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jueves, 5 de octubre de 2017



Síntesis
Uno de los objetivos fundamentales en la política de administración y licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico para la provisión de servicios inalámbricos es, y ha sido, la promoción de la competencia efectiva.
De acuerdo con las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT, brazo sectorial de la ONU), es importante imponer límites a la participación o a la concentración de este recurso esencial a jugadores que cuentan ya con abundancia de las frecuencias por licitar o de aquellas de capacidades operativas equivalentes, así como cuando esos operadores cuenten con una elevada participación de mercado en términos de suscriptores o tráfico, además del espectro radioeléctrico, entre otros.

Uno de los objetivos fundamentales en la política de administración y licitación de frecuencias del espectro radioeléctrico para la provisión de servicios inalámbricos es, y ha sido, la promoción de la competencia efectiva.
De acuerdo con las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT, brazo sectorial de la ONU), es importante imponer límites a la participación o a la concentración de este recurso esencial a jugadores que cuentan ya con abundancia de las frecuencias por licitar o de aquellas de capacidades operativas equivalentes, así como cuando esos operadores cuenten con una elevada participación de mercado en términos de suscriptores o tráfico, además del espectro radioeléctrico, entre otros.
Este el caso de la licitación de las bandas 3.4/3.6 GHz en Portugal, se previno al operador incumbente a participar en el proceso, buscando promover la entrada al mercado de nuevos competidores. También en Corea, tenedores de frecuencias en las bandas de 800/900 MHz tuvieron prohibido participar en la asignación de estas bandas en 2010. En Australia, España y Hungría se han impuesto límites a la participación de algunos competidores, en la búsqueda de gestar un escenario más equitativo de acceso a recursos esenciales entre jugadores.
Tan claro como la abundante experiencia internacional en esta materia regulatoria, este es hoy día un criterio ausente en México en el proyecto de bases de licitación de 130 MHz de la banda de 2.5 GHz, en la que a pesar de contar con un escenario de elevada concentración en suscripciones móviles por un solo operador (Telcel con casi dos tercios de ellos) y que este mismo ya cuenta con derechos de explotación en esa banda, no se le impuso una restricción absoluta a su participación en las referidas prebases.
Con ello se ignora el principio de equidad competitiva y se toma distancia de los ejemplos internacionales referidos.
En el caso mexicano, el operador preponderante ostenta la titularidad de más de la mitad (51%) de las frecuencias asignadas para servicios móviles, muy superior a la de sus competidores AT&T (32%) y Movistar (16%). En la banda de 2.5 GHz, ostenta prácticamente la totalidad de ese recurso soberano. Así, en los próximos meses Telcel será el único operador con capacidad de ofrecer servicios de 4G-LTE avanzados.
Otra ruta de inequidad para los operadores competidores representa el valor de mercado que tendrían que pagar por el espectro ganado en la licitación, en comparación con aquel que América Móvil pagó a Grupo MVS en el mercado secundario de espectro por los 60 MHz de la banda de 2.5 GHz. Si este último resulta ser más bajo serán los competidores, los que de por sí enfrentan una restricción más ajustada de recursos que el preponderante, mismos que tendrán que pagar un precio más alto para intentar competir con este por la oferta de servicios de mayor calidad y cobertura.
Con todo, la licitación de 2.5 GHz en México, se aleja del principio de promoción de la competencia protegido en las experiencias internacionales de asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico, al salvaguardar e incluso favorecer la posición de ventaja del preponderante frente a sus competidores, bajo los términos establecidos en las prebases.
Nuevamente la recomendación aquí para el regulador es clara: que en las bases definitivas se apliquen medidas compensatorias prohibiendo la participación de Telcel en el proceso, conforme a las mejores prácticas internacionales, claro, partiendo del supuesto de la búsqueda de la elusiva competencia efectiva en el mercado mexicano de telecomunicaciones.

