Aprueba Senado de la República reforma al Código Fiscal de la Federación, para regular garantía de interés fiscal


·        La reforma recibió 95 votos a favor y 12 abstenciones en lo general y en lo particular

 


La Cámara de Senadores aprobó, con 95 votos a favor y 12 abstenciones, el dictamen de la minuta que reforma el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, que regula lo relativo a la garantía del interés fiscal y sus diversas modalidades.

 

El proyecto, remitido al Ejecutivo Federal, elimina el orden obligatorio de las garantías de interés fiscal que deben ofrecer los contribuyentes al controvertir un crédito fiscal, explicó el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Homero Davis Castro.

 

En la actualidad, explicó, se impone una secuencia rígida que privilegia, como primera opción el billete de depósito y condiciona el acceso a otras modalidades, lo que ha significado procedimientos más lentos, mayores costos y cargas que no siempre responden a la realidad económica de las personas contribuyentes.

 

“Con esta reforma se reconoce el derecho de elegir desde un inicio la modalidad de garantía que mejor se adecue a cada caso. Se trata, en esencia, de pasar de un esquema restrictivo a uno más flexible, más eficiente y acorde con la diversidad económica y patrimonial de quienes contribuyen al sostenimiento del Estado”, abundó.

 

Davis Castro precisó que también se elimina la obligación de acreditar capacidad económica para acceder a determinadas modalidades de garantía, requisito que, lejos de fortalecer el sistema, ha producido cargas administrativas innecesarias. “Su eliminación fortalece la certeza jurídica y abona una relación más clara, más transparente y equilibrada entre el Estado y los contribuyentes”, subrayó

 

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, expuso que con el proyecto el Estado conserva herramientas eficaces para asegurar el cobro de créditos fiscales, pero sin menoscabar el derecho de los contribuyentes a impugnarlos y acceder a medios de defensa en condiciones reales de efectividad.

 

“Si una persona o una empresa está en desacuerdo con un cobro fiscal y decide acudir a los medios legales de defensa, podrá garantizar ese adeudo con la opción que le resulte más viable, como billete de depósito, carta de crédito, prenda, hipoteca, fianza, obligación solidaria o embargo en la vía administrativa, sin tener cargas documentales excesivas”, indicó.

 

El senador aseguró que el proyecto beneficia a los contribuyentes que necesitan defenderse legalmente sin que ello les imponga obstáculos innecesarios, y también al Estado porque mantiene intacta la garantía del interés fiscal, fortalece la seguridad jurídica, reduce conflictos, desincentiva litigios innecesarios y hace más eficiente la relación entre la hacienda y la ciudadanía.

 

El senador de Morena, Emmanuel Reyes Carmona, subrayó que la reforma no relaja la obligación fiscal ni debilita al Estado, sino que se hace más inteligente el sistema para que el interés de los créditos fiscales quede garantizado. Además, dijo, se da certeza jurídica y se eliminan trabas innecesarias, porque “cobrar bien no significa hacerlo de manera torpe, sobre todo ante quien busca regularizarse”, añadió.

 

Rolando Zapata Bello, senador del PRI, estimó que el dictamen corrige un exceso evidente en el Código Fiscal de la Federación; sin embargo, anunció su voto en abstención al considerar que lo que el país requiere es una política fiscal seria, que se recaude con eficacia y con oportunidad de defensa para las y los contribuyentes, más no acciones reactivas.

 

En la sesión de este martes, la Mesa Directiva también turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, un proyecto devuelto por la Cámara de Diputados por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

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