Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en informaci贸n del IFT Durante el periodo posterior a la primera revisi贸n y la modificaci贸n a las medidas de preponderancia al mes de diciembre de 2020, esta tendencia descendente se modific贸 considerablemente. A partir de 2017, se nota un claro estancamiento e incluso repuntes en la concentraci贸n de los servicios m贸viles (telefon铆a y banda ancha m贸vil), segmento de mayor peso en el sector de telecomunicaciones al registrar niveles de masificaci贸n entre la poblaci贸n. Por el contrario, el mercado fijo (telefon铆a y banda ancha fija) ha mantenido una trayectoria m谩s estable gracias al continuo mejoramiento de oferta y empaquetamiento de servicios por parte de los operadores competidores. As铆, al mes de septiembre de 2022, el IHH medido en usuarios de telecomunicaciones por segmento se ubic贸 en 2,840 puntos en BAF, 2,717 puntos en TF, mientras que el segmento m贸vil contin煤a en niveles significativamente superiores, 4,553 puntos en Telefon铆a M贸vil y 5,310 puntos en el caso de la BAM. Esta 煤ltima es el de mayor importancia, al ser la conectividad ubicua el servicio de creciente relevancia y uso entre los mexicanos y consecuentemente, el de mayor necesidad de gestaci贸n de condiciones de competencia efectiva. Asignaturas Pendientes y Recomendaciones de Pol铆tica Regulatoria En cada revisi贸n realizada a la regulaci贸n asim茅trica por el IFT, los operadores competidores han denunciado el incumplimiento y la ineficacia de las medidas impuestas para balancear el terreno competitivo del mercado. El propio regulador ha procedido a determinar sanciones al AEP-T por incumplir con el marco regulatorio de preponderancia, espec铆ficamente en lo que respecta a proveer de informaci贸n completa de la disponibilidad de infraestructura pasiva (postes y pozos) en el Sistema Electr贸nico de Gesti贸n (SEG), lo que hace inoperante la medida de compartici贸n que le es aplicable. Es fundamental que, al ostentar una posici贸n dominante en infraestructura, el AEP-T publique la informaci贸n precisa y confiable para que sus competidores puedan acceder a ella y as铆 reducir las asimetr铆as de informaci贸n y las condiciones operativas entre estos. La supervisi贸n y cumplimentaci贸n de las medidas impuestas es central para la consecuci贸n de sus objetivos. A pesar de ello, el IFT ha desechado sanciones al incumplimiento de la regulaci贸n asim茅trica aplicable al AEP-T. Esta incongruencia y desatino regulatorio representa un rev茅s a la actuaci贸n del IFT para detonar la eficacia de las medidas. Condonar implica la existencia de una conducta contraria al marco jur铆dico que amerita una sanci贸n, pero la autoridad decide perdon谩rsela. Este tipo de acciones son claramente desincentivos al cumplimiento cabal y efectivo de las medidas asim茅tricas impuestas, lo que retrasa y frena la transici贸n a un mercado en competencia efectiva. En este sentido, la inaplicaci贸n de las sanciones aplicables al AEP-T junto con otras determinaciones regulatorias como la eliminaci贸n de la tarifa cero de interconexi贸n, la habilitaci贸n del AEP-T para fijar libremente precios en el servicio mayorista de desagregaci贸n de la red local en 52 municipios del pa铆s y una potencial autorizaci贸n de entrada al mercado de TV de paga contravienen el escueto progreso de la regulaci贸n asim茅trica. En los diferentes procesos de consulta, los operadores competidores han expuesto una serie de denuncias, incumplimientos y sugerencias al IFT, en medidas como la desagregaci贸n de la red local, la compartici贸n de infraestructura, la prestaci贸n del servicio mayorista de enlaces dedicados, entre otras. Las diferentes denuncias, incumplimientos y sugerencias expuestas demuestran la dificultad que representa la aplicaci贸n y el cumplimiento de la regulaci贸n asim茅trica, pues sin un debido proceso de seguimiento, verificaci贸n y sanci贸n, el AEP-T contin煤a realizando conductas dilatorias o contrarias a las obligaciones impuestas. Adicionalmente, en los diferentes procesos judiciales y administrativos se han detectado acciones como la saturaci贸n de recursos, procedimientos, opiniones y consultas con el 煤nico fin de demorar los procedimientos de consulta o investigaci贸n. A partir de todo ello y de cara a la tercera revisi贸n de la regulaci贸n asim茅trica aplicable al AEP-T es menester que el IFT aplique mecanismos aceleradores de la eficacia de las medidas para reducir significativamente su peso en el mercado, opte por aplicar otras adicionales que cumplan con su cometido, verifique su cumplimiento efectivo y no proceda a habilitar m谩s v铆as de (re)concentraci贸n de mercado. Enseguida, se enumeran y detallan algunas recomendaciones y propuestas de ajustes y aplicaci贸n de medidas la regulaci贸n asim茅trica basadas en la experiencia internacional para la gestaci贸n y en l铆nea con las “Recomendaciones de pol铆tica p煤blica para la conectividad en las Am茅ricas” emitidas por la Organizaci贸n de los Estados Americanos (OEA). 1. Definir obligaciones directas de inversi贸n para el AEP-T, es decir fuera de los procesos de licitaciones de espectro, para incentivar el despliegue de infraestructura en zonas sin cobertura y promover la transici贸n a redes de nueva generaci贸n. 2. Ampliar el diferencial de tarifas de terminaci贸n de llamadas a favor de los competidores para impulsar la competencia v铆a inversiones y calidad del servicio por parte de los operadores distintos al AEP-T. 3. Verificar el cumplimiento efectivo de las medidas de compartici贸n de infraestructura pasiva y desagregaci贸n de la red local, implementar sanciones en caso contrario. 4. Proceder a la separaci贸n estructural del AEP-T como remedio para impedir conductas discriminatorias encaminadas a obstaculizar el desarrollo de operadores competidores. 5. Negar categ贸ricamente la entrada del AEP-T al mercado de TV de paga, por los adversos efectos de reconcentraci贸n y en contra de la competencia efectiva. 6. El dimensionamiento y los efectos de la preponderancia del IFT debe incluir el componente de ingresos y m谩rgenes operativos, al ser indicadores de la capacidad de inversi贸n, ejercicio de recursos publicitarios, atracci贸n de proveedores, reconcentraci贸n de mercado, etc. 7. Implementar una pol铆tica fiscal integral para la conectividad que contemple la reducci贸n de costos econ贸micos por la tenencia de espectro radioel茅ctrico para los operadores competidores distintos al AEP-T. 8. Buscar el balance en la tenencia espectral entre los operadores competidores en las pr贸ximas licitaciones, para evitar mayores ventajas para el AEP-T, especialmente en el despliegue y transici贸n a redes de nueva generaci贸n. Todo lo anterior, tiene como prop贸sito detonar la eficacia de las medidas impuestas, gestar verdaderas condiciones de competencia efectiva en el sector, prevenir la eternizaci贸n de la aplicaci贸n de regulaci贸n asim茅trica, as铆 como frenar y revertir la trayectoria de (re)concentraci贸n en los diferentes indicadores referidos. A una d茅cada de la Reforma Telecom y posterior definici贸n y aplicaci贸n del marco regulatorio de preponderancia la gran asignatura pendiente es la consecuci贸n de la competencia efectiva. Ello, manifiesta el incumplimiento de uno de los principales mandatos constitucionales del IFT que es precisamente, la eficaz eliminaci贸n de las barreras a la competitividad y la libre concurrencia en el sector de telecomunicaciones. |
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