Header Ads Widget

Aprueba Senado proyecto para expedir Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

 

  • La aprobación de este ordenamiento responderĆ” a la deuda que tenemos con nuestro paĆ­s en materia de justicia, subraya SĆ”nchez Cordero 

 

La CĆ”mara de Senadores aprobó el dictamen por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que regula y homologa los principios para la gestión pacĆ­fica y colaborativa de los conflictos.  

 

El proyecto, que fue aprobado en lo general con 101 votos a favor y dos abstenciones, tambiĆ©n reforma las leyes orgĆ”nicas del Poder Judicial de la Federación y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. 

 

Cuenta con 144 artĆ­culos y 17 transitorios, divididos en nueve capĆ­tulos, y deriva de una reforma la Constitución PolĆ­tica de 2017, en la que se mandató al Congreso de la Unión a expedir una ley sobre esta materia, con excepción a la penal. 

 

En el documento se destaca que los mecanismos de solución de controversias son cauces extra jurisdiccionales surgidos al margen del proceso y desarrollados algunas veces por órganos no vinculados al Poder Judicial y otras veces por las mismas instancias de justicia, a travĆ©s de un conjunto de prĆ”cticas y tĆ©cnicas dirigidas a: 

 

Posibilitar la solución de los conflictos al margen de los tribunales en beneficio de todas las partes implicadas; reducir el costo y la dilación con relación al proceso judicial; y prevenir los conflictos jurĆ­dicos que estarĆ­an probablemente destinados a ser llevados ante los tribunales, lo que coadyuva en la bĆŗsqueda de tutela judicial efectiva. 

 

Al exponer en tribuna el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga SĆ”nchez Cordero, subrayó que se trata de un “dĆ­a histórico”, ya que el Poder Legislativo tiene la oportunidad de impulsar un nuevo ordenamiento que, enfatizó, “responderĆ” a la deuda que tenemos con nuestro paĆ­s en materia de justicia”. 

La norma, explicó, estĆ” fundamentada en un procedimiento sencillo y se basa en la voluntad, la prontitud, la honestidad, la confidencialidad y en la economĆ­a, ademĆ”s de que privilegia la cooperación, la comprensión, la negociación, la tolerancia y el diĆ”logo para resolver conflictos. 

 

Asimismo, tiene por objeto lograr la armonización y la homologación de los procedimientos no jurisdiccionales y de los diferentes mecanismos que en comĆŗn tienen las partes para gestionar por sĆ­ mismas la solución de sus conflictos o con el apoyo de una tercera persona ajena, denominada “facilitadora”.  

 

“Promueve la participación de la ciudadanĆ­a en la impartición de la justicia vĆ­a extrajudicial, a travĆ©s de la implementación de soluciones efectivas, confiables y contundentes a sus problemĆ”ticas, con lo que se busca que las partes sean quienes solucionen sus conflictos, sin que requieran acudir a instancias jurisdiccionales”, agregó la senadora. 

 

Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la PeƱa, refirió que esta nueva ley mejorarĆ” sustancialmente el modelo de justicia en MĆ©xico y complementarĆ” al reciĆ©n publicado Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, con lo que se busca alcanzar los principios constitucionales en materia de impartición de justicia y se ofrecen a las personas alternativas mĆ”s allĆ” de la confrontación directa. 

 

Con esta norma, ademĆ”s, “estamos abonando a la cultura de la paz, pues se ofrecen opciones igual de efectivas que en un juicio, pero mucho mĆ”s expeditas, como la negociación, la mediación, la conciliación o el arbitraje”, abundó, y aƱadió que con ella se resolverĆ”n los conflictos sin que las personas enfrenten los largos procedimientos o juicios que duran meses o aƱos, y que ahuyentan a las partes de los tribunales. 

 

La nueva ley, expone el dictamen enviado para su ratificación a la CĆ”mara de Diputados, plantea las bases y principios comunes en la tramitación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, y la obligación de las entidades federativas de expedir y armonizar sus leyes locales en concordancia con lo dispuesto en esta norma general.  

 

Establece la creación de la figura de facilitadores encargados de la conciliación de conflictos, ademĆ”s de los lineamientos para su certificación, evaluación, capacitación a nivel nacional, seguridad y certeza jurĆ­dica, y propone que los Tribunales de Justicia Administrativa, Federal y locales, puedan contar con Centros PĆŗblicos y mecanismos alternativos de solución de controversias. 

 

AdemĆ”s, crea una Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras y un Sistema Nacional de Información de Convenios, los cuales serĆ”n administrados por el Consejo de la Judicatura Federal y contendrĆ” la información relativa de las entidades federativas, y la correspondiente del Poder Judicial de la Federación. 

 

En la discusión, el senador JosĆ© Narro CĆ©spedes, de Morena, consideró que la norma es muy relevante ante la posibilidad de obtener eficiencia y resultados a corto plazo en la impartición de justicia, aunado a que se implementan mecanismos que evitan recurrir a los tribunales y que se incrementen los conflictos.  

 

El senador DamiĆ”n Zepeda Vidales, de Acción Nacional, dijo que esta reforma es una de las legislaciones mĆ”s relevantes de la presente Legislatura, ya que apostar por los mecanismos alternativos de solución de controversias, genuinamente ayudarĆ­a a resolver de forma “mĆ”s amigable los conflictos entre las personas, lo que abonarĆ” a la paz que tanto necesita MĆ©xico”. 

 

Luis David OrtĆ­z Salinas, senador por Movimiento Ciudadano, precisó que los mecanismos alternativos a la justicia tradicional son propicios para “sanar el tejido social” y construir paz en la comunidad. “No podemos evitar el conflicto, lo que sĆ­ podemos hacer es dirimirlo de manera pacĆ­fica y satisfactoria para las partes”, agregó.  

 

La senadora Claudia Ruiz Massieu Salinas consideró que dicha ley contribuirĆ” a fortalecer la convivencia armónica y la justicia social, ademĆ”s de que representa un respiro a los órganos jurisdiccionales “que hoy estĆ”n desbordados de asuntos”, y en Ćŗltima instancia, a consolidar un MĆ©xico mĆ”s justo. 

 

Miguel Ɓngel Mancera Espinosa, del PRD, calificó como una “herramienta Ćŗtil” la justicia cotidiana, porque beneficiarĆ” a quienes no tienen los recursos para sostener un procedimiento legal o pagar un abogado. “Hay alrededor de 400 mil personas, dijo, que enfrentan procesos civiles de justicia familiar y mercantil, que encontrarĆ”n con esta ley la mejor opción para alcanzar una justicia pronta y expedita. 

 

GermĆ”n MartĆ­nez CĆ”zares, senador del Grupo Plural, dijo que no se puede estar en contra de una ley de esta naturaleza, porque los mecanismos alternativos contribuyen a la mediación y agilizan la justicia. Destacó que contiene un capĆ­tulo de justicia digital fuerte, y no se rompe el principio de mediación entre las partes, el juez y queda a salvo la jurisdicción en materia mercantil y civil. 

 

El Pleno tambiĆ©n aprobó con 101 votos a favor y dos abstenciones modificaciones propuestas por los senadores Nuvia Magdalena Mayorga Delgado y Rafael Espino de la PeƱa; una para precisar que esta norma tambiĆ©n se pueda aplicar para la resolución de conflictos escolares y otra para que los facilitadores tengan por lo menos 60 horas de capacitación en materia de justicia restaurativa, en caso de que tengan que participar en procesos de esta naturaleza. 

Publicar un comentario

0 Comentarios