jueves, 10 de febrero de 2022

Por sismos de 1985 y 2017, izarán Bandera Nacional a media asta cada 19 de septiembre.

  • Senado aprueba reforma para recordar dos fechas dolorosas para nuestro país, pero también la solidaridad y unión de los mexicanos ante estos desastres naturales 

Por unanimidad, el Senado aprobó un proyecto de decreto para izar la Bandera Nacional a media asta en edificios oficiales, el 19 de septiembre de cada año, en conmemoración de los sismos de 1985 y 2017. 

 

Con 79 votos a favor, las y los senadores dieron su respaldo a la minuta que envió la Cámara de Diputados, para adicionar la fracción II del artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.  

 

El dictamen destaca que el 19 de septiembre de 1985 y 2017 son fechas que no deben pasar desapercibidas, pues ocurrieron sismos que devastaron al país, por las miles de pérdidas humanas, damnificados y afectaciones a la infraestructura que provocaron.  

 

La presidenta de la Comisión de Gobernación, Mónica Fernández Balboa, destacó que estas reformas tienen el fin de recordar dos fechas dolorosas para México, pero también la unión de los mexicanos ante estos desastres naturales.  

 

La senadora Claudia Edith Anaya Mota, del PRI, refirió que el 19 de septiembre de 1985 y de 2017 son fechas que quedaron marcadas en la memoria colectiva de quienes viven en la Ciudad de México, por el impacto de los sismos, pero también por la solidaridad con las familias afectadas.  

 

Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera Espinoza destacó que la inclusión de la efeméride en las que la Bandera se izará a media asta es un múltiple homenaje, un recordatorio público de dolor y tristeza, y es una distinción para la valentía y solidaridad de miles de personas y de cuerpos de rescate, que salieron a las calles a ayudar a los afectados. 

 

El proyecto de decreto, que fue remitido al Ejecutivo Federal, establece que cada 19 de septiembre, en conmemoración de los sismos de 1985 y 2017, se deberá izar la Bandera Nacional a media asta en edificios sede de autoridades, representaciones diplomáticas y consulares de México en el extranjero.  

 

Así como en los inmuebles e instituciones que presten servicios educativos y médicos, en las oficinas migratorias, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos y en plazas públicas que las propias autoridades determinen dentro de su territorio. 

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