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miércoles, 2 de agosto de 2023


  • Busca establecer las agravantes a delitos cometidos con aeronaves pilotadas a distancia 

 

 

La Comisión Permanente recibió una iniciativa que presentó el Ejecutivo federal para prevenir, evitar y castigar el uso de drones en actos contra bienes y servicios públicos o privados, la integridad física o la vida de las personas, o que produzcan alarma, temor o terror en la población para atentar contra la seguridad nacional.  

 

El proyecto busca reformar el Código Penal Federal y la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de establecer las agravantes a delitos cometidos con aeronaves pilotadas a distancia, también conocidas como “drones”. 

 

El Ejecutivo argumentó que se requiere un marco jurídico que fortalezca la prevención y combata la impunidad en la comisión de ilícitos mediante la utilización de estos artefactos, así como para garantizar la paz y seguridad.  

 

Destacó que la evolución de la tecnología en materia de aviación civil representa un avance significativo en los ámbitos político, económico y social, pues contribuye a la prevención y control de incendios, rescate de personas, envío de víveres y de equipo médico.  

 

Sin embargo, acotó, las organizaciones delictivas realizan actividades en las que utilizan drones para transportar explosivos que son lanzados a personas, y que también utilizan en enfrentamientos y contra autoridades de los distintos órganos de gobierno.  

 

También, se menciona en la iniciativa, se ha observado su uso en el transporte de droga y espionaje, para obtener información privada, fundamentalmente del orden público.  

 

El proyecto adiciona al Código Penal Federal un capítulo III BIS para sancionar el uso de aeronaves pilotadas a distancia con las que se arrojen explosivos en contra de personas o bienes con el propósito de causar daños; la manufactura y el armado de estos artefactos para transportar explosivos, armas, narcóticos o drogas sintéticas.  

 

Entre otros puntos, plantean sanciones para quienes utilicen drones para fotografiar, grabar audio o video y vigilar las actividades de servidores públicos.  

Recibe Comisión Permanente iniciativa del Ejecutivo federal para sancionar uso indebido de drones

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miércoles, 12 de diciembre de 2018


  • Los juguetes tradicionales continúan siendo los favoritos de niños entre tres y 10 años de edad; no obstante sus contrapartes inteligentes ganan terreno en mayores de 11 años.
  • En este rubro cinco de cada 10 desean tener teléfonos, dispositivos electrónicos, videojuegos o drones, entre otros.
  • Desplazan a las bicicletas, patines, balones, legos, rompecabezas o muñecos tradicionales.
  • Los padres de familia deben tomar en cuenta que el uso desmedido de la tecnología en menores puede provocar insomnio, ansiedad, pasividad, desinterés social y una actitud poco crítica hacia la vida.
  • CEEPI recomienda el uso responsable de estos juguetes y con supervisión continua de los padres de familia.

Los regalos relacionados con tecnología (videojuegos, teléfonos y juguetes inteligentes, cámaras fotográficas, drones) toman mayor relevancia para los niños de 11 años en adelante: casi cinco de cada 10 pedirá como regalo navideño alguno de estos juguetes o dispositivos inteligentes en vez de uno donde puedan tener actividad física (bicicletas, patines, patinetas, balones de futbol, etcétera) o de destreza (legos, rompecabezas) y en mucho menor medida libros y ropa. Lo anterior se acentúa con la edad: menores de 10 años prefieren juguetes tradicionales, mientras que los mayores de 11, quieren de regalo algún gadget, lo anterior según datos de la clínica del Centro de Especialización de Estudios Psicológicos en la Infancia (CEEPI).
 
La Dra. Claudia Sotelo Arias, directora del organismo subrayó que la tecnología no puede calificarse como mala y puede ofrecer muchos beneficios a los niños. No obstante, enfatizó que en muchos casos los menores están haciendo uso desmedido de los juguetes y dispositivos inteligentes: "Está comprobado que su uso indiscriminado vuelve a los niños más pasivos, se aíslan y disponen de una actitud menos crítica hacia la vida. Además, cuando no hay supervisión por parte de los padres, los niños y adolescentes pueden ponerse en riesgo debido a que muchos de estos dispositivos están abiertos a Internet y a las redes sociales", dijo.
 
