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lunes, 14 de septiembre de 2020

 



 
Gonzalo Rojon
Una de las reiteradas quejas por parte de los operadores móviles al gobierno mexicano ha sido el elevado costo por los derechos de espectro (pago inicial por licitación y derechos anuales durante periodo de concesión). En varias ocasiones han señalado que estos no consideran la escala del operador al momento de definir su estructura de costos, pues solo contemplan las bandas y la cantidad de espectro que los operadores poseen. Lo anterior favorece a aquellos con mayor tamaño quienes pueden diluir dichos costos de manera más fácil, generando una clara ventaja competitiva respecto al resto de los jugadores en el mercado.

En un mercado tan concentrado como el mexicano, para los operadores móviles que conforman la competencia, el costo por derechos de espectro tiene un efecto significativo con relación a su participación de mercado, lo que impacta de manera negativa y sustancial a sus costos, mermando así su capacidad competitiva , es decir, quedando aún más rezagado respecto al Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones, América Móvil.

A pesar de lo anterior y del caso omiso por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Telefónica México tomó, en noviembre de 2019, la decisión de deshacerse de su infraestructura, devolviendo su espectro en las bandas de 800 MHz y 1.9 GHz así como la devolución completa de sus frecuencias en la banda de 2.5 GHz.

El gobierno, a todas luces, salió perdiendo pues no solo dejará de recibir el pago de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico, sino que además deja en desuso un bien propiedad de la nación y recurso esencial para el desarrollo sectorial y del país en su conjunto.

Hoy, a pesar de lo sucedido con Telefónica y de que diversos análisis han demostrado que México es uno de los países más caros en el cobro por espectro, el tema es ignorado nuevamente por la actual administración, pues la iniciativa de Ley de Derechos propone una actualización (aumento) en el costo de bandas del espectro radioeléctrico relevantes para la prestación de servicios móviles (814 a 824 MHz, 824 a 849 MHz, 859 a 869 MHz, 869 a 894 MHz, 614 a 698 MHz y 1427 a 1518 MHz), bajo el argumento de que los derechos cobrados por estas bandas no se han actualizado en los últimos años.

Claramente no entienden que el espectro radioeléctrico no debe verse como una vía recaudatoria directa, sino como un medio para incrementar el consumo de servicios que a su vez generen más  ingresos para el Estado y como una herramienta más para equilibrar las condiciones de mercado entre operadores.

Lo único que se logrará con estos aumentos será disminuir más lo poco que queda de competencia en un país excesivamente concentrado. Adicionalmente, este incremento en los costos para los operadores puede traducirse eventualmente en un incremento real en el precio para los usuarios y aplazamiento del despliegue de 5G, todo en contra de la supuesta prioridad de esta administración de conectar a todos.

No Entienden que No Entienden

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martes, 13 de febrero de 2018


by Gonzalo Rojon
Después de muchos años perdidos por problemas en su rescate y retrasos en la fecha para su licitación, la semana pasada el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó la convocatoria y bases de la Licitación de la banda de frecuencias 2500-2690 MHz.

La licitación de esta banda es muy importante ya que es idónea para ofrecer servicios de banda ancha móvil LTE, tecnología que permite mayores velocidades de descarga y una mejor calidad en el servicio.

Dentro de los detalles de la licitación destaca que Telcel podría adquirir hasta 20 MHz en una segunda ronda (siempre y cuando los 120 MHz disponibles no queden asignados en la primera ronda) y se establecen las siguientes obligaciones de cobertura para los ganadores:

 
  1. 1. Proveer servicios, con cualquier banda de frecuencia e infraestructura disponibles, propia o de un tercero, a por lo menos 200 de las 557 localidades con una población de entre 1,000 y 5,000 habitantes, que hoy no cuentan con servicio móvil.
  2. 2.  Proveer servicios, con infraestructura propia en la banda de 2.5 GHz, en al menos 10 de las 13 zonas metropolitanas con más de un millón de habitantes.
  3. 3.  Proveer servicios, con cualquier banda de frecuencia e infraestructura disponibles, propia o de un tercero, en las carreteras troncales asociadas a las cinco zonas económicas especiales del país decretadas por el Ejecutivo Federal.

Las obligaciones de cobertura son una muy buena decisión por parte del Instituto pues necesitamos conectar al mayor numero de mexicanos posibles y aprovechar la licitación de una banda tan importante para hacerlo es un acierto.

El único detalle negativo es que si Telcel, quien es el Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEP-T) y que por su alta concentración en el mercado se encuentra sujeto a regulación específica, no llegara a participar en la licitación, los ganadores quedarían en desventaja pues el mismo IFT no puso obligaciones de cobertura cuando decidió que América Móvil podía comprar los derechos de uso, explotación y aprovechamiento del espectro radioeléctrico del cual MVS era dueño.

Otra desventaja para los operadores competidores podría generarse si el valor del espectro resultara ser más alto en comparación con aquel que América Móvil pagó a Grupo MVS.

Por otro lado, de acuerdo al comunicado del IFT los fallos correspondientes a la licitación se entregarán en los meses de noviembre o diciembre del año en curso, lo cual significa que el AEP-T tiene año y medio de ventaja en el uso de esta importante banda sobre sus competidores.

Aunque el camino ha sido tortuoso, debemos celebrar que la licitación de la banda 2.5 GHz ya se encuentra en marcha y solamente esperar que todo el proceso sea los más transparente y en tiempo posible para poder seguir ofreciendo mejores servicios de telecomunicaciones a los usuarios mexicanos.

¡Por fin! La licitación de la banda de 2.5 GHz

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viernes, 29 de diciembre de 2017

 
  • La dependencia ha suscrito contratos con más de 5 mil empresas, 70 por ciento de carácter local y 30 por ciento nacionales o internacionales
  • De acuerdo con información del INAI, la SCT cumple sus obligaciones de transparencia, calidad y tiempo de respuesta a las solicitudes de información
  • Los procesos de licitación relevantes se transmiten en tiempo real, vía internet, en la página web de la dependencia (www.sct.gob.mx), siendo éstos accesibles a todo ciudadano


En lo que va de la actual administración, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) ha realizado 14 mil 252 licitaciones y la suscripción de contratos con cerca de 5 mil empresas por un monto mayor a 622 mil millones de pesos.
Del total de contrataciones en todo el país, el 70 por ciento se ha celebrado con empresas de carácter local y el 30 por ciento con empresas de naturaleza nacional o internacional.
Con el propósito de transparentar todas sus acciones, la SCT cuenta con un portal electrónico a través del cual se dan a conocer a la opinión pública los programas, así como los procedimientos y documentos concernientes a licitaciones y contrataciones.
Los procesos de licitación relevantes se transmiten en tiempo real, vía internet, en la página web de la dependencia (www.sct.gob.mx), siendo éstos accesibles a todo ciudadano.
Para la realización de licitaciones y contrataciones, se cuenta con la participación de testigos sociales independientes de alto prestigio y capacidad técnica profesional, designados por la Secretaría de la Función Pública y se ha incorporado la participación de notarios públicos para dar testimonio del contenido de las propuestas que presentan las empresas.
Con la aplicación de las medidas de legalidad y transparencia establecidas en el protocolo del convenio suscrito con la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, se establecen las reglas de contacto entre funcionarios públicos y empresas constructoras participantes en los procesos licitatorios.


Entre otras medidas sin precedente se contempla la firma de "declaraciones de integridad y apego a la legalidad", bajo protesta de decir verdad.
La información de las licitaciones y los contratos de obra se encuentran abiertos a la consulta pública en el portal de transparencia de la Secretaría (www.sct.gob.mx).
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) la SCT cumple en su totalidad con sus obligaciones de transparencia, calidad y tiempo de respuesta a las solicitudes de información.
En virtud del compromiso con la transparencia gubernamental por parte de los servidores públicos de la SCT, durante mayo de 2017 el 100 por ciento de los sujetos obligados presentaron en tiempo y forma su declaración patrimonial ante la Secretaría de la Función Pública.

HA REALIZADO SCT MÁS DE 14 MIL LICITACIONES PÚBLICAS EN LA ACTUAL ADMINISTRACIÓN

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lunes, 29 de mayo de 2017



·      La opinión técnica no vinculante de la SCT no puede considerarse como una validación de la idoneidad de los participantes en los procesos licitatorios del IFT

 
·      La SCT emitió en tiempo y forma la opinión técnica no vinculante que le corresponde dentro de la licitación de frecuencias de radio de FM y AM

 
·      Corresponde al IFT determinar qué participantes cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable


La Secretaría de Comunicaciones y Transportes precisa su participación en la licitación de frecuencias de radio de FM y AM, denominada licitación de IFT-4.  

1.     A la SCT no le corresponde revisar el cumplimiento de los requisitos que se establecen en las bases de licitación del IFT. Entre ellos, la declaración de un participante sobre sus vínculos comerciales, familiares o potenciales conflictos de interés.

2.     De conformidad con lo establecido en la Constitución y en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la SCT emite una opinión técnica no vinculante al IFT, entre otros, sobre el otorgamiento, la prórroga y revocación de concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, con base en la información que el IFT le remita para tal efecto, lo cual se realizó, en tiempo y forma, con respecto a la empresa Tecnoradio.

3.     La SCT no puede solicitar más información que la que el IFT requirió a los participantes de la licitación conducida por dicho organismo autónomo. Mucho menos, puede sustituir al IFT en su función de determinar una posible relación o conflicto de interés de los participantes en la licitación con algún Agente Económico Preponderante o con otros integrantes de la industria.

La opinión técnica de la SCT, por las razones mencionadas y por su naturaleza no vinculante, no es el filtro de los procesos licitatorios del IFT para que los participantes sigan o no en ellos, ni puede considerarse, por ningún motivo, como una validación de la idoneidad de los participantes en algún proceso.

Es importante recalcar que los desarrollos licitatorios que conduce el IFT son competencia exclusiva del Instituto y la SCT no puede, en ningún caso, contravenir la Constitución ni la Ley, extralimitar sus facultades o invadir esferas de competencia.

Conforme al marco legal, corresponde al IFT determinar qué participantes cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable y en las bases de licitación que ellos emiten, tal como lo ha comunicado ese Instituto en días recientes.

LA SCT NO ES LA INSTANCIA PARA DETERMINAR LOS PROCESOS LICITARIOS DEL IFT

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viernes, 12 de mayo de 2017



En un nuevo episodio de contrarreforma regulatoria, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha autorizado que el operador preponderante (Telcel) obtenga los derechos para explotar 60 MHz de la banda de 2.5 GHz, previamente concesionados a Grupo MVS. Con ello, Telcel amplía su ya de por sí excedida cuota de frecuencias del espectro radioeléctrico, anticipadamente a la posible y eventual licitación a la que podrían acceder sus competidores, con lo que se acentúan las bases de la inequitativa competencia en el mercado móvil mexicano.
En otras palabras, testificamos un nuevo capítulo en el que el IFT sigue empoderando al preponderante, en plena época que, conforme al espíritu de la Reforma Telecom, debería estar haciendo justamente lo opuesto: nivelando el terreno competitivo.
Sigue sorprendiendo que el regulador no vea o no entienda (o no quiera ver ni entender) las ventajas competitivas que con esto genera a favor del operador al que declaró preponderante quien cuenta con 64.8% de las líneas y 70.8% de los ingresos móviles, autorizándole ahora concentrar más de la mitad del espectro en operación.
Según el IFT con esta autorización el preponderante tan sólo “acumularía 29.77% del espectro total (asignado y disponible) en las bandas consideradas: 700 MHz, TRUNKING, CELULAR, PCS, AWS y 2.5 GHz” (https://goo.gl/oyUvDl). Sin embargo, en realidad alcanzará 51% del total tenencia espectral, muy por arriba de sus competidores (AT&T 32% y Movistar 16%), de acuerdo con cifras del IDET.
El cálculo del IFT está basado en frecuencias que aún no se han puesto en operación (90 MHz de la banda de 700 MHz), que no se han licitado y que incluso se ha pospuesto el proceso para su asignación (130 MHz restantes de la banda de 2.5 GHz). Pero que a decir del regulador será en el corto plazo en el que los operadores competidores tendrán acceso a estas porciones del espectro.
La expectativa de estos es que no será hasta finales de 2018 (por estimar un plazo mínimo) cuando efectivamente hagan uso de la banda de 2.5 GHz, eso sí el proceso de licitación comienza en el tercer trimestre de este año. Lo que inevitablemente abre una ventana de oportunidad en el tiempo para que el preponderante aventaje aún más a sus competidores y gane empoderamiento vía la obtención de una porción del espectro eficiente y con mayor capacidad de transmisión de telecomunicaciones móviles.
Estamos hablando de un plazo de poco más de un año y medio en el que el preponderante será el único operador que tendrá derechos de uso de la banda de 2.5 GHz y que podrá proveer servicios de 4G-LTE en mejores condiciones de velocidad de descarga y cobertura.
Pero más grave aún es confirmar la realización cierta de un nuevo episodio de contrarreforma del regulador y de contravención al mandato constitucional de garantía de provisión de telecomunicaciones en condiciones de competencia y de imposición de límites a la concentración de tenencia espectral.
Ante ello es obligación y responsabilidad del regulador evitar mayores retrasos a licitación de la banda de 2.5 GHz e impedir una mayor posición de ventaja para el preponderante.
En otras palabras, el regulador debe comenzar con el proceso de asignación de los 130 MHz restantes cuanto antes para que los operadores competidores puedan comenzar a explotar estas frecuencias al mismo tiempo que el preponderante, así como debe impedir a Telcel participar en este, para así prevenir un mayor desbalance en la tenencia espectral.

Empoderando más al Preponderante

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sábado, 12 de septiembre de 2015


·        La SCT y el IFT hacen público el compendio sobre los comentarios recibidos a los Criterios Generales de la Red Compartida.


·        Dicho documento integrasugerencias, opiniones y solicitudes de mayor información aportadas por representantes del sector de telecomunicaciones, e interesados nacionales y extranjeros


·        Este mes se publicarán las prebases del proceso de licitación o concurso de la Red Compartida.


Derivado de la gran cantidad y la calidad de las propuestas y comentarios enviados a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), tanto esta Secretaría como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tomaron la determinación de ampliar el plazo para la elaboración de las prebases de licitación de la red compartida, mismas que se publicarán este mes de septiembre para dar a conocer la documentación, especificaciones y demás requisitos del proyecto. 


Con el objetivo de promover un proceso transparente, se integró un compendio de los comentarios recibidos, el cual se ha puesto a disposición del público en la página web de la Red Compartidahttp://www.redcompartida.gob.mx. Tanto la SCT como el IFT esperan que dicho documento oriente a los ciudadanos y a la industria sobre los temas de interés, dudas y propuestas que están siendo analizadas con el fin de consolidar el proyecto de la Red Compartida.


Como se recordará, el 17 de julio de 2015, la SCT y el IFT publicaron los Criterios Generales para la Red Compartida (Criterios Generales) con el propósito de dar a conocer con mayor detalle las condiciones que delimitarán el alcance de este proyecto en lo correspondiente al diseño, financiamiento, despliegue, operación y comercialización de la red. En ese mismo documento se invitó a los interesados en el proyecto a remitir comentarios a la SCT, que sirvieran como insumos valiosos para la redacción de las prebases del proceso de licitación o concurso.


Durante la consulta, la SCT recibió 39 manifestaciones de interés de parte de empresas e instituciones de varios países, que incluyen a proveedores de servicios de telecomunicaciones, fabricantes de equipos de redes, proveedores de servicios y empresas de infraestructura, entre otros. El 54 por ciento de estas manifestaciones proviene de América Latina, el 23 por ciento son de América del Norte, 13 por ciento se originaron en Europa, Medio Oriente y África y 5 por ciento de la región Asía-Pacífico. El resto provino de consorcios que tienen oficinas centrales en distintos países.


La mayoría de los interesados manifestaron su interés en involucrarse en un solo aspecto, de los cuales, el 42 por ciento mostró preferencia en el ámbito de la consultoría, el 26 por ciento en la construcción de la red, el 16 por ciento como proveedores de servicio, 11 por ciento en la fabricación de equipo para redes y el 5 por ciento en la inversión en el proyecto. Destaca el perfil de los interesados que remitieron comentarios y que representan una combinación de diferentes roles en el proyecto, fundamentalmente consorcios integrados por proveedores de servicios de telecomunicaciones que desean participar en casi todas las partes de la cadena de valor. Sus aportaciones no sólo abordaron una variedad de temas relacionados con los Criterios Generales, sino con el proyecto de la Red Compartida en lo general.


Tanto la SCT como el IFT agradecen el interés mostrado por empresas, instituciones y personas que han opinado al respecto. Dicho interés se tradujo en más de 340 sugerencias, opiniones y solicitudes de mayor información sobre algunos de los puntos expuestos en el documento publicado. Todo ello permitirá enriquecer el proceso de integración y elaboración de las prebases de licitación y, posteriormente, de las bases de licitación de la Red Compartida.

SE PUBLICA EL COMPENDIO DE LOS COMENTARIOS RECIBIDOS A LOS CRITERIOS GENERALES DE LA RED COMPARTIDA

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