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Proponen en el Senado que autoridades difundan información accesible para menores.

  • No podemos hablar de una cultura de transparencia efectiva, sin incluir a las generaciones mĆ”s jóvenes: JimĆ©nez Arteaga 

 

La senadora Rosa Elena JimĆ©nez Arteaga presentó una iniciativa para que autoridades federales, de las entidades, municipales y de las alcaldĆ­as de la Ciudad de MĆ©xico estĆ©n obligadas a difundir información clara, sencilla, comprensible y accesible para niƱas, niƱos y adolescentes, relacionada con el ejercicio de sus funciones gubernamentales. 

 

“No podemos hablar de una cultura de transparencia efectiva, sin incluir a las generaciones mĆ”s jóvenes que viven en nuestro paĆ­s” y que, ademĆ”s, representan un gran porcentaje de la población, consideró la legisladora en su iniciativa que fue turnada a las comisiones de Derechos de la NiƱez y de la Adolescencia, y de Estudios Legislativos. 

 

El Instituto Nacional de EstadĆ­stica y GeografĆ­a, expuso la legisladora de Morena, dio a conocer que en MĆ©xico habitan cerca de 40 millones de niƱos, niƱas y adolescentes, lo que representa 35 por ciento de la población. 

 

El derecho de acceso a la información busca generar las condiciones para que todas las personas tengan acceso a la información pĆŗblica generada por las instituciones gubernamentales, incluso, nace como una herramienta de apoyo a la rendición de cuentas, pues impulsa a las dependencias de nuestro paĆ­s a transparentar el ejercicio de sus funciones. 

 

Por ello, afirmó JimĆ©nez Arteaga, debe ser obligación de los Estados tomar medidas correspondientes para dar cumplimiento a todos los derechos consagrados en la Convención Sobre los Derechos del NiƱo. 

 

“No solo debemos regular el contenido de los medios de comunicación, sino, tambiĆ©n, impulsar a que todas las instituciones pĆŗblicas incluyan en sus pĆ”ginas oficiales un apartado especial que difunda sus facultades y atribuciones de una manera entendible para niƱas, niƱos y adolescentes”, apuntó. 

 

Puntualizó que la iniciativa busca adicionar el artĆ­culo 66 Bis y un segundo pĆ”rrafo al artĆ­culo 101 Bis 1 a la Ley General de los Derechos de NiƱas, NiƱos y Adolescentes, para que la información que difundan las instituciones pĆŗblicas, especialmente para menores, se ajuste a su capacidad y a sus intereses, que favorezca social y educacionalmente su bienestar, y que refleje la diversidad de circunstancias que los rodean. 

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