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sábado, 9 de marzo de 2024

 

Desde la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas, durante semanas, hemos hecho propicio el marco de la conmemoración al Día Internacional de las Mujeres, para pronunciarnos bajo la primicia: "Ni una atrás, ni una afuera", buscando con ello, visibilizar entre las instituciones y la sociedad civil, el imperativo reclamo colectivo de no permitir que ninguna mujer sea excluida, que ninguna voz sea acallada y que ninguna lucha sea ignorada.


Con profundo dolor, en este día condenamos los hechos ocurridos durante la significativa y legítima marcha conmemorativa al 8M.


Desde la Secretaría de las Mujeres reprobamos cualquier manifestación de violencia contra las mujeres, independientemente de quien la ejerza.


Honrando la conquista de derechos de las mujeres, los objetivos y la mística institucional de la SEMUJER, en apego a las atribuciones conferidas por la normatividad rectora de la misma, durante el transcurso de la marcha y hasta este momento, hemos mantenido estrecha comunicación con la sociedad civil organizada y las Instituciones públicas, a fin, de dar atención oportuna a estos acontecimientos.


Por ello, esta Institución, con carácter prioritario y permanente, pone a disposición, los servicios multidisciplinarios, para atender de manera personalizada y experta a cada una de las mujeres, que durante estos lacerantes acontecimientos han sido afectadas. Así mismo, en apego a la legalidad, observar los avances en las investigaciones derivadas, respetando los procesos y las atribuciones de esta Institución.


Desde la Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas, exigimos el respeto irrestricto a las garantías individuales de todas las mujeres.



Nuestro compromiso y sororidad con todas

Zacatecas, Zac. 9 de marzo de 2024


Lic. Karla Isabel Guardado Oropeza

Secretaria de las Mujeres

Secretaría de las Mujeres del Estado de Zacatecas

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domingo, 12 de noviembre de 2023


  • Sustracción, amenazas y maltrato de niñas, niños y adolescentes y hablar mal de las madres, son algunos de los ejemplos más comunes de este tipo de violencia.  
  • Entre 2021 y 2022, la violencia familiar aumentó 14.09%, de acuerdo con datos del INEGI. 

 


Durante los últimos años, la violencia contra las mujeres se ha diversificado dando lugar a fenómenos como la violencia vicaria
un tipo de violencia que se ejerce contra las mujeres utilizando a sus hijos, hijas, personas de la tercera edad o con discapacidad, mascotas o bienes, causándoles daño o amenazando con hacer algo en perjuicio de aquellos para hacer sufrir a la mujer, según un estudio realizado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).  

La investigación “La violencia vicaria Acciones desde el legislativo federal y local para su prevención y erradicación”, elaborada por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, señala que algunos ejemplos más comunes de este tipo de violencia son amenazar a las madres con quitarles la custodia de niñas y niños, llevárselos o, incluso, lastimarlos. 

También es común que se aproveche la presencia de los hijos e hijas para insultar a la madre, hablar mal de ella, humillarla y amenazar e interrumpir los tratamientos médicos o farmacológicos de los niños y niñas. 

Según el estudio del IBD, la violencia vicaria ha aumentado en los últimos años, tomando en cuenta el comportamiento de la violencia familiar, que entre 2021 y 2022, registró un incremento de 14.09% en el número de víctimas. En este último año, se contaron 22,904 menores víctimas de violencia familiar.  

La investigación destaca que en los últimos años se han reformado diversas leyes para atender este problema. Actualmente, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares reconoce a la violencia vicaria como un tipo de violencia contra las mujeres y ordena medidas de protección para las víctimas.  

Adicionalmente, en la LXV Legislatura se han presentado 38 iniciativas de reforma a leyes secundarias relacionadas con la violencia vicaria, entre ellas para incorporar este concepto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Civil Federal.  

A nivel estatal, la violencia vicaria se encuentra regulada en más de 60 ordenamientos locales. 

La investigación concluye apuntando que es necesario abordar la sanción de este tipo de violencia no sólo desde una perspectiva de género sino desde un enfoque en el principio del interés superior de niñas, niños y adolescentes.  

Violencia vicaria, otra forma de violencia contra las mujeres, señala estudio del IBD

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martes, 1 de agosto de 2023

 

  • Legisladores también solicitaron privilegiar interés superior de la niñez por encima de intereses comerciales en las medidas para el control del tabaco 

     
    A fin de avanzar en el combate a la violencia contra las mujeres y evitar la impunidad, los integrantes de la Primera Comisión de la Permanente, que preside la senadora Mónica Fernández Balboa, aprobaron un dictamen que solicita a los congresos de 22 estados adecuar su marco jurídico para incorporar el delito de agresiones con ácido o sustancias similares a su legislación local. 

    En el punto de acuerdo, aprobado por unanimidad, se dio a conocer que en la legislación de Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, no se contempla el delito de agresiones inferidas con ácido, a pesar de los avances que ya se han tenido en otras entidades y a nivel federal.  

    “Estos ataques son una de las formas más cobardes y brutales de agresión en razón de género, pues se encuentra documentado que cerca de 80 por ciento son en contra de mujeres”.  

    Dichas acciones suponen una vida tormentosa para el resto de la vida de la víctima, por lo que el interés es acabar con la imagen de la mujer y aislarla, porque 90 por ciento de los ataques están dirigidos al rostro, aunque el daño es más grave, porque “amputa el espíritu y para eso no existen prótesis”, señalan los legisladores en el documento. 

    Mencionaron que en México se desconoce el número exacto de víctimas por ataques con ácido.  

    No obstante, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres informó que en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, de 2012 a 2023, de la narración de los hechos por parte de las víctimas que fueron agredidas o amenazadas con causarles daño con ácido o algún químico como gasolina, se encontraron 797 casos. 

    Ante esta situación los senadores y diputados exhortaron a estos estados a incorporar en sus legislaciones correspondientes el delito de agresiones inferidas con ácido o sustancias similares, así como sus agravantes cuando se trate de actos premeditados en contra de una mujer, para imponer penas severas y contemplar la reparación de los daños causados a la víctima. 

    Los integrantes de la Primera Comisión también avalaron otro punto de acuerdo que exhorta al Poder Judicial de la Federación para que, en el ámbito de sus competencias, privilegie, en las resoluciones relativas a la impugnación de las medidas implementadas para el control del tabaco y los nuevos productos de tabaco y nicotina, el interés superior de la niñez, así como el derecho humano a la protección de la salud de la población mexicana. 

    Por ello, solicitaron al gobierno que defienda el interés general de la sociedad mexicana y el interés superior de la niñez, que están por encima de cualquier interés comercial, a fin de que se logre la vigencia plena de las medidas que protejan a dicho sector poblacional frente al tabaco y el surgimiento de nuevos productos de nicotina. 

Avala Primera Comisión exhorto a 22 congresos estatales para que tipifiquen ataques con ácido contra mujeres

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jueves, 16 de marzo de 2023

 Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Parte 1 


El 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, fecha establecida así por la Asamblea General de las Naciones Unidas desde el año 2000, en la que se motiva a que gobiernos y organizaciones de todo el mundo generen conciencia sobre el tema. Debe quedar claro que la violencia la puede sufrir cualquier persona, hombre o mujer. Al hablar de la violencia contra la mujer no se desea menospreciar a los hombres que sufren violencia, sino tomar conciencia de un grupo en específico: las mujeres.

En ConParticipación consideramos necesario conocer y comprender el tema desde una perspectiva libre de ideologías, y actuar para contribuir a contrarrestar este problema. 

La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer emitida por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993 define el término violencia contra la mujer como:  

“Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

Cualquier mujer puede ser víctima de violencia, sin embargo, hay mujeres particularmente vulnerables como las niñas, mujeres migrantes y refugiadas, mujeres de pueblos indígenas, mujeres con alguna discapacidad, quienes se encuentran en crisis humanitarias, por citar algunas. Por ejemplo, la ENDIREH 2021 muestra que el porcentaje de mujeres de 15 años y más que vivieron abuso sexual en la infancia fue de un 82.2%. En la ENDIREH 2016, el número fue mayor, un 84.5%. Estas cifras muestran el cuidado que se debería tener principalmente con las niñas, población especialmente susceptible de ser víctima de violencia.

En el próximo blog profundizaremos en este tema, concretamente desde la perspectiva de una abogada que tiene una amplia experiencia en apoyar a mujeres que sufren violencia.

Para finalizar queremos invitarte al último foro de encuentro de la campaña Mujeres Seguras que organiza Un Día Por Todas.  Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la violencia contra la mujer, dedicarán un espacio exclusivo para hablar sobre la situación de violencia que sufren muchas mujeres. En esta ocasión contarán con la presencia de la abogada y activista Ingrid Tapia, quien presentará y profundizará en el caso 992 sobre violencia vicaria. Te compartimos los detalles del evento. 

La violencia contra las mujeres puede darse en cualquier ámbito: comunitario, escolar, laboral y con la pareja.

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jueves, 24 de noviembre de 2022


  • La senadora Rocío Abreu presentó una iniciativa para tipificar y sancionar esta conducta  

     


La senadora Rocío Abreu Artiñano propuso tipificar y sancionar la violencia vicaria, que definió como la que se ejerce en contra de una mujer por parte de quien haya tenido o tenga algún tipo de relación con ella y utilice como objetos a sus hijas, hijos o a cualquier otra persona con la que tenga lazos familiares con la víctima, para causarle cualquier tipo de daño.  

 

La legisladora de Morena propuso que este tipo de violencia sea sancionada con una pena de seis meses a dos años de prisión, con independencia de los delitos en que haya incurrido el agresor.  

 

Para ello, presentó una iniciativa que adiciona un artículo 7 Bis y por la que se modifica el artículo 9 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el artículo 343 del Código Penal Federal.  

 

Rocío Abreu señaló que la reforma presentada establece que los poderes legislativos, del ámbito federal y local, tendrán que considerar tipificar el delito de violencia vicaria y sancionarla con independencia de los delitos en los que haya incurrido el agresor.  

 

En este sentido, precisó que poco se habla de este tipo de agresiones y que no está contenida en la Ley mencionada ni en ordenamientos federales. No obstante, la violencia vicaria es aquella que tiene como objetivo dañar a la mujer a través de sus seres queridos, especialmente de sus hijas e hijos.  

 

El objetivo principal, agregó, es el control y dominio sobre la mujer, una expresión máxima de posesión en una relación de poder que se sustenta en la desigualdad. Y destacó que el padre o la pareja de la mujer ejerce una violencia extrema contra éstos, incluso hasta llegar a la muerte.  

 

La violencia vicaria, por lo tanto, explicó, debiera considerarse como un tipo de violencia de género y aunque puede presentarse en contextos y formas similares a otros tipos de violencias, es fundamental hablar de ella para reconocerla y visibilizarla, por las víctimas y por las autoridades encargadas de impartir justicia, así como también para que sea sancionada como un tipo de violencia contra las mujeres.  

 

Adicionalmente, señaló que en el país, estados como Zacatecas, Yucatán, Hidalgo y Estado de México contemplan dentro de sus ordenamientos este tipo de violencia, mientras que Jalisco, Guerrero y Guanajuato, hacen lo propio en el tema. 

 

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda.  

Demandan desde el Senado imponer dos años de prisión por “violencia vicaria”

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