- Impedir revictimización de menores cuando intervengan en un procedimiento penal, otro de los objetivos del dictamen
La Comisión de Justicia del Senado de la República avaló un dictamen para estipular en el Código Nacional de Procedimientos Penales la posibilidad de que menores de edad estén acompañados, además de un familiar, por un animal de apoyo emocional o de servicio, como un perro, cuando deban rendir testimonio por ser víctimas de un delito y se tema por su salud psicológica o emocional.
Lo anterior, destaca el dictamen del órgano legislativo que preside la senadora Olga Sánchez Cordero, para velar por la salud y tranquilidad de niñas, niños y adolescentes cuando intervengan en un procedimiento penal, propiciando con ello un mejor y más sano ambiente de confianza.
El proyecto fue promovido por el senador Germán Martínez Cázares, quien subraya que esa modificación legal está encaminada a hacer que los espacios en los órganos jurisdiccionales, como tribunales y juzgados, sean menos agresivos para los menores de edad y quede protegida su salud psicológica.
El documento señala que, por ejemplo, los perros tienen relevancia e impacto positivo en la salud mental y el bienestar de las personas tan solo con su mera presencia o al ser acariciados.
Esto lo demuestra un estudio publicado en octubre de 2022 por la Universidad de Toledo, España, en el que identificó que los participantes de una prueba tuvieron una disminución estadísticamente significativa de ansiedad después de estar en compañía de un animal de apoyo emocional.
La reforma, además, incluye medidas propuestas por la senadora Sánchez Cordero para evitar la revictimización de menores que también rindan testimonio, con la asignación de un experto en psicología con conocimiento en el funcionamiento de la memoria y los procedimientos cognitivos de niñas, niños y adolescentes.
Plantea también estipular en el Código Nacional de Procedimientos Penales que el juzgador pueda sustituir al familiar que acompañe a un menor de edad en la rendición de su testimonio, cuando el experto asignado al caso o alguna de las partes detecten un conflicto de intereses entre ese familiar y algún involucrado.
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