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lunes, 29 de enero de 2024

 


Ciudad de México, febrero de 2024.- 
En este 2024, los especialistas en gestión contable y fiscal pronostican que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzará​​ sus capacidades tecnológicas; lo que le permitirá tener mayores facultades de comprobación, con la finalidad de lograr una mayor fiscalización mediante diversas herramientas digitales.

Si bien, no veremos cambios sustanciales en materia de impuestos y su recaudación, el 2024 si conlleva retos tecnológicos para las empresas de todos los tamaños. Además de las cartas invitación para cumplir con el pago de impuestos, se espera que el SAT realice revisiones con mayor profundidad y esto obligará a las empresas a redoblar sus esfuerzos para asegurarse de cumplir a cabalidad con sus declaraciones. 


Es en esta coyuntura que las herramientas de Box Factura cobran gran relevancia, pues ante la obligación de presentar la declaración anual, será fundamental tener completos y en orden todos los comprobantes fiscales (CFDI)Box Factura ofrece diferentes herramientas para garantizar la descarga masiva tanto para emprendedores como para personas físicas y empresas pequeñas, medianas y grandes.

Box Factura ofrece a las empresas una serie de servicios que tienen el objetivo de simplificar y optimizar la recepción, validación, almacenamiento y análisis de los documentos fiscales. Todas sus soluciones y herramientas garantizan la seguridad, integridad y disponibilidad de los CFDIs, ayudando con ello a facilitar y agilizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, ahorrando tiempo, dinero y esfuerzo en la gestión fiscal para que las empresas puedan dedicarse a lo que realmente importa: hacer crecer el negocio.

El 2023 fue un año atípico y particularmente complejo debido a la transición del CFDI 3.3 a la versión CFDI 4.0. Por ello, en 2024, para una adecuada declaración anual, será necesario que las empresas tengan la capacidad de revisar que todas las facturas estén correctamente configuradas. Cuando el volumen es demasiado grande, no hay otra manera que usar una solución de Descarga Masiva.

Para emprendedores y pequeñas empresas: Descarga Masiva Gratis de Box Factura

En 2023, Box Factura lanzó Descarga Masiva Gratis, para ayudar a los emprendedores a detectar oportunamente y de manera automatizada, los errores más comunes que se derivaron de la transición a CFDI 4.0. Una etapa que se caracterizó por una gran cantidad de errores relacionados a la captura de campos como: el código postal y el régimen fiscal.

Con Box Factura, es posible, no solo descargar miles de facturas rápidamente. Con sus herramientas podrás evitar duplicados y detectar cuáles de las facturas recibidas contienen información errónea, lo que ayudará a las PyMEs a tomar las medidas que se requieran para maximizar la deducibilidad y evitar sanciones por parte de Hacienda.

“Descarga Masiva Gratis, es y siempre será gratuita, te permitirá descargar más de 2 mil CFDIs diarios, no requiere licencia y se actualiza constantemente para estar en cumplimiento con las nuevas disposiciones del SAT, no tiene un límite de usuarios, y se puede instalar en tantos dispositivos como se requiera y para todos los RFCs que sea necesario, lo pensamos como un apoyo real a los emprendedores y las PyMEs”, reitera Rafael Soto, CEO de Box Factura. 

Para grandes volúmenes, la solución robusta: Descarga Masiva Premium

En términos de Descarga Masiva, Box Factura cuenta con una de las soluciones más completas del mercado, Descarga Masiva Premium, permite la recuperación de hasta 200,000 CFDIs por solicitud y en el proceso también automatiza la detección y eliminación de duplicados. 

Esta herramienta se complementa con un servicio de Bóveda Digital que permite almacenar en la nube todos los CFDIs de una empresa, sin importar el número de razones sociales que tenga y acceder a toda la información a través de la nube, bajo los más altos estándares de ciberseguridad, llegado el momento de preparar la declaración anual. Esta herramienta será fundamental para contar con toda la información ordenada y depurada.

Agiliza la declaración anual: automatiza la descarga masiva de tus CFDIs con Box Factura

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jueves, 17 de diciembre de 2020


El próximo 31 de diciembre vence el plazo para que contribuyentes del régimen de sueldos y salarios efectúen gastos que son considerados deducciones personales. Es importante identificar si estoy obligado o no a elaborar mi declaración anual y cuáles son las recomendaciones para llevarlo a cabo correctamente, explica Experto CETYS.
 
Mexicali, B.C. a 16 de diciembre de 2020.-
 El próximo 31 de diciembre vence el plazo para que las personas físicas, que se encuentran bajo el régimen de sueldos y salarios, puedan realizar aquellos gastos que se consideran deducciones personales de acuerdo a lo señalado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ante lo cual, es importante identificar si se está o no obligado a elaborar la declaración anual y cuáles son las recomendaciones para llevarlo a cabo correctamente.
 
De acuerdo con el artículo 150 de la Ley del ISR, no todas las personas físicas que se encuentran en el régimen de sueldos y salarios están obligadas a presentar su declaración anual, explicó el Mtro. Enrique Luna Gutiérrez, Coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional en CETYS Universidad Campus Mexicali. Quienes sí deben elaborarla, sin excepción, son las que cumplen con las siguientes condiciones:

  • Si obtuvo otros ingresos acumulables, por ejemplo honorarios, arrendamiento, etc.
  • Quienes hayan percibido ingresos anuales superiores a 400 mil pesos
  • Aquellos que recibieron ingresos de dos patrones, aún cuando en conjunto no sean mayores a 400 mil pesos
  • Si durante el año se percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
  • Si se solicitó al patrón por escrito que no presente la declaración anual del colaborador.
  • Si se dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate.

Una vez detectado que le corresponde cumplir con la declaración anual de impuestos, existen algunos conceptos que pueden ser deducibles para estos contribuyentes, por ejemplo:
 
  • Gastos de colegiatura propios o de hijos solo hasta nivel bachillerato.
  • Honorarios médicos, incluyendo especialidades como nutrición y odontología.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en las facturas de hospitales
  • Aportaciones voluntarias a planes personales de Retiro (AFORES)
  • Donaciones a instituciones autorizadas para recibir donativos.
  • Entre otras más que la Ley del ISR señala 
 
Luna Gutiérrez recalcó que las deducciones personales conservan su capacidad de deducibilidad, si se efectuaron con tarjeta de débito, crédito, o de servicios, cheque nominativo del contribuyente o transferencia electrónica, salvo aquellas que la misma ley indique puedan realizarse por otro método de pago.  
 
El académico de CETYS recordó que el objetivo de la declaración anual es que las personas físicas en el régimen de sueldos y salarios que estén obligados paguen el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal inmediato anterior, contemplando debidamente los ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales. 
 
“En caso de existir alguna duda lo más recomendable es acudir con un contador público para recibir la asesoría necesaria antes y durante la presentación de la declaración”, concluyó.

SI SOY TRABAJADOR ¿DEBO PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL ANTE EL SAT?

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