miércoles, 21 de diciembre de 2016

INFUNDADOS E INVEROSÍMILES LOS SEÑALAMIENTOS DE RIVADA NETWORKS



·         El Concurso de la Red Compartida se llevó a cabo de acuerdo a los más estrictos estándares de transparencia, datos abiertos y apego a la normatividad

·         Los señalamientos de Rivada Networks son infundados. Su descalificación se debió a la falta de la presentación de la garantía de seriedad por 1,000 mdp, conforme lo establecían las bases del concurso

·         Los servicios de consultoría de la empresa Deloitte no influyeron en el diseño y evaluación de las propuestas

·         El señor Mario Héctor Góngora Preciado no labora en la SCT desde junio de 2015, medio año antes del inicio de la licitación de la Red Compartida

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes reitera que el Concurso de la Red Compartida se llevó a cabo de acuerdo a los más estrictos estándares de transparencia y se apegó en todo momento a la normatividad aplicable. Toda la información de las distintas etapas del concurso que inició el 29 de enero de 2016 y cuyo fallo se dio el pasado 17 de noviembre, se encuentra disponible a través del portal de transparencia de la dependencia.

Respecto a los señalamientos de Rivada Networks, cabe aclarar que el señor Mario Héctor Góngora Preciado, quien fungió como Director General adscrito a la Subsecretaría de Comunicaciones, no labora en la SCT desde junio de 2015, más de medio año antes de la publicación de la convocatoria del concurso de la Red Compartida. Por lo tanto, durante el desempeño de sus funciones no tuvo injerencia alguna en el proceso de licitación, ni contacto con los consorcios participantes en el concurso.

Sobre los servicios prestados por la consultora Deloitte, es importante precisar que su contrato fue concluido previamente al diseño definitivo del proyecto de la Red Compartida. La conceptualización del proyecto y de las bases del concurso se llevaron a cabo de manera abierta, a través de tres consultas públicas en línea.

De acuerdo a las Bases del concurso, la SCT no utilizó ningún plan de negocios propio o provisto por Deloitte o algún otro consultor para evaluar las propuestas de los concursantes. Cada concursante fue responsable de elaborar su propio plan de negocios y el único criterio de evaluación consistió en el porcentaje de cobertura poblacional ofrecido. 

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