Preponderante en Tenencia Espectral

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lunes, 29 de mayo de 2017



Nos encontramos frente a un nuevo proceso de licitación de frecuencias de espectro radioeléctrico que invariablemente está dando de qué hablar. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) órgano único encargado de la asignación y administración del espectro desde la Reforma de Telecomunicaciones de 2013, llegará a su cuarto aniversario de vida con un historial de tres de cuatro licitaciones que se han caracterizado por sus descuidos e incumplimiento de su cometido que coloca a la industria en un escenario de incertidumbre, ausencia de transparencia e incapacidad regulatoria.
Este es el caso de la licitación de frecuencias para la provisión de radio AM y FM, en la que el regulador ignoraba (o realmente no hizo completa su labor de verificación) la composición y vinculación accionaria del agente económico Tecnoradio. Postor que ganó el mayor número de frecuencias (34 de FM y 3 de AM) y ofreció el mayor monto de contraprestación económica de alrededor de $288 millones de pesos, pero que resultó tener relación al grupo radiofónico más grande del país (Radiorama) y pretendía beneficiarse de un incentivo de 15% otorgado a “aparentes” oferentes entrantes para así, aventajar a sus competidores.
Ello empujó al alza la oferta económica de los participantes y desplazó la entrada de otros grupos radiofónicos importantes y oferentes independientes. Por lo que el diseño y desarrollo de la licitación incumple con los principios de eficiencia al tratarse de un proceso que deja fuera toda posibilidad de gestar un entorno más competido en contenidos radiofónicos, así como contraviene la legalidad de la licitación al no contar con información veraz sobre la composición accionaria de Tecnoradio.
Este episodio deviene a aquel de la licitación de dos nuevas cadenas de televisión en la que el único postor ganador fue Grupo Imagen Multimedia, luego que Grupo Radio Centro careciera del músculo financiero para cumplir con el monto de contraprestación que había ofrecido por una segunda cadena a la que se habría hecho acreedor. En ese entonces el IFT argumentaba que de acuerdo con su análisis Radio Centro podía hacer frente a su oferta, cuando la realidad era lo opuesto.
El otro caso es el de la licitación de AWS, en el que no obstante, a los riesgos de concentración y desbalance en la tenencia espectral advertidos por la industria, el regulador permitió que Telcel se hiciera de una porción superior de frecuencias óptimas para telecomunicaciones móviles aventajando así a sus competidores.
Pareciera que la constante aquí es la ausencia de una autoridad regulatoria que cumpla con los principios básicos de una licitación, al no contar o no habilitar mecanismos de monitoreo, revisión y evaluación de condiciones competitivas, músculo financiero y estructura de los agentes económicos participantes en los procesos referidos.
Estos referentes sientan un precedente de desconfianza e incertidumbre para las licitaciones por venir, que definitivamente pueden eludir la participación de nuevos entrantes o generar desincentivos para oferentes actuales. Circunstancia que sumada a los ya documentados casos de contrarreforma nos coloca en una situación en el que el IFT nos aleja cada vez más de un escenario de condiciones de competencia, calidad, pluralidad, entre otras.
‘Lo que pasa es que’ (frase que inevitablemente utilizamos cuando no hay otra forma de justificarse) tenemos un regulador desinteresado en cumplir el cometido de promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y radiodifusión en México.
Nos encontramos frente a un nuevo proceso de licitación de frecuencias de espectro radioeléctrico que invariablemente está dando de qué hablar. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) órgano único encargado de la asignación y administración del espectro desde la Reforma de Telecomunicaciones de 2013, llegará a su cuarto aniversario de vida con un historial de tres de cuatro licitaciones que se han caracterizado por sus descuidos e incumplimiento de su cometido que coloca a la industria en un escenario de incertidumbre, ausencia de transparencia e incapacidad regulatoria.
Este es el caso de la licitación de frecuencias para la provisión de radio AM y FM, en la que el regulador ignoraba (o realmente no hizo completa su labor de verificación) la composición y vinculación accionaria del agente económico Tecnoradio. Postor que ganó el mayor número de frecuencias (34 de FM y 3 de AM) y ofreció el mayor monto de contraprestación económica de alrededor de $288 millones de pesos, pero que resultó tener relación al grupo radiofónico más grande del país (Radiorama) y pretendía beneficiarse de un incentivo de 15% otorgado a “aparentes” oferentes entrantes para así, aventajar a sus competidores.
Ello empujó al alza la oferta económica de los participantes y desplazó la entrada de otros grupos radiofónicos importantes y oferentes independientes. Por lo que el diseño y desarrollo de la licitación incumple con los principios de eficiencia al tratarse de un proceso que deja fuera toda posibilidad de gestar un entorno más competido en contenidos radiofónicos, así como contraviene la legalidad de la licitación al no contar con información veraz sobre la composición accionaria de Tecnoradio.
Este episodio deviene a aquel de la licitación de dos nuevas cadenas de televisión en la que el único postor ganador fue Grupo Imagen Multimedia, luego que Grupo Radio Centro careciera del músculo financiero para cumplir con el monto de contraprestación que había ofrecido por una segunda cadena a la que se habría hecho acreedor. En ese entonces el IFT argumentaba que de acuerdo con su análisis Radio Centro podía hacer frente a su oferta, cuando la realidad era lo opuesto.
El otro caso es el de la licitación de AWS, en el que no obstante, a los riesgos de concentración y desbalance en la tenencia espectral advertidos por la industria, el regulador permitió que Telcel se hiciera de una porción superior de frecuencias óptimas para telecomunicaciones móviles aventajando así a sus competidores.
Pareciera que la constante aquí es la ausencia de una autoridad regulatoria que cumpla con los principios básicos de una licitación, al no contar o no habilitar mecanismos de monitoreo, revisión y evaluación de condiciones competitivas, músculo financiero y estructura de los agentes económicos participantes en los procesos referidos.
Estos referentes sientan un precedente de desconfianza e incertidumbre para las licitaciones por venir, que definitivamente pueden eludir la participación de nuevos entrantes o generar desincentivos para oferentes actuales. Circunstancia que sumada a los ya documentados casos de contrarreforma nos coloca en una situación en el que el IFT nos aleja cada vez más de un escenario de condiciones de competencia, calidad, pluralidad, entre otras.
‘Lo que pasa es que’ (frase que inevitablemente utilizamos cuando no hay otra forma de justificarse) tenemos un regulador desinteresado en cumplir el cometido de promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y radiodifusión en México.

