- El Anteproyecto plantea especificaciones a la leche en polvo que se comercializa como materia prima en el territorio nacional, las cuales serían restrictivas y afectarían el proceso de competencia.
- Debido al déficit de lácteos en el país, México es el segundo importador de leche en polvo en el mundo. Por ello, es importante no imponer obstáculos al comercio mediante barreras regulatorias injustificadas.
Ciudad de México, 12 de julio de 2018.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) recomendó a la Secretaría de Economía modificar el Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA- 2017- Leche en polvo o deshidratada -Materia prima- Especificaciones, Información Comercial y Métodos de Prueba (Anteproyecto), con el objeto de eliminar disposiciones contrarias a la competencia y libre concurrencia.
El Anteproyecto tiene la finalidad de establecer las especificaciones fisicoquímicas, la información comercial y los métodos de prueba aplicables a la leche en polvo o leche deshidratada que se comercializa como materia prima en el territorio nacional. Este producto se utiliza para la preparación de leche reconstituida, panadería, pastelería, postres, confitería, alimentos procesados, preparados para lactantes, entre otros; puede ser instantánea o no, y los fabricantes eligen el tipo de leche dependiendo del uso que darán para la elaboración de sus productos.
En su análisis, la COFECE detectó que el Anteproyecto establece estándares más restrictivos que los referentes internacionales –incluyendo los aplicados por nuestro principal socio comercial y por el Codex Alimentarius de uso mundial–, además de que determina un conjunto único de parámetros fisicoquímicos independientemente del proceso productivo utilizado. Por otra parte, los métodos de prueba contemplados no son acordes a las buenas prácticas y podrían constituir un obstáculo indebido al comercio. En este sentido, de aprobarse, el Anteproyecto generaría aumentos en costos y restringiría la oferta de este insumo en perjuicio de industriales y consumidores.
Debido al déficit de lácteos en el país, México ocupa el segundo lugar entre los importadores de leche en polvo del mundo; tan solo en 2017 se ingresaron 334 mil toneladas. Por ello, resulta necesario que la regulación sobre las condiciones mínimas de inocuidad y calidad de la leche en polvo esté alineada con los estándares internacionales y no propicie la restricción de fuentes adecuadas de abasto vía importaciones. Lo anterior, a fin de evitar posible desabasto y/o incrementos en el precio de este insumo en territorio nacional.