· La SCT lo da a conocer en el Oficial Diario de la Federación
· Regirá a partir de hoy 21 de diciembre de 2017 hasta el 7 de enero de 2018
· Son días de mayor afluencia vehicular compuesto de familias que viajan con motivo de las fiestas decembrinas, explica
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer los horarios en que el autotransporte de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales deberá transitar por los caminos y puentes de jurisdicción federal, durante el periodo vacacional de fin de año.
Explicó que las restricciones, que entrarán en vigor a partir de este 21 de diciembre de 2017 y hasta el 7 de enero de 2018, obedecen a que son días de mayor afluencia vehicular y de usuarios en las carreteras federales, principalmente por familias que viajan con motivo de las fiestas decembrinas y por vacacionistas con destino a lugares turísticos.
Ello tiene como propósito fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes federales de todo el territorio nacional.
El Aviso de la Dirección General de Autotransporte Federal de la SCT, publicado en el Diario Oficial de la Federación, establece que los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por las vías federales del país, deberán sujetarse al periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 21 de diciembre de 2017, a las 23:59 horas del 7 de enero de 2018 de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.
Las unidades que cuenten con permiso especial de la SCT podrán transitar: el 21, 26, 27, 28 y 29 de diciembre de 2017 y del 2 al 5 de enero de 2018, de las 00:00 horas a las 23:59 horas por carreteras de cuatro carriles. Y de 00:00 a 18:30 horas en carreteras de dos carriles.
El 30 de diciembre de 2017 para cualquier tipo de camino podrán circular de las 6:00 a las 14:00 horas.
Los días 22 al 25 y 31 de diciembre de 2017, así como el 1, 6 y 7 de enero de 2018, deberán suspender totalmente su tránsito.
Explicó que las restricciones, que entrarán en vigor a partir de este 21 de diciembre de 2017 y hasta el 7 de enero de 2018, obedecen a que son días de mayor afluencia vehicular y de usuarios en las carreteras federales, principalmente por familias que viajan con motivo de las fiestas decembrinas y por vacacionistas con destino a lugares turísticos.
Ello tiene como propósito fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes federales de todo el territorio nacional.
El Aviso de la Dirección General de Autotransporte Federal de la SCT, publicado en el Diario Oficial de la Federación, establece que los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por las vías federales del país, deberán sujetarse al periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 21 de diciembre de 2017, a las 23:59 horas del 7 de enero de 2018 de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.
Las unidades que cuenten con permiso especial de la SCT podrán transitar: el 21, 26, 27, 28 y 29 de diciembre de 2017 y del 2 al 5 de enero de 2018, de las 00:00 horas a las 23:59 horas por carreteras de cuatro carriles. Y de 00:00 a 18:30 horas en carreteras de dos carriles.
El 30 de diciembre de 2017 para cualquier tipo de camino podrán circular de las 6:00 a las 14:00 horas.
Los días 22 al 25 y 31 de diciembre de 2017, así como el 1, 6 y 7 de enero de 2018, deberán suspender totalmente su tránsito.
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