- Se expide constancia de aptitud psicofísica para la obtención, revaloración o revalidación de la licencia o libreta de mar en los diferentes modos de transporte.
- Debe realizarlo el personal técnico aeronáutico, el del autotransporte público federal, el técnico ferroviario y el técnico marítimo.
En la expedición, revaloración o revalidación de la licencia federal o libreta de mar en los diferentes modos de transporte, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) cuenta con 47 unidades médicas en el ámbito nacional para realizar el trámite de la constancia de aptitud psicofísica.
De acuerdo con la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte (DGPMPT) de la SICT, en la obtención de la constancia de aptitud, dependiendo de cada modo de transporte, el interesado debe cubrir los requisitos previos y acudir a alguna de las 47 unidades médicas.
Dicho trámite deberá ser realizado por el personal de los siguientes modos de transporte: técnico aeronáutico, autotransporte público federal, técnico ferroviario y técnico marítimo.
Para cumplir con la constancia de aptitud, algunos procesos se pueden llevar a cabo en línea, como es el caso de las citas previas.
Las unidades médicas en servicio que incluye a todos los modos de transporte, incluso al personal aéreo, son:
Ciudad de México (Las Bombas); Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; Ciudad Juárez, Chihuahua; Cuernavaca, Morelos; Culiacán, Sinaloa; Aeropuerto Internacional de Guadalajara; Mérida, Yucatán; Aeropuerto Internacional de Monterrey; Querétaro, Querétaro, y Aeropuerto Internacional de Toluca.
Las unidades médicas que incluye a los diversos modos de transporte, con excepción del personal aéreo:
Acapulco, Guerrero; Aguascalientes, Aguascalientes; Campeche, Campeche; Cancún, Quintana Roo; Chihuahua, Chihuahua; Aeropuerto Internacional de Ciudad del Carmen (Campeche); Durango, Durango; Zapopan, Jalisco; Central Camionera de Guadalajara (Tlaquepaque, Jalisco); Hermosillo, Sonora.
Así como La Paz, Baja California Sur; Lázaro Cárdenas, Michoacán; León, Guanajuato; Manzanillo, Colima; Matamoros, Tamaulipas; Mazatlán, Sinaloa; Mexicali, Baja California; Guadalupe, Nuevo León; Morelia, Michoacán; Nuevo Laredo, Tamaulipas.
Además de Oaxaca, Oaxaca; Pachuca, Hidalgo (Edificio SICT); Puebla, Puebla; Saltillo, Coahuila (Central de Autobuses); San Luis Potosí, San Luis Potosí; Tampico, Tamaulipas; Tehuantepec, Oaxaca (Campamento SICT); Tepic, Nayarit; Tijuana, Baja California; Tlaxcala, Tlaxcala.
También Toluca, México; Torreón, Coahuila (Residencia Múltiple SICT); Tuxpan, Veracruz (Sector SICT); Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas; Boca del Río, Veracruz; Villahermosa, Tabasco, y Guadalupe, Zacatecas.
Asimismo, los médicos terceros autorizados, conforme al Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte, colaboran en la prestación del servicio para el personal de los diferentes modos del transporte federal.
Cabe destacar que, para contribuir en la seguridad de los usuarios de los diferentes modos de transporte, la DGPMPT determina las condiciones psicofísicas que debe presentar el personal que conduce, opera y/o auxilia en los diversos modos de transporte federal y sus servicios auxiliares.
Ello a través de la práctica de exámenes psicofísicos integrales, médicos en operación y toxicológicos.
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