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martes, 16 de octubre de 2018


  • La Comisión investigaba una posible concentración ilícita en dicho mercado.
  • Durante la tramitación de la investigación se encontraron indicios que bajo ciertos supuestos podrían entregar el control de la empresa Marzam a Nadro.
  • La LFCE establece que los agentes económicos implicados en una investigación por este tipo de conductas tienen derecho a solicitar el beneficio de dispensa o reducción de multas por una sola ocasión, a cambio de comprometerse a realizar acciones que restauren la competencia.
  • Tanto Moench como Doporto Alejandre presentan y aceptan los compromisos establecidos por la COFECE, por lo que este procedimiento se cierra anticipadamente, como lo establece la ley.
  • El cumplimiento de los compromisos será verificado por la COFECE a través de distintas medidas de seguimiento. De no cumplir con ellos podrían ser multados hasta con el 8% de sus ingresos.



Ciudad de México, 16 de octubre de 2018.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) estableció al fondo holandés Moench Coöperatif (Moench) y a Luis Doporto Alejandre diversos compromisos para restaurar el proceso de competencia en el mercado de la distribución y comercialización al mayoreo de productos farmacéuticos, de higiene y belleza personal en el territorio nacional (mercado investigado). Esto como consecuencia de la investigación IO-001-2017 por la posible existencia de una concentración ilícita, la cual encontró ciertos indicios que apuntan a un esquema de financiamiento y garantías contractuales que, bajo determinados supuestos, podrían entregar a Nadro el control de la empresa Marzam.
En abril de 2016 se publicaron notas periodísticas[1] en las que se afirmaba que, a través de una compleja operación, Moench obtuvo un crédito de Marina Matarazzo —esposa de Pablo Escandón, accionista mayoritario y presidente del Consejo de la distribuidora de medicamentos Nadro— para financiar la compra de una parte de las acciones de Marzam, empresa con participación en el mercado farmacéutico mexicano. Ante ello, la Autoridad Investigadora inició una investigación de oficio (expediente IO-001-2017) para determinar la existencia de una posible concentración ilícita entre Nadro y Marzam, la cual pudo tener el objeto o efecto de obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la competencia y libre concurrencia en el mercado investigado.
La Ley Federal de Competencia Económica permite que los agentes económicos implicados en una indagatoria presenten compromisos jurídica y económicamente viables, con el objetivo de restaurar el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado investigado y cerrar el expediente de forma anticipada, evitando así la imposición de multas toda vez que de manera voluntaria aceptan cumplir con acciones restaurativas. Los compromisos pueden ser modificados por el Pleno cuando así lo considere, como sucedió en este caso.
El Pleno analizó los compromisos presentados por Moench y Luis Doporto Alejandre y realizó diversas modificaciones, mismas que fueron aceptadas. En este sentido, se cierra de forma anticipada el expediente, a la vez que Moench y Doporto, entre otras medidas, deberán demostrar a la COFECE, en un tiempo determinado, la eliminación de cualquier vínculo entre Nadro y Marzam. En caso contrario, derivado de su incumplimiento, podrán ser sancionados con multas hasta por el equivalente al 8% de sus ingresos.
La COFECE verificará el total cumplimiento de los compromisos a través de distintas medidas de seguimiento.

Por investigación de COFECE, Moench Coöperatif y Luis Doporto Alejandre restaurarán la competencia en mercado farmacéutico

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jueves, 11 de enero de 2018


  • La Autoridad Investigadora tiene indicios para suponer la existencia de una concentración ilícita entre empresas en el mercado de la distribución y comercialización de productos farmacéuticos, higiene y belleza personal.
  • Las concentraciones ilícitas obstaculizan, disminuyen, dañan e impiden la competencia al aumentar el poder sustancial de un agente económico; desplazar, establecer barreras a la entrada o impedir el acceso al mercado o a insumos esenciales de otros competidores, y/o facilitar la ejecución de prácticas monopólicas que dañan a los consumidores.
  • Las familias destinan al sector salud 2.7% de su gasto monetario trimestral.

Ciudad de México, 10 de enero de 2018.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en su página de internet el aviso de inicio de una investigación para determinar la probable existencia de una concentración ilícita en el mercado de distribución y comercialización al mayoreo de productos farmacéuticos, de higiene y belleza personal en el territorio nacional.
Esta indagatoria, con número de expediente IO-001-2017, se inició de oficio el 27 de junio del año pasado, derivado de diversa información que reveló indicios para suponer la existencia de una operación entre empresas que puede resultar ilícita de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
La COFECE puede abrir una investigación por una posible concentración ilícita cuando: i) teniendo la obligación de ser notificada, no se presente la respectiva solicitud a la Comisión,[1] ii) siendo notificada y autorizada, se haya presentado información falsa, o bien, se incumplan con las condiciones establecidas en la resolución; o iii) aun sin tener que notificarse, no haya pasado un año desde su realización. En cualquiera de los supuestos anteriores, la COFECE debe contar con indicios de que la operación de que se trate pudiera ser dañina para el proceso de competencia económica.
Dado el periodo en el que posiblemente se realizó la concentración ilícita que dio origen a la investigación, esta se tramita con fundamento en los artículos 61, 62, 63 y 64 de la LFCE publicada en el DOF el 23 de mayo de 2014.
Este procedimiento de investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, a quienes en caso de ser considerados probables responsables se les deberá oír en defensa.
De comprobarse una concentración ilícita, el Pleno de la COFECE puede imponer las siguientes sanciones: demandar la corrección o supresión de la práctica ilegal; ordenar la desconcentración parcial o total; decretar la terminación del control o la supresión de los actos y multar hasta con 8% de los ingresos del agente económico. Los directivos que hayan participado directa o indirectamente en concentraciones ilícitas podrían ser inhabilitados hasta por 5 años y multados hasta con 200 mil UMAs, entre otras sanciones.

COFECE investiga posible concentración ilícita en el mercado de la distribución y comercialización al mayoreo de productos farmacéuticos

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