- Al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión
- En caso de que la víctima pertenezca a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana, la pena aumentará hasta en una mitad
Con 90 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó un proyecto de decreto que reforma el Código Penal Federal, a fin de establecer un tipo penal autónomo que sancione a quienes obliguen a menores a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio.
El dictamen precisa que comete el delito de cohabitación forzada de menores de 18 años o de personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con una persona mayor de 18 años, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.
Además, prevé que este delito sea imprescriptible y que al responsable se le imponga una pena de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa. De acuerdo con el documento, la pena prevista aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, aseveró que el matrimonio forzado de menores atenta contra el interés superior de la niñez y representa un menoscabo a los derechos fundamentales en detrimento de su desarrollo y formación integral.
Con la aprobación de esta minuta, dijo la senadora de Morena, las y los legisladores dejaremos claro que nunca más nuestras niñas, niños y adolescentes deben ser obligados a tener una relación sentimental, casarse, ser privados de su libertad o ser víctimas de la violencia doméstica.
También subrayó que los menores de edad de los hogares más pobres, de zonas rurales y pertenecientes a grupos indígenas y afrodescendientes están en mayor riesgo de ser víctimas del matrimonio forzado.
Datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) señalan que en América Latina “una de cada cuatro mujeres de 20 a 24 años contrajo matrimonio por primera vez o mantenía una unión temprana antes de cumplir los 18 años”.
A su vez, Rafael Espino de la Peña, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, asentó que las uniones tempranas se encuentran asociadas a factores como la pobreza y el género, por lo que el mayor riesgo lo enfrentan las menores de zonas rurales o pertenecientes a comunidades indígenas o afrodescendientes.
La senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, de Acción Nacional, recordó casos de comunidades indígenas y de la capital en la que este tipo de acciones se realizaron, por lo que consideró que es un gran avance que con esta reforma se castigue con prisión este ilícito; “basta de impunidad, basta de violencia sexual contra las mujeres”.
Jorge Carlos Ramírez Marín, senador del PRI, denunció que cada más de 12 millones de menores de edad son obligados a casarse o a cohabitar con otra persona en contra de su voluntad. Asimismo, dijo que no basta con que exista la ley, sino que se debe velar por su correcta aplicación.
Por el PVEM, la senadora Gabriela Benavides Cobos enfatizó que este tipo de actos deben ser erradicados del país, por lo que consideró que al establecer penas de prisión se logrará inhibir esta conducta. Además, conminó a las y los legisladores a proteger a las niñas y niños para tener adultos plenos que forjen el crecimiento de nuestro país.
La coordinadora de la bancada del PT, Geovanna Bañuelos de la Torre, sostuvo que obligar a una persona a cancelar su proyecto de vida es un acto inhumanidad y de indignante crueldad; “no existe justificación alguna para las prácticas de matrimonio forzado, debemos condenar su prevalencia sin importar que se esgrima al amparo de los usos y costumbres”.
El senador Daniel Gutiérrez Castorena, de Morena, subrayó que es inaceptable que las y los menores de edad sean obligados a casarse en contra de su voluntad y sin su consentimiento, por lo que consideró que el matrimonio forzado es una forma de violencia de género que afecta desproporcionadamente a niñas y mujeres jóvenes.
El proyecto de decreto, por el que se reforman el artículo 205-Bis y se adiciona un Capítulo IX al Título Octavo del Código Penal Federal, fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
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