
DespuƩs
de un periodo de investigación, la COFECE determinó que no existen
elementos suficientes para sustentar
la realización de prÔcticas monopólicas relativas en el puerto de
Puerto Vallarta. Sin embargo, detectó que a los distintos operadores de
marinas se les aplican regulaciones diferentes, lo que podrĆa tener un
efecto en la determinación de sus contraprestaciones
y tarifas, poniendo en desventaja a unos frente a otros para competir
en el mercado.
De
acuerdo con los resultados de la investigación, la Administración
Portuaria Integral de Puerto Vallarta (Apival),
empresa de participación estatal mayoritaria, tiene la concesión de la
SecretarĆa de Comunicaciones y Transportes (SCT) para administrar el
recinto portuario. AdemĆ”s, opera directamente una marina turĆstica en el
puerto denominada Los Peines. Es decir, la
Apival ejerce una doble función: opera una marina y a la vez es
responsable de autorizar la operación de todas las marinas turĆsticas
ubicadas en el puerto, mediante contratos de cesión parcial de derechos.
En
este sentido, la marina turĆstica Los Peines, que es operada y
explotada por la Apival, compite directamente
contra otras marinas operadas por particulares, sin embargo, la
contraprestación que pagan por operarlas es distinta a la que realiza
Apival.
Conforme
a Ley Federal de Derechos, los operadores privados pagan una
contraprestación de acuerdo con un avalúo
realizado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales (INDAABIN); por el contrario, la Apival efectĆŗa una
contraprestación por la administración de todo el recinto portuario de
Puerto de Vallarta, definida por la SecretarĆa de Hacienda
y Crédito Público (SHCP), sin que exista una contraprestación
especĆfica por la operación de la marina Los Peines. En los hechos, de
acuerdo con la información obtenida durante la investigación, la
contraprestación que paga la Apival por operar la marina Los
Peines es significativamente menor a la de los competidores que opera
en el mismo recinto portuario. Lo anterior impacta en la capacidad de
competir de los distintos agentes económicos.
La
existencia de regulaciones distintas podrĆa estar generando desventajas
entre los participantes del mercado,
por lo que resulta relevante que la SCT revise esta situación y haga
prevalecer condiciones de competencia entre las marinas, sin generar
distinciones entre la pĆŗblica y las privadas.
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