Lo que pasa es que… en licitaciones de espectro

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·      La opinión técnica no vinculante de la SCT no puede considerarse como una validación de la idoneidad de los participantes en los procesos licitatorios del IFT

 
·      La SCT emitió en tiempo y forma la opinión técnica no vinculante que le corresponde dentro de la licitación de frecuencias de radio de FM y AM

 
·      Corresponde al IFT determinar qué participantes cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable


La Secretaría de Comunicaciones y Transportes precisa su participación en la licitación de frecuencias de radio de FM y AM, denominada licitación de IFT-4.  

1.     A la SCT no le corresponde revisar el cumplimiento de los requisitos que se establecen en las bases de licitación del IFT. Entre ellos, la declaración de un participante sobre sus vínculos comerciales, familiares o potenciales conflictos de interés.

2.     De conformidad con lo establecido en la Constitución y en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la SCT emite una opinión técnica no vinculante al IFT, entre otros, sobre el otorgamiento, la prórroga y revocación de concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, con base en la información que el IFT le remita para tal efecto, lo cual se realizó, en tiempo y forma, con respecto a la empresa Tecnoradio.

3.     La SCT no puede solicitar más información que la que el IFT requirió a los participantes de la licitación conducida por dicho organismo autónomo. Mucho menos, puede sustituir al IFT en su función de determinar una posible relación o conflicto de interés de los participantes en la licitación con algún Agente Económico Preponderante o con otros integrantes de la industria.

La opinión técnica de la SCT, por las razones mencionadas y por su naturaleza no vinculante, no es el filtro de los procesos licitatorios del IFT para que los participantes sigan o no en ellos, ni puede considerarse, por ningún motivo, como una validación de la idoneidad de los participantes en algún proceso.

Es importante recalcar que los desarrollos licitatorios que conduce el IFT son competencia exclusiva del Instituto y la SCT no puede, en ningún caso, contravenir la Constitución ni la Ley, extralimitar sus facultades o invadir esferas de competencia.

Conforme al marco legal, corresponde al IFT determinar qué participantes cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable y en las bases de licitación que ellos emiten, tal como lo ha comunicado ese Instituto en días recientes.

