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miércoles, 20 de agosto de 2025




Tras la resolución de la Suprema Corte de la Nación de las impugnaciones presentadas por Poder Ciudadano contra la validez de las elecciones judiciales, la organización lamentó que ni el Tribunal Electoral, ni la Corte hubieran hecho un esfuerzo mayor por analizar y condenar las malas prácticas e irregularidades que se presentaron durante el proceso electoral para elegir personas juzgadoras; sin embargo, reiteró su compromiso inquebrantable con la defensa de la democracia. 


Poder Ciudadano recordó que fue de las pocas organizaciones ciudadanas que se involucraron de manera activa en el proceso comicial y logró que la autoridad jurisdiccional diera revés al acuerdo del Instituto Nacional Electoral, que prohibía la realización de foros de debate y mesas de diálogo para que las y los candidatos dieran a conocer sus propuestas de campaña, logrando que se flexibilizara la participación de los contendientes. 


Asimismo, apuntó que, junto con otras organizaciones de la sociedad civil, impugnó la validez de las elecciones judiciales al argumentar que el proceso electoral estuvo plagado de vicios e irregularidades, así como de violaciones sistemáticas a la ley y el despliegue de malas prácticas como el uso de acordeones. A pesar de sus esfuerzos, tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como el Tribunal Electoral les negó el acceso a la justicia y la defensa de la democracia, desechando la impugnación. 


Bajo este contexto, Poder Ciudadano afirmó que continuará luchando por la defensa de un voto libre, y de elecciones auténticas. Además, adelantó que está valorando acudir a instancias internacionales para denunciar las malas prácticas que se llevaron a cabo en esta elección inédita. 


La organización presidida por Gabriela Sterling también anticipó que estarán vigilantes del desarrollo de la reforma electoral, al exponer que ésta, debe basarse en el diálogo y el consenso para que las voces de todas y todos sean escuchadas. 


PODER CIUDADANO REAFIRMA SU COMPROMISO CON LA DEFENSA DE ELECCIONES LIBRES Y AUTÉNTICAS

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lunes, 12 de agosto de 2024

 

  • La sobrerrepresentación regulada por el artículo 54 constitucional ha sido objeto de impugnaciones en el pasado y revisada por órganos jurisdiccionales.
  • Tanto la Corte como el Tribunal Electoral han establecido precedentes en la distribución de curules en el Congreso.
 
Diversas resoluciones de la Suprema Corte y del TEPJF han abordado el tema de la sobrerrepresentación y sentaron precedentes en la distribución de asientos  en anteriores Legislaturas del Congreso de la Unión, según una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
El estudio titulado “Regulación y criterios en materia de sobrerrepresentación de los partidos políticos y coaliciones en el Congreso de la Unión”, elaborada por las investigadoras María Cristina Sánchez Ramírez y Susana Ramírez Hernández, señala que el principio de proporcionalidad en materia electoral fue objeto de estudio en la acción de inconstitucionalidad 6/1998, resuelta por la SCJN el 23 de septiembre de 1998.
En aquel año, la Corte emitió una jurisprudencia que reconoció que el principio de representación proporcional es un mecanismo para garantizar la pluralidad en la integración de los órganos legislativos.
En ese sentido, el máximo tribunal estableció  “que la proporcionalidad en materia electoral, más que un principio, constituye un sistema compuesto por bases generales tendentes a garantizar de manera efectiva la pluralidad en la integración de los órganos legislativos, permitiendo que formen parte de ellos candidatos de los partidos minoritarios, e impidiendo, a la vez, que los partidos dominantes alcancen un alto grado de sobre-representación”
El TEPJF, por su parte, a través de sentencias emitidas en los años 2007 y 2021, ha interpretado los límites a la sobrerrepresentación legislativa regulada por el artículo 54 constitucional.
 
De acuerdo con las investigadoras, las resoluciones previas del Poder Judicial se han orientado a garantizar la representación de todas las fuerzas políticas que obtuvieron el porcentaje mínimo de votación requerido, equilibrar la toma de decisiones y fortalecer el trabajo legislativo.

Corte y Tribunal Electoral han emitido fallos en materia de sobrerrepresentación legislativa, destaca estudio del IBD

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