- La entrega de los apoyos deben funcionar bajo los principios de rendición de cuentas y transparencia, indica Ovidio Peralta

En la iniciativa, el legislador de la Fracción Parlamentaria de Morena propone emitir las Reglas de Operación de los Programas: Becas para el Bienestar Benito JuÔrez, Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito JuÔrez, Jóvenes Escribiendo el Futuro y Becas Elisa Acuña, la cuales indició que deberÔn funcionar bajo los principios de rendición de cuentas y transparencia.
Dijo que actualmente MĆ©xico tiene mucho que combatir en materia de igualdad y equidad educativa, por lo que el Gobierno Federal impulsa una estrategia hacĆa el bienestar y para hacer realidad el lema "Primero los pobres" para combatir la pobreza y marginación en los sectores mĆ”s indefensos de la población.
El legislador de Tabasco señaló que uno de los objetivos mÔs importantes para la presente administración, es que para el año 2024 la población de México viva en un entorno de bienestar.
Mencionó que para combatir el rezago educativo y la situación de marginación que afecta a miles de familias mexicanas, se crearon los programas Becas para el Bienestar Benito JuÔrez dirigido a niñas, niños y jóvenes menores de 18 años y Jóvenes Escribiendo el Futuro dirigido a jóvenes menores a los 29 años y que esté inscritos en algún centro de educación superior en modalidad escolarizada, y que vivan en un hogar en situación de pobreza.
AƱadió que los programas sociales, son resultado de la aplicación de polĆticas pĆŗblicas de los gobiernos en turno; por lo que, con los cambios de administración enfrentan su posible desaparición.
Ante ello, subrayó, se requiere otorgarles certeza jurĆdica, para que no sean una simple polĆtica pĆŗblica, sino un derecho para las niƱas, niƱos y jóvenes en situación de pobreza o pobreza extrema y cuenten con las mismas oportunidades de estudio.
El proyecto de decreto que adiciona la fracción XXXIV al artĆculo 38 de la Ley OrgĆ”nica de la Administración PĆŗblica Federal y recorre la subsiguiente y adicionan las fracciones XIV y XV al artĆculo 9 de la Ley General de Educación, se turnó directamente a las comisiones unidas de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda, para su estudio y anĆ”lisis.
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