LA SCT NO ES LA INSTANCIA PARA DETERMINAR LOS PROCESOS LICITARIOS DEL IFT

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viernes, 27 de noviembre de 2015

 Del 2 al 27 de noviembre del presente año se realizó la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, cuyo principal objetivo es revisar el Reglamento de Radiocomunicaciones.

 ·        México participó en las negociaciones para garantizar la disponibilidad del espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de banda ancha y el acceso equitativo a los recursos orbitales. Del 2 al 27 de noviembre del presente año, en la ciudad de Ginebra, Suiza, se realizó la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2015 (CMR-15). Reguladores, operadores, fabricantes, académicos, asociaciones y organismos de los estados miembros de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), se reunieron para debatir sobre la gestión del espectro radioeléctrico y recursos orbitales.

 La CMR tiene como objetivo fundamental la revisión, y en su caso, la modificación del Reglamento de Radiocomunicaciones, que es el tratado internacional que se encarga de regir la utilización y gestión del espectro radioeléctrico y los recursos orbitales geoestacionarios y no geoestacionarios.

 La delegación de México, integrada por funcionarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y representantes de la industria y academia, contribuyó en las negociaciones, defendiendo la postura consensada en el Comité Consultivo Nacional Preparatorio para cada uno de los puntos de la agenda.

 México participó en las negociaciones con la finalidad de garantizar la disponibilidad del espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de banda ancha y el acceso equitativo a los recursos orbitales.

Dentro de los temas más relevantes destacan: la atribución de espectro al servicio móvil identificando aplicaciones de Comunicaciones Móviles Internacionales (IMT por sus siglas en inglés) en las bandas de 470-698 MHz, 3 300-3 400 MHz, 4 400-4 500 MHz, entre otras; la actualización del procedimiento de para la solicitud de recursos orbitales y su respectiva coordinación con redes satelitales de otros países; y la definición de la agenda para la siguiente CMR.

 Se sostuvieron encuentros de alto nivel con las delegaciones de Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, Guatemala, Emiratos Árabes Unidos, Corea y Rusia. Adicionalmente, se celebraron reuniones con Daudau Festus, Presidente de la Conferencia, y con François Rancy, Director de la Oficina de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones. La finalidad de estas reuniones fue establecer y fortalecer lazos de cooperación y colaboración, así como de intercambiar puntos de vista respecto a las diferentes negociaciones.

LA SCT PARTICIPA EN LA CONFERENCIA MUNDIAL DE RADIOCOMUNICACIONES 2015 DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ·  

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jueves, 16 de abril de 2015

  • La elección perfecta para el gobierno y aplicaciones de misión crítica.

México – febrero 15, 2015 – Key Business Process Solutions, lanza en México Radwin 5000 Jet, solución dirigida al sector portuario, en plataformas, vigilancia urbana, entre muchas otras. Es excelente para el funcionamiento de bandas sin licencia fuertemente congestionadas y bandas con licencia donde los recursos de espectro son escasos.


Con entregas de hasta 250Mbps por sector, el Radwin 5000 Jet es la elección ideal para conectividad de última milla y aplicaciones de alto-fin que requieren garantía SLA.

 Características Principales:
  • Estación de base poderosa para banda ancha de demandantes aplicaciones.
  • Estación de base con antena inteligente de información fugaz.
  • Hasta 250 Mbps por sector, 1Gbps por cell (a sectores usando 2 x4 Mhz)
  • Garantiza SLA por cada usuario final
  • Capacidades fijas y nómadas
  • Baja fluctuación de fase
  • Largo alcance: 40 km
  • Sincronización de radio TDD para una capacidad de radio mejor
  

Aplicaciones recomendadas:

  • ISPs y Transportistas
    • Para implementar el acceso grado Telco FiberClass WirelessTM y soporte en bandas con y sin licencia sub-6
  • Redes de Empresas y Gobierno

    • Impulsado por la tecnología fugaz única, ofrece una infraestructura de banda ancha inalámbrica para las redes de gobierno, de seguridad pública y de la empresa que vaya a trabajar en el espectro sin licencia, semi-licencia o congestionada en zonas urbanas o suburbanas.

Radwin 5000 JET, la redefinición del Punto a Multipunto

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