- En 2022, México se ubicó en la posición 5 con una tasa de ISR a empresas de 30.0%; mientras que el promedio de la OCDE en dicha variable fue de 23.6%.
- En ese mismo año, nuestro país aplicó una tasa máxima de ISR del 35% a personas físicas, que contrasta con el 42.5% promedio de la OCDE.
domingo, 4 de agosto de 2024
miércoles, 21 de junio de 2023
- La Cofece exhorta a los directivos de empresas a disponer de programas de cumplimiento efectivos para asegurar que su desempeño se apegue a la Ley Federal de Competencia Económica, prevenir y detectar conductas ilegales o no éticas y garantizar que se sigan las leyes y regulaciones aplicables.
- El mercado de la tortilla es estratégico para la Cofece debido a que es un producto de primera necesidad en la alimentación diaria de la población. En México el consumo semanal per cápita es de poco más de 1 kilogramo.
Ciudad de México, 21 de junio de 2023.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) impuso multas por un total de 2 millones 72 mil 405 pesos a dos tiendas de autoservicio, dos personas físicas que actuaron en su representación, cinco industriales de la masa y la tortilla, así como un delegado del gobierno del estado de Chiapas que actuó como coadyuvante, por manipular el precio de la tortilla y limitar su venta en el municipio de Huixtla, Chiapas (prácticas monopólicas absolutas, expediente DE-032-2019).
Cabe destacar que, como parte de las sanciones, la Cofece también inhabilitó a dos personas físicas por un periodo de 4 meses al acreditar su responsabilidad en actos que afectaron a los consumidores finales (artículo 127, fracción X de la Ley Federal de Competencia Económica).
La Comisión mantiene su trabajo continuo en el análisis e investigación de los bienes y servicios que más inciden en el bienestar de las personas; como es el de alimentos y en este caso, el de la tortilla. Producto de la canasta básica que, en 2021, de acuerdo con datos del Coneval, tuvo un consumo semanal per cápita de poco más de 1 kilogramo.
Investigaciones como esta destacan la importancia de que los negocios cuenten con un programa de cumplimiento efectivo, que incluya las capacitaciones correspondientes, que les permita garantizar el apego de sus operaciones y actividades a todas las leyes, regulaciones y estándares aplicables, así como tener mecanismos de respuesta adecuados para disuadir prácticas contrarias a la normativa en materia de competencia. Asimismo, la Cofece exhorta a que directivos de pequeñas, medianas y grandes empresas se apeguen al cumplimiento de la Ley Federal de Competencia (LFCE), con el fin de prevenir que sean sancionados.
Una vez resuelto el asunto y notificadas las partes, las empresas y personas físicas sancionadas tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Comisión. La versión pública de la resolución podrá consultarse en el portal de opiniones y resoluciones de la página web de la Cofece dentro del plazo legal establecido en el artículo 47 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.
jueves, 17 de diciembre de 2020
- Si obtuvo otros ingresos acumulables, por ejemplo honorarios, arrendamiento, etc.
- Quienes hayan percibido ingresos anuales superiores a 400 mil pesos
- Aquellos que recibieron ingresos de dos patrones, aún cuando en conjunto no sean mayores a 400 mil pesos
- Si durante el año se percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
- Si se solicitó al patrón por escrito que no presente la declaración anual del colaborador.
- Si se dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate.
- Gastos de colegiatura propios o de hijos solo hasta nivel bachillerato.
- Honorarios médicos, incluyendo especialidades como nutrición y odontología.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en las facturas de hospitales
- Aportaciones voluntarias a planes personales de Retiro (AFORES)
- Donaciones a instituciones autorizadas para recibir donativos.
- Entre otras más que la Ley del ISR señala