La especialista subrayó que no es aconsejable regalar este tipo de juguetes en la niñez temprana: "también sabemos que estos gadgets tecnológicos infantiles generan insomnio, ansiedad y sobreestimulación, una actitud hostil pero sobre todo dependencia: llega un momento en que literalmente no pueden dejar de usarlos. Por ello la recomendación es siempre supervisar su uso", dijo.
 
En este sentido. CEEPI recomienda fomentar en los menores los juegos donde esté de por medio la actividad física, la destreza mental (juegos de mesa o de destreza, rompecabezas, legos) y que genere socialización con otros niños: "La idea es que estén activos. Que su energía se cristalice en el juego, armando rompecabezas, practicando deportes, dibujando, cantando, jugando con otros niños y con sus papás y porqué, no combinar con responsabilidad el uso de los juguetes y dispositivos inteligentes", concluyó Sotelo Arias.
 
En una encuesta de la clínica de CEEPI se obtuvieron los siguientes respuestas. En menores de 10 años: ¿Qué le voy a pedir a Santa Claus a los Reyes Magos o qué espero de regalo navideño?
  • 50% - Juguetes tradicionales, no inteligentes (muñecos, muñecas, legos, juegos de destreza).
  • 30% - Bicicletas, patinetas, patines, balones.
  • 10% - Videojuegos, dispositivos electrónicos, teléfonos o juguetes inteligentes.
  • 5% - Ropa.
  • 3% - Libros.
  • 2% - Ropa.
 
Entre 11 y 14 años de edad:
  • 45% juguetes inteligentes, teléfonos, tabletas, drones y videojuegos,.
  • 30% Bicicletas, patines, balones.
  • 10% muñecos tradicionales, legos, rompecabezas.
  • 10% Ropa.
  • 3% Libros.
  • 2% mascotas.

Los niños pedirán a Santa Claus y Reyes Magos mucha tecnología

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martes, 7 de noviembre de 2017



·         Ganan competencias de drones en Vancouver, y en Space Center Houston de NASA

·         Se demuestra la capacidad de nuevas generaciones para encontrar soluciones creativas a cualquier reto, dificultad o competición: Mendieta


El Dr. Javier Mendieta Jiménez, Director General de la Agencia Espacial Mexicana (AEM), organismo descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), expresó sus felicitaciones a jóvenes talentos mexicanos que, como lo han informado los medios, han destacado en los últimos días en competencias internacionales.

El científico felicitó en primer lugar al Doctor José Martínez Carranza, investigador del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE), y a su equipo QuetzalC++, integrado por jóvenes de la carrera de ingeniería en mecatrónica, quienes ganaron la competencia ADR (Carrera de Drones Autónomos), celebrada en Vancouver, Canadá.

Mendieta destacó que los estudiantes mexicanos vencieron a los equipos más fuertes a nivel mundial como lo son los de la Universidad de Zúrich, y los de la Universidad Tecnológica de Delft, ambos equipos comandados por investigadores de alto prestigio, e integrados por estudiantes de posgrado.

Igualmente, felicitó a 16 alumnos de la Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo encabezados por Jonathan Sánchez, concursantes del Air and Space International Program 2017 organizado por la empresa hidalguense Aplicaciones Extraordinarias Aeroespaciales AEXA S.A. de C.V. y la Space Center U en el Centro de Visitantes de NASA, Space Center Houston.

Indicó que, si bien estos jóvenes no forman parte de ninguno de los programas conjuntos de NASA con la Agencia Espacial Mexicana del Gobierno Federal, su viaje a este programa de cinco días demuestra valiosamente que ahora también ya existe todo un potencial para la participación privada de las empresas, con toda la inspiración del tema espacial.

“Lo más importante es destacar que la juventud mexicana demuestra su talento cada vez que sale a competencias en el extranjero, lo que nos demuestra la capacidad de nuestras nuevas generaciones para encontrar soluciones creativas a cualquier reto, dificultad o competición, por lo que absolutamente todo el mérito es de estos jóvenes”, expresó Mendieta.

DESTACA AEM EL TALENTO DE JUVENTUD MEXICANA EN COMPETENCIAS INTERNACIONALES

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lunes, 8 de junio de 2015



·        La medida se tomó por el incremento en el uso de aeronaves no tripuladas

·        Los operadores de los equipos están obligados a respetar los lineamientos que se establecen en la circular

·        Solo podrán ser usados en el día y en áreas que no sean prohibidas, restringidas o peligrosas


Como parte del esfuerzo permanente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para preservar la seguridad de las personas y a los usuarios, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) emitió el pasado 8 de abril la circular CO AV23/10 R2, en la que se establece la regulación del uso de los drones.


La circular mencionada, pasa a sustituir a la que se emitió en el 2010. Se ha actualizado y en ella se mencionan las limitaciones, las leyes, los reglamentos, las normas federales y locales, que deben seguir los operadores de los también llamados Sistemas de AeronavePiloteadas  a Distancia (RPAS).


Entre las limitaciones se establece, que sin importar el peso, los drones sólo pueden ser operados durante el día, en áreas que no estén clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas. Deberán estar al menos a 9.2 kilómetros de distancia de los aeropuertos controlados, a 3.7 de los aeródromos no controlados y a 900 metros de helipuertos y no podrán dejar caer objetos que puedan lesionar a personas o bienes.


La nueva regulación, está divida en dos vías: por el peso de la aeronave y por su uso, ya sea recreativo o comercial.

En el primer caso, para todos los dispositivos se hace una clasificación de tres categorías: de hasta 2 kilogramos (kg) de peso, de más de 25 kg y de 25 kg en adelante. Los operadores sean personas físicas o morales, están obligados a seguir los lineamientos ya establecidos.


Cuando su uso sea recreativo y tengan un peso de 2 kg, solo podrán ser usados en clubes de aeromodelismo y no requieren autorización de la DGAC.


En cuanto a los drones de uso comercial que pesan más de 25 kg, sólo podrán volar en los términos y condiciones que permite la DGAC, además de que su operador debe tener una licencia de piloto.

La circular emitida, puede ser consultada de manera más detallada en la siguiente liga de la SCT:

http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC/00%20Aeronautica/CO_AV_23_10_R2.pdf

 

SE REGULARÁ USO DE AERONAVES NO TRIPULADAS (DRONES), SCT

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miércoles, 29 de abril de 2015



·        Se privilegia la seguridad del público y de los usuarios

·        Sólo pueden ser usados lejos de los aeropuertos y helipuertos

·        Las nuevas normas son obligatorias para todos


Debido al creciente uso de aeronaves no tripuladas, conocidas como drones, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha actualizado y fortalecido los criterios que regulan su operación, a fin de preservar la seguridad del público y también, por supuesto, de los operadores de esas aeronaves.


La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió, el pasado 8 de abril, la circular CO AV23/10 R2, que sustituye la emitida en el 2010. Este documento es de observación obligatoria para todos los operadores civiles de esas naves.


El documento establece limitaciones al uso de drones no tripuladas (llamadas Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia, RPAS) según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.


Por ejemplo, sin importar el peso, sólo pueden ser operadas durante el día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados, a 3.7 kilómetros de los aeródromos no controlados, y a 900 metros de los helipuertos, y no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.


La circular distingue tres tipos de drones: de hasta 2 kilogramos de peso, de más de dos a 25 kilogramos, y de más de 25 kg. En los tres casos, los operadores, sean personas físicas o morales, están obligados a respetar todas las leyes, los reglamentos y las normas federales y locales aplicables.


Sólo los RPAS que pesen menos de 2 kg pueden ser operados sin necesidad de requerir autorización de la DGAC, pero si se usan para actividades comerciales deben contar con un seguro de daños a terceros, entre otras condicionantes.


En cuanto a los que pesan más de 2 kg, cuando su uso es recreativo, sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo. Los de uso comercial requieren autorización de la DGAC. Las limitaciones son aún más específicas para operar aparatos de más de 25 kilogramos de peso, que sólo pueden volar en los términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que su operador debe contar con una licencia de piloto.


La publicación de esta circular forma parte del esfuerzo permanente de la SCT para actualizar la regulación del sector conforme los avances de la tecnología.


La circular completa está disponible en la página web de la SCT, mediante la siguiente liga:

http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC/00%20Aeronautica/CO_AV_23_10_R2.pdf

REGULA LA SCT EL USO DE AERONAVES NO TRIPULADAS (DRONES)

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