Este nuevo rĂ©gimen entrarĂ¡ en vigor en 2022 y tiene por objeto incrementar el padrĂ³n de contribuyentes ofreciendo una serie de incentivos fiscales, detallĂ³ Experto CETYS
Con la finalidad de aumentar el padrĂ³n de contribuyentes mexicanos y que mĂ¡s negocios migren de la informalidad a la formalidad, adquiriendo asĂ beneficios y obligaciones de participar en el gasto pĂºblico corriente previsto en la Carta Magna, el Sistema de AtribuciĂ³n Tributaria (SAT) pondrĂ¡ en vigor en el 2022 el RĂ©gimen Simplificado de Confianza (RESICO) mismo que ha causado interrogantes en torno a su aplicaciĂ³n para las personas fĂsicas y morales.
RESICO surgiĂ³ como parte de los cambios que ha implementado la SecretarĂa de Hacienda y CrĂ©dito PĂºblico (SHCP) y el SAT, con dicha intenciĂ³n. Adicionalmente, este nuevo rĂ©gimen viene a sustituir al RĂ©gimen de IncorporaciĂ³n Fiscal (RIF) para contribuyentes menores, detallĂ³ el Mtro. Enrique Humberto Luna GutiĂ©rrez, Coordinador de la Licenciatura en Contador PĂºblico Internacional de CETYS Universidad Campus Mexicali.
A este rĂ©gimen podrĂ¡n aplicar y paulatinamente transicionar aquellos contribuyentes que sean personas fĂsicas con actividades profesional o empresarial, asĂ como quienes se dediquen al arrendamiento, con un ingreso anual menor a 3.5 millones de pesos que no sean socios e integrantes de alguna sociedad. “A diferencia del RIF, el RESICO contempla a quienes perciban una cantidad mayor a los 2 millones de pesos al año, es decir, 1.5 millones mĂ¡s que con el anterior rĂ©gimen”.
De acuerdo con la propuesta de cambios fiscales del paquete econĂ³mico 2022, las nuevas tasas para las personas fĂsicas oscilan entre 1 y 2.5 por ciento. Si una persona fĂsica gana hasta 300,000 pesos la tasa serĂ¡ de 1%; hasta 600,000, de 1.1%; hasta 1 millĂ³n, de 1.5%; hasta 2.5 millones de 2.0%; y hasta 3.5 millones de 2.5 por ciento.
El RESICO plantea que los contribuyentes personas fĂsicas determinarĂ¡n los pagos correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR) directamente con la tarifa mencionada anteriormente, sobre los ingresos percibidos en el mes, sin la posibilidad de aplicar deducciĂ³n alguna.
El acadĂ©mico refiriĂ³ que las personas que tributen por sueldos y salarios no son candidatos a estos beneficios, sin embargo se pueden combinar con actividades que sĂ cumplen con los requisitos para RESICO siempre y cuando en su conjunto no excedan ingresos anuales de 3.5 millones de pesos. “Lo que se sabe del RESICO hasta ahora es que contempla una serie de beneficios en el ISR mĂ¡s no en otras obligaciones como el IVA o por mencionar algunos”.
En el caso de las personas morales que tributen en el RESICO se les ofrecerĂ¡ una serie de consideraciones, entre las cuales destacan, cĂ¡lculo de ISR en funciĂ³n a flujo de efectivo, y deducciĂ³n de inversiones, siempre y cuando el contribuyente no exceda de los 35 millones de pesos en el ejercicio y que la persona moral sea constituida Ăºnicamente por personas fĂsicas.
AñadiĂ³ que esta nueva implementaciĂ³n ha generado entre los contribuyentes dudas sobre si es necesario prescindir del apoyo de un contador, porque el SAT plantea el uso de un robot o algoritmo para determinar los impuestos que se deberĂ¡n pagar.
“Esta acciĂ³n simula que no es forzoso la asesorĂa de un profesional en contabilidad, sin embargo, esto no es asĂ, dado que la tecnologĂa presentada solo harĂ¡ su trabajo con base en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CfDI) mĂ¡s no, engloba el resto de las obligaciones del contribuyente”.
RESICO parece ser un rĂ©gimen con beneficios interesantes para algunos contribuyentes, sin embargo, aĂºn se desconocen particularidades del mismo, por lo que lo mĂ¡s prudente es esperar a que esta iniciativa sea aprobada y revisar las modificaciones emitidas por parte de las autoridades, concluyĂ³ el Mtro. Luna GutiĂ©rrez.
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