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sábado, 21 de julio de 2018

Norberto Moreno

Autor independiente
Por medio del presente deseo comunicar que en calidad de participante del Premio de Periodismo “Javier Valdez Cárdenas”, Primera Edición, interpuse una demanda civil contra la empresa editorial Penguin Random House y la presidente del jurado Carmen Aristegui para la nulidad o invalidación del fallo del Jurado y se me otorgue el premio conforme lo establecen las bases por haber cumplido en lo personal  con la Convocatoria respectiva del certamen.
Pretendo como un principio de legalidad la nulidad o invalidación del fallo del Jurado del referido Premio de Periodismo “Javier Valdez Cárdenas”, Primera Edición, 2018 publicado el 15 de mayo del año en curso, otorgado a  favor de los periodistas Daniela Rea Gómez y Pablo Ferri Tórtola.
Los convocantes deberán hacer la revisión de la totalidad de participantes y el número de trabajos presentados para dicho concurso; entregar el número total y nombres de los participantes; el número de proyectos de investigación presentados por cada uno de los participantes; se informe en qué medios impresos de circulación nacional se publicó el 15 de Mayo del año el fallo del Jurado, como lo anunció en la Convocatoria.
Exijo las razones del Jurado para excluir del Premio y regalías al que suscribe y demás participantes, si es  que los hubo, de lo ofrecido en la Convocatoria.
El mismo día que se dio a conocer el fallo en la página web de la Editorial Penguin Random House expresé mi inconformidad y mi exigencia de anular o invalidar el fallo, lo hice en par de correos electrónicos y posteriormente por la misma vía a la presidente del Jurado, Aristegui, y a la fecha no he obtenido respuesta alguna.
En lo personal participé con tres proyectos de investigación con base en la Convocatoria, los tres entregados personalmente en las oficinas de la empresa, como respaldo dos de ellos enviados por mensajería de Sepomex.


La inconformidad que expreso expuesta en el escrito de la demanda presentada el 22 de mayo del año en curso con el toca 488/2018 es porque de manera grosera y burda se actuó con dolo, mala fe, falta de ética y de manera ilegal, al apartarse de los términos de la Convocatoria para que premiara un proyecto de investigación INDIVIDUAL, y sin embargo se dio el fallo en favor, como indica el dictamen del Jurado, de dos participantes en un mismo trabajo.
El punto 4 dice claramente: "El proyecto debe presentarse de manera individual, con el nombre que utiliza el periodista en su quehacer profesional, bien documentado, con las menciones, cualesquiera que sean, de fuentes, referencias y bibliografía".
Tampoco se me ha informado en qué medios impresos de circulación nacional se publicó el proyecto ganador y los nombres de los ganadores del mencionado Premio.
"...y en medios impresos de circulación nacional, el día 15 de mayo..."
Los proyectos de investigación  fueron entregados en tiempo y forma con base en la convocatoria y el fondo del proyecto de investigación.
El 15 de mayo del año en curso se dio a conocer en la página web referida megustaleer.mx el fallo del jurado que a la letra dice en el primer párrafo: “Reunidos en las oficinas de Penguin Random House Grupo Editorial, S.A. de C.V., siendo las 14:05 del  12 de mayo del presente año, el jurado calificador de la primera edición del Premio de Periodismo Javier Valdez Cárdenas, integrado por la catedrática e investigadora María Amparo Casar, la periodista Carmen Aristegui, presidenta del jurado, y el editor Ariel Rosales, representante de la editorial, decidieron otorgar el premio de 150 mil pesos (más un apoyo a la investigación de hasta 50 mil pesos, como gastos a comprobar) al proyecto de investigación Cadena de mando, de los periodistas Daniela Rea Gómez y Pablo Ferri Tórtola”.
Con el fallo del Jurado en favor de los periodistas Daniela Rea Gómez y Pablo Ferri Tórtola por un sólo proyecto de investigación, es decir en coautoría o de manera conjunta, se actuó en contra de lo previsto en las bases del citado concurso, como puede verse en lo siguiente:
En el punto 4 de la Convocatoria dice inicialmente lo siguiente: “El proyecto debe presentarse de manera individual…”
En el punto 5: “El ganador del proyecto de investigación…”
En el punto 7: “El autor del proyecto ganador…”
Como puede verse en ningún momento o parte de las bases de la convocatoria se habla de proyectos de investigación o trabajos conjuntos o en coautoría, con lo que en el fallo del Jurado se actuó con mala fe, con falta de ética y de manera ilegal.


Otra violación a la Convocatoria por parte de los demandados es su compromiso en dar a conocer el fallo del Jurado en los medios impresos de circulación nacional el 15 de mayo del año en curso, sin embargo al revisar algunos de ellos como Reforma, El Universal y La Jornada, no hubo publicación alguna.
“El fallo del jurado, compuesto por tres personalidades del mundo periodístico nacional, se dará a conocer a través de la página de Penguin Random House México: megustaleer.mx y en medios impresos de circulación nacional, el día 15 de mayo, primer aniversario luctuoso de Javier Valdez Cárdenas. La presidenta del jurado será Carmen Aristegui.”
Como puede notarse al alejarse de lo establecido en las bases de la Convocatoria los demandados me causaron perjuicios impidiéndome y excluyéndome de posibilidad alguna de darme el premio ofrecido en el punto 11 de la convocatoria:
“El premio consiste en un apoyo directo a la investigación o proyecto hasta de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M. N.), como gastos a comprobar, y $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M. N.) a cuenta de regalías que recibirá a partir de la entrega del libro, según acuerdo entre el autor y la editorial”.
Toda vez que cumplí en tiempo y forma y con los requisitos señalados en las bases de la Convocatoria como consecuencia lógica debe concluirse que el que suscribe sí reune todos los requistos para el premio, no así los premiados en el fallo del Jurado.
La apelación al fallo del jurado está fundada y motivada, aunado a que la Convocatoria no lo impide.
Por ahora, me reservo profundizar en otras ilegalidades que serán presentadas ante el titular del juzgado décimo de lo civil del fuero común con sede en la Ciudad de México.
Tampoco voy a cuestionar, por ahora, ni el trabajo ni la trayectoria de los galardonados. Ese no es el punto.
Desconozco además si el director editorial, Ricardo Cayuela, Carmen Aristegui y María Amparo Casar (integrante del jurado), que son hijos de exiliados españoles, tuvieron motivaciones de su origen europeo para incluir a un español como uno de los galardonados.
Además hay un hilo conductor entre los galardonados, la presidente del Jurado y el periodista asesinado: Aristegui, Daniela Rea y el periodico Rio Doce, con Javier Valdez como director, recibieron en el 2013 el Premio PEN Internacional; Pablo Ferri lo hizo en el 2015.




Daniela Rea, días antes de resultar ganadora del Premio “Javier Valdez”, fue distinguida por un premio que lleva el mismo nombre por el programa de Derechos Humanos de la ONU; la editorial Penguin House participa en dicho programa.
Espero que la esposa de Javier Valdez les retire cualquier autorización de que usen el nombre del victimado periodista para fines sectarios o ilegales. Si Javier Valdez viviera se volvería a morir con tales farsas con tintes legaloides.
Un premio con tales características no puede servir para homenajear a un periodista que se ha convertido en un ícono contra la corrupción, y ahora resulta, que quienes se dicen recordarlo utilicen su imagen y nombre para actos corruptos y legitimar oscuros intereses.



Demanda civil contra Carmen Aristegui

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