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domingo, 31 de marzo de 2024


  • Deben contar con instalaciones y artículos necesarios para satisfacer necesidades sexuales y reproductivas: Laura Ballesteros

 


En muchos casos, a las mujeres privadas de la libertad en un centro penitenciario, se les restringen y limitan sus derechos y libertades, entre los que se encuentran los sexuales y reproductivos, señaló la senadora Laura Iraís Ballesteros Mancilla.

 

La legisladora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano enfatizó que todas las personas en reclusión deben gozar de los derechos humanos y libertades consagrados y reconocidos en los tratados internacionales.

 

Por ello, presentó una iniciativa que busca reformar la Ley Nacional de Ejecución Penal, a fin de garantizar a las mujeres privadas de la libertad, sus derechos a la sexualidad digna.

 

Con esta propuesta, enviada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, Ballesteros Mancilla busca establecer en la legislación vigente, que las mujeres recluidas en un centro penitenciario deberán contar con instalaciones adecuadas y los artículos necesarios para satisfacer las necesidades sexuales y reproductivas propias de su género.

 

De este modo, quienes accedan al régimen de visitas íntimas, tendrían asegurado su derecho a la libertad y control sobre su sexualidad, su salud sexual y reproductiva; así como a decidir libremente en estos aspectos, sin coerción, discriminación o violencia, en igualdad de condiciones y con pleno respeto a la integridad personal, el consentimiento y la autonomía.

 

Además, tendrían que recibir la atención médica especializada, correspondiente con sus características físicas y biológicas, que atienda a sus necesidades específicas y sea adecuada, suficiente, con instalaciones, personal y recursos idóneos, higiénicos y apropiados.

 

Ballesteros Mancilla refirió que, de acuerdo con datos del INEGI, del total de la infraestructura penitenciaria nacional, solamente 11 son exclusivos para una población femenina, por lo que las mujeres se encuentran repartidas en centros femeniles, mixtos y varoniles, lo que significa que las instalaciones no están pensadas para satisfacer las necesidades de esta población.

 

Aseveró que no cuentan con espacios de lactancia, para la maternidad y áreas de visita suficientes para ellas.

 

“Esta representación numérica minoritaria respecto a los hombres y la falta e insuficiencia de infraestructura penitenciaria pensada para mujeres y con perspectiva de género, ha sido el pretexto para restar importancia y tutelar de manera menos efectiva los derechos y libertades de las mujeres privadas de la libertad, lo que minimiza sus necesidades en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos”, advirtió le legisladora.

Plantean en el Senado garantizar derecho a sexualidad digna a mujeres recluidas en centros penitenciarios

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lunes, 17 de octubre de 2022

 

  • Hasta agosto de 2022, había más de 229 mil personas recluidas en los centros penitenciarios del país, lo que significó un aumento del 13% respecto al año 2020.  
  • Abuso sexual, feminicidios, delitos electorales y desapariciones forzadas aumentaron, a pesar de haber sido incluidos en el catálogo de delitos en los que aplica la prisión preventiva oficiosa.  

     


Aunque en los últimos dos años ha crecido el número de personas encarceladas en México, no existe evidencia de que la prisión preventiva oficiosa sea una medida efectiva para disminuir la incidencia delictiva, además de que viola derechos humanos como la presunción de inocencia y el debido proceso, de acuerdo con los criterios más recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de nuestro país, destaca un estudio de la Dirección General de Difusión y Publicaciones del Instituto Belisario Domínguez (IBD) 

El documento titulado “Prisión preventiva oficiosa: primeros resultados a tres años de su implementación”, elaborado por el investigador César Alejandro Giles Navarro, sostiene que, desde sus orígenes, la prisión preventiva oficiosa ha mostrado poca efectividad para contener la criminalidad, pues desde el año 2008 esta medida aplica para los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación y secuestro, entre otros que, lejos de disminuir, aumentaron en el contexto de la crisis de violencia e inseguridad que aqueja al país. 

El estudio apunta que, entre 2020 y 2021 -como consecuencia de la reforma constitucional que amplió la aplicación de la prisión preventiva de oficio- aumentó el número de personas presas acusadas de cometer