aplicaciones propietarias de google dificultan el entendimiento de la dominancia de la compañía en esos mercados, lo que si es una realidad es que Google sigue acumulando poder de mercado en el ámbito de los buscadores. Es ahí donde reside la importancia del señalamiento de la Comisión Europea.

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