viernes, 11 de mayo de 2018

Por ser día inhábil, se traslada al lunes 14 de mayo el plazo para presentar la declaración del ISN, RTP e ISH



·La obligación debe realizarse ante la SEPAF; contribuyentes cuentan con diversas opciones para efectuarla en tiempo y forma

·Habitualmente, el vencimiento es el día 12 del mes que corresponda, según el gravamen


La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas (SEPAF) recuerda a los jaliscienses que tributan en los impuestos Sobre Nómina (ISN) y en el de Remuneraciones al Trabajo Personal No Subordinado (RTP), que la presentación de su declaración es mensual y deben hacerlo ante esta dependencia a más tardar el día 12 del mes siguiente en el que cumplieron con el respectivo gravamen.

En tanto que para los contribuyentes del Impuesto Sobre Hospedaje (ISH), la presentación de su declaración es bimestral y, al igual que con los del ISN y RTP, deben hacerlo a más tardar el doceavo día, pero del mes posterior al período en que causaron dicho tributo.

No obstante, la SEPAF precisa que la fecha de vencimiento para presentar la declaración correspondiente a mayo de estos tres gravámenes (ISN, RTP e ISH), es día inhábil (sábado), por lo que el plazo se traslada al próximo lunes 14.

La Secretaría agrega que los contribuyentes jaliscienses cuentan con diversas opciones para efectuar las declaraciones fiscales de sus impuestos estatales sin contratiempos, con mayor comodidad, de manera ágil y sencilla:

Alternativas no institucionales:
Bancos: Banamex, BanBajío, BBVA Bancomer, Banorte, HSBC, Santander y Scotiabank
Tiendas de conveniencia: Comercial Mexicana, Chedraui, Sam’s Club, Walmart, Aurrera, Superama OXXO y 7 Eleven; así como en las Farmacias Guadalajara, Del Ahorro y Benavides.

Alternativas institucionales:
·Servicio en línea, a través de la página electrónica  http://gobiernoenlinea1.jalisco.gob.mx/estatales/Estatales?accion=-1
·Aplicaciones móviles -APP-: Android “Servicios en Línea Jalisco” y el iOS: “Servicios en Línea Gobierno de Jalisco”.
·134 recaudadoras estatales con atención de lunes a viernes, en un horario de 8:30 a 15:30 horas en las oficinas ubicadas en la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG) y de 8:30 a 14:30 horas en las que se localizan en los municipios del resto del Estado.

Para mayor información, la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, pone a disposición de la ciudadanía, su Coordinación de Asistencia al Contribuyente, que se ubica en el segundo piso de su Edificio Central, en calle Pedro Moreno número 281, en el Centro Histórico de Guadalajara (a un costado de Palacio de Gobierno del Estado), con las líneas telefónicas, 3668-1726 y 3668-1700, extensiones: 33222 y 31757, y cuenta Twitter @AsistenciaJal.

EL DATO:
Impuesto Sobre Nómina:
En el Estado de Jalisco, las personas físicas o jurídicas que contraten personal subordinado para recibir servicios como de vigilancia, limpieza, cocina, jardinería, así como realizar alguna obra de construcción o demolición, entre otras actividades, deben darse de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes como “Retenedores” del ISN, retener el gravamen que causa dicho empleado y enterarlo a la SEPAF.

Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal No Subordinado:
Están obligadas al RTP las personas que reciben ingresos en efectivo o en especie por el libre ejercicio de una profesión, arte o actividad deportiva, cultural o prestación de un servicio mercantil, así como los profesionales de medicina y los agentes de seguros.

En tanto que las personas físicas y jurídicas que permiten en sus instalaciones la prestación de los servicios independientes de medicina, (hospitales, clínicas, consultorios, farmacias), deben darse de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes como “Recaudadores” del RTP, cobrar a dichos prestadores de servicio el gravamen y enterarlo a esta dependencia.

Impuesto Sobre Hospedaje:
Las personas físicas o morales que reciben ingresos por la prestación de servicios de hospedaje en las edificaciones regidas por la modalidad de uso en tiempo compartido, hoteles, moteles, campamentos y paraderos de casas rodantes, en inmuebles ubicados en esta Entidad, deben cumplir con el ISH.

En cuanto a las empresas que requieren de un pago por el uso de su plataforma digital en la que ofrecen el servicio de hospedaje, hacen el papel de intermediarias y promotores del servicio de hospedaje, por lo que deben inscribirse ante la SEPAF en el Registro correspondiente y retener a sus usuarios dicho impuesto.

El trámite de “Alta” tanto para el “Retenedor” como para el “Recaudador” del ISN, RT o ISH, según sea el caso, se realiza en el Departamento de Normatividad e Impuestos Estatales de la SEPAF, que se ubica en la calle Pedro Moreno, número 281, piso 4, en el Centro Histórico de Guadalajara.

Los formatos de Aviso de inscripción, constancia de retención y/o recaudación del ISN y RTP, así como los correspondientes a la declaración, pueden ser consultados y descargados a través de la página http://sepaf.jalisco.gob.mx/.

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