- La transacción sin condiciones implicarĆa que la empresa resultante obtendrĆa una amplia participación en estos mercados y una distancia considerable con su competidor mĆ”s cercano.
- HabrĆa una reducción en la presión competitiva que podrĆa tener como efecto un incremento en los precios de estos productos.
- Las empresas deberĆ”n desinvertir algunos negocios de insecticidas de DuPont y el negocio de ionómeros y co-polĆmeros de Ć”cido de Dow.
- Para el anÔlisis de esta concentración fue esencial la cooperación con autoridades de competencia de la Unión Europea y Estados Unidos.
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó que la concentración entre The Dow Chemical Company (Dow) y DuPont de Nemours and Company (DuPont) solo serĆ” autorizada si estas empresas aceptan, entre otras condiciones, desincorporar los negocios de ionómeros y co-polĆmeros de Ć”cido, asĆ como de insecticidas foliares que combaten insectos mordedores en mĆŗltiples cultivos, propiedad de Dow y DuPont, respectivamente. De realizarse en los tĆ©rminos presentados originalmente se pondrĆa en riesgo el proceso de competencia y libre concurrencia en estos mercados.
La concentración presentada es parte de una operación global que consiste en la combinación de negocios de estos agentes económicos para formar la nueva sociedadDowDuPont.
Dow es una sociedad estadounidense que en MĆ©xico opera seis subsidiaras dedicadas a la producción, importación o venta de herbicidas, fungicidas, insecticidas y otros productos agrĆcolas incluyendo semillas, productos de silicona, quĆmicos para empaques plĆ”sticos, diversos productos quĆmicos, revestimientos, soluciones de infraestructura y materiales de construcción, entre otros.
DuPont es una sociedad estadounidense que en el paĆs opera 11 subsidiarias dedicadas a actividades industriales y comerciales de pectina, derivados cĆtricos y aditivos para la industria de la alimentación, asĆ como a la producción, manufactura, comercialización, importación, exportación y procesamiento de diversos productos quĆmicos y productos de lecitina de soya. TambiĆ©n vende semillas, entre otras actividades.
Al analizar la operación notificada, la COFECE encontró que en MĆ©xico ambas empresas coinciden en cuatro grupos de bienes: i) semillas; ii) productos de protección de cultivos; iii) productos de especialidad de nutrición y salud (incluye bienes diversos como texturizantes de alimentos e ingredientes de comida) y, iv) ciencias materiales (entre los que se encuentran los derivados del etileno y otros quĆmicos).
En su anĆ”lisis, la Comisión detectó que la operación tendrĆa pocas posibilidades de obstaculizar, disminuir, daƱar o impedir la competencia económica y libre concurrencia en la venta de semillas y de productos de especialidad. En cambio, la concentración podrĆa generar efectos contrarios a la competencia en el negocio de ionómeros y co-polĆmeros de Ć”cido, que forman parte del grupo de derivados del etileno. Esta situación se repite en el caso de los productos de protección de cultivos, en especĆfico en los mercados de comercialización de insecticidas foliares que combaten insectos mordedores en mĆŗltiples cultivos (aguacate, arĆ”ndano, berenjena, brócoli, calabacita, chayote, chile, col, col de Bruselas, coliflor, espĆ”rrago, frambuesa, fresa, jitomate, manzana, melón, nogal, papa, pepino, sandĆa, tomate de cĆ”scara y zarzamora) que se venden bajo las marcas Avaunt yCoragen, propiedad de DuPont.
La COFECE consideró que, derivado de la concentración:
- La nueva empresa DowDuPont se consolidarĆa como la principal alternativa para los consumidores de estos productos, con una distancia considerable respecto a sus siguientes competidores.
- Ante la reducción de la presión competitiva habrĆa probabilidades de incrementos en los precios y posibles restricciones en la oferta para estos productos.
- En el mercado de los insecticidas contra insectos mordedores, los agricultores observarĆan una reducción importante de las alternativas para proteger sus cultivos, con el posible incremento en los precios de los agroquĆmicos y, en consecuencia, un mayor costo de producción.
Por lo anterior, la Comisión condicionó la autorización de la operación a que las partes desinviertan el negocio de insecticidas foliares que combaten insectos mordedores en múltiples cultivos. El o los adquirientes deberÔn ser independientes y autónomos a Dow yDuPont, asà como contar con la capacidad, experiencia y medios suficientes para mantenerse como un competidor viable. AdemÔs, el o los compradores estarÔn sujetos a la aprobación de la COFECE.
En lo que respecta al negocio de ionómeros y co-polĆmeros de Ć”cido, la Comisión aceptó como medida idónea para contrarrestar los riegos en este mercado la desinversión de los mismos a la empresa coreana SK Global Chemical.
Esta resolución ha sido notificada a Dow y DuPont, quienes para cerrar su transacción deberÔn presentar un escrito mediante el cual acepten en su totalidad las condiciones impuestas para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia.
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