- El sector financiero es prioritario para la Cofece dada su transversalidad y su contribución al crecimiento económico.
- Esta opinión es complementaria a la resolución emitida por el Pleno de la Cofece en septiembre de 2023.
Ciudad de México, 1 de diciembre de 2023.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) emitió una opinión (OPN-002-2023) con recomendaciones encaminadas a promover el mejoramiento de las condiciones de competencia en el mercado de recepción de pagos con tarjeta en colaboración con el Banco de México (Banxico) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Para poder aceptar pagos con tarjeta, los comercios contratan el servicio a adquirentes o agregadores, los cuales actúan como intermediarios entre dichos establecimientos y los emisores de tarjetas. A partir de ahà cada transacción tiene dos tipos de comisiones: la cuota de intercambio, cubierta por el adquirente al emisor de la tarjeta cuando se realiza un pago en comercio, y la tasa de descuento, pagada por el establecimiento comercial al adquirente o agregador, misma que suele ser proporcional al valor de la compra y acorde con el giro del comercio.
La opinión complementa otras acciones que la Cofece ha realizado para promover la competencia en el sector, entre ellas la resolución de que no existen condiciones de competencia efectiva en el mercado de servicio de procesamiento de transacciones domésticas, proporcionado por las cÔmaras de compensación para pago con tarjeta, consistentes en el ruteo, compensación y liquidación (expediente IEBC-005-2018), misma que fue dada a conocer en septiembre de este año.
Respecto a los servicios que se ofrecen a los comercios, la Cofece identificó Ôreas de oportunidad con el fin de promover la competencia en este mercado:
- Las cuotas de intercambio que pagan los comercios son mƔs altas cuando no comprueban el giro de comercio al que se dedican. Ello hace que los comercios que no se registran con sus proveedores tengan que pagar comisiones mƔs altas.
- La información de las cuotas de intercambio y tasas de descuento publicadas por Banxico puede ser de difĆcil acceso para que los comercios la consulten y puedan decidir sobre el proveedor de recepción de pagos con tarjeta que mĆ”s les convenga y se ajuste a las caracterĆsticas de su negocio.
- El marco normativo establece que los contratos y acuerdos deben contemplar un proceso de resolución de controversias no discriminatorio, libre de conflictos de interés y expedito, por lo que estos principios deben ser de conocimiento común y ser observados en la prÔctica por todos los participantes del mercado.
Derivado de lo anterior, el Pleno de la Comisión recomendó a Banxico y la CNBV, en el marco de sus respectivas atribuciones, que:
I. Se flexibilice el mecanismo para implementar la tasa natural por excepción, lo que permitirĆa que menores cuotas de intercambio se traduzcan en menores tasas de descuento para los comercios. Esta recomendación es complementaria a lo seƱalado en la resolución del expediente IEBC-005-2018 sobre la regulación de las cuotas de intercambio.
II. Se asegure que en la prĆ”ctica los mecanismos establecidos garanticen a los agregadores certeza jurĆdica frente a los adquirentes y otros participantes de la red de pagos en caso de controversia.
III. Se generen mecanismos para difundir la información que facilite a los comercios tomar decisiones mÔs informadas respecto de los precios y beneficios asociados a los servicios ofrecidos por agregadores o adquirentes, con el fin de que estos puedan elegir al proveedor de servicios que mejor se ajuste a sus necesidades.
Con estas intervenciones, la Comisión refrenda su compromiso de profundizar las condiciones de competencia en mercados esenciales para facilitar el intercambio de bienes y servicios entre consumidores y negocios.
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