martes, 6 de diciembre de 2022

Avalan en Comisión que indígenas y afromexicanas cuenten con interprete en asistencia jurídica

 

  • Piden que sean personas que conozcan la cultura de que se trate y estar capacitados en derechos humanos y perspectiva de género 

     


    La Comisión de Asuntos Indígenas, que preside la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, aprobó un proyecto para garantizar que las personas indígenas y afromexicanas puedan contar con un intérprete, traductor y un defensor de carácter público, que conozca su lengua y su cultura, como parte de su asistencia jurídica.  

    El dictamen busca que se diseñen programas de certificación y acreditación de técnicos, intérpretes, traductores y profesionales bilingües, que integren el Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas 

    Además, que estas especialistas sean conocedores de la cultura de que se trate y estén debidamente capacitados en materia de derechos humanos, perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad. 

    El proyecto busca modificar la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; el Código Nacional de Procedimientos Penales; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y la Ley Nacional de Ejecución Penal.  

    Noe Castañón Ramírez, senador de Movimiento Ciudadano, consideró que esta propuesta es pertinente, principalmente para los pobladores de Chiapas, ya que hay antecedentes, como en el caso Acteal, donde hubo violaciones a los derechos mínimos que asisten a las personas indígenas en todos los juicios y procedimientos jurídicos, como que se les tome en cuenta sus costumbres y especificidades culturales y que estén acompañados por intérpretes.  

    Por ello, comentó que la propuesta representa una oportunidad para contar con una defensa clara, que se garanticen sus derechos humanos como lo establece la Constitución; incluso, solventará el vacío en la acreditación de los peritos en lengua indígena.  

    La Comisión también aprobó una minuta que modifica la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a fin de que, en cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública, la traducción al español correspondiente se haga mediante herramientas tecnológicas que faciliten y mejoren la interacción entre autoridades, pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas. 

    Además, las autoridades federales y de las entidades federativas, en materia educativa y científica, deben promover esquemas integrales de interacción entre los conocimientos y saberes tradicionales y ancestrales de este sector poblacional, y los conocimientos científicos, con perspectiva bilingüe, intercultural y de género.   

    Para ello, tienen que promover la traducción y contextualización de textos, medios audiovisuales e informáticos con contenido científico y tecnológico, del español a las lenguas indígenas y viceversa. 

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