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lunes, 23 de octubre de 2023


  • Disponía material de composta en seis parcelas no autorizadas.
  • La clausura se realizó con base en la legislación ambiental estatal vigente.

 

La Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) realizó una clausura total temporal a seis parcelas aledañas a una empresa dedicada a la elaboración de composta, ubicada en el municipio de Tala, Jalisco.

Durante la visita de inspección, el personal técnico de la dependencia ambiental estatal detectó una serie de irregularidades por parte de la empresa, aun cuando ésta cuenta con la autorización emitida por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para realizar labores de compostaje; sin embargo, la falta cometida por la empresa es que disponía materiales para la composta en parcelas aledañas al lugar, las cuales no cuentan con autorización condicionada en materia de impacto ambiental, lo cual contraviene lo dispuesto en la legislación ambiental vigente de Jalisco.

Ante las irregularidades antes descritas, fue que inspectores de la Proepa impusieron dicha medida de seguridad con el objetivo de evitar algún daño ambiental en el lugar y sus alrededores, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 144 Fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA).

La medida de seguridad incluyó la colocación de sello y cinta plástica alusiva a la clausura total temporal de las áreas utilizadas para el desarrollo de las actividades de compostaje que, como se dijo con antelación, no cuentan con la autorización en materia de impacto ambiental.

Cabe señalar que la clausura permanecerá vigente hasta que el responsable del lugar realice los trámites correspondientes ante la Semadet para acreditar ante la Proepa, contar con la autorización de impacto ambiental.

Clausura Proepa empresa de compostaje por utilizar predios sin la autorización en materia de impacto ambiental

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jueves, 24 de agosto de 2023

 

●  La capacitación contempló lo referente a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes de carácter federal y municipal que se refieren a los lineamientos en materia de descargas de aguas residuales a cuerpos de agua, bienes nacionales y al sistema de la red de alcantarillado municipal o urbano.

 

La Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) concluyó los cursos de capacitación “Fundamentos y alcances legales de la autoridad municipal en materia de descargas de aguas residuales”, dirigidos a personal del ayuntamiento de El Salto con el objetivo de reforzar sus conocimientos sobre sus atribuciones al momento de realizar las visitas de inspección en materia de descargas de aguas residuales generadas por las entidades económicas asentadas en territorio municipal saltense.

 

La capacitación estuvo a cargo del Director Operativo de la Proepa, Carlos Alberto Sánchez López, quien se basó en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-001-SEMARNAT-1996, la cual se refiere a los límites permisibles de contaminación de las descargas de aguas residuales a los cuerpos de agua y bienes propiedad de la nación de carácter federal y la NOM-002-SEMARNAT-1996 que contempla los límites permisibles de contaminación a las descargas de aguas residuales al sistema de la red de alcantarillado urbano o municipal.

 

También se dio a conocer lo referente a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, la cual entró en vigor en marzo del 2023 y que en un lapso determinado sustituirá a la NOM-001-SEMARNAT-1996 con la finalidad de dar la posibilidad de que las entidades productivas realicen las adecuaciones o implementaciones tecnológicas necesarias que les permitan cumplir con los lineamientos contemplados en la norma que entró en vigor este año.

 

La encargada de la Coordinación de Denuncia Popular de la Proepa, Sofía Espinoza Quiles, informó y orientó a las personas presentes sobre las diferencias de los reportes ciudadanos y a qué autoridad (estatal o municipal) compete para su atención, con la finalidad de informar a la ciudadanía a qué autoridad de los dos órdenes de gobierno corresponde la atención a la denuncia de acuerdo a sus atribuciones en relación a la normatividad ambiental vigente.

 

Como en ocasiones anteriores, se realizó una evaluación previa a quienes asistieron para establecer el grado de conocimientos con respecto a las leyes ambientales vigentes en materia de descargas de aguas residuales. Posteriormente se llevó a cabo una evaluación final para constatar lo aprendido durante el curso de capacitación.

 

La capacitación se llevó a cabo durante dos días consecutivos en las instalaciones de la Casa de la Cultura y en el vivero municipal, respectivamente de El Salto. Además del personal de la Dirección de Medio Ambiente, asistieron de las áreas de Apremios e Inspección y Vigilancia, así como de Protección Civil del municipio.

Cabe reiterar que la capacitación que imparte Proepa a personal de los ayuntamientos municipales es con base al cumplimiento del compromiso del convenio de colaboración entre los municipios y el gobierno del Estado para generar estrategias que permitan realizar acciones para atender la problemática de contaminación del Área de Intervención Prioritaria (AIP) del Río Santiago.

Concluye Proepa cursos de capacitación a personal del Ayuntamiento de El Salto

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miércoles, 7 de junio de 2023

 

●  Se elimina la palabra máximos permisibles en Norma Oficial Mexicana que recientemente entró en vigor

●  El objetivo es proteger, conservar y mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales

 

 

La Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) encabezó la Vigésima cuarta  Reunión del Grupo Técnico de Inspección y Vigilancia del Río Santiago en donde se trabaja en la implementación de acciones coordinadas para realizar visitas conjuntas a unidades económicas asentadas en Jalisco por parte de autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el objetivo de dar atención al Área de Intervención Prioritaria del Río Santiago (AIP).

 

La reunión se realizó en la Casa de la Cultura del municipio de El Salto, asistieron representantes de las Direcciones de Medio Ambiente y áreas afines, de los municipios de Zapotlanejo, San Pedro Tlaquepaque, Zapopan y, por supuesto, el municipio anfitrión.

 

Además se contó con la asistencia y participación de organismos estatales y federales como el Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (Imeplan); la Asociación Intermunicipal para la Protección del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Lago de Chapala (Aipromades); el Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (Siapa); la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Comisión Nacional del Agua Jalisco (Conagua).

 

Esta última instancia federal, a través del subgerente de inspección de las oficinas centrales, Luis Miguel Rivera Chávez, participó vía remota desde la Ciudad de México, con una breve explicación sobre la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación, la cual entró en vigor a partir del mes de marzo del presente año y que sustituye a la NOM-001- SEMARNAT-1996.

 

Entre otros aspectos importantes sobre el tema y para actualizar los conocimientos de las personas asistentes, el funcionario federal señaló  que la norma actual que recientemente entró en vigor omite la palabra “máximos” permisibles como lo establecía la anterior NOM-001-SEMARNAT-1996.

 

Además se refirió a las diferencias y comparaciones establecidas entre ambas normas, destacan nuevos parámetros como mejores indicadores de contaminación del agua y criterios que consideran la capacidad de asimilación y dilución de las cargas contaminantes que puedan recibir los cuerpos receptores, dado que los volúmenes y concentraciones de cargas contaminantes han aumentado debido al crecimiento poblacional y las actividades económicas.

 

Dejó en claro que la NOM-001-SEMARNAT-2021 se refiere únicamente a descargas a cuerpos de agua de propiedad federal y tiene como objetivo establecer los límites permisibles “ya no son máximos permisibles” de contaminantes en descargas de aguas residuales, con el objetivo de proteger, conservar y mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales.

 

Para finalizar su participación, el subgerente de inspección de la Conagua dio a conocer que la aplicación total de la norma en cuestión comprende varias etapas que se complementarán y concluirán hasta el año 2026, en tanto se realizan las adecuaciones necesarias conforme a las modificaciones de esta nueva norma  con respecto a la anterior y que adicionalmente se debe  trabajar en la actualización de la NOM-002-SEMARNAT-1996 en materia de descargas a redes de alcantarillado urbano o municipal, lo cual resulta de interés para las autoridades locales como responsables de verificar su cumplimiento.

En la reunión se actualizó a las personas asistentes sobre los acuerdos de las anteriores reuniones, particularmente con representantes de los municipios que engloban el polígono de influencia del AIP, estableciendo estrategias en materia de inspección y vigilancia a las descargas de aguas residuales para sustentar legal y administrativamente el actuar del personal encargado de realizar las visitas a las unidades económicas.

Encabeza Proepa reunión sobre lineamientos de la Nueva Norma Oficial Mexicana en materia de descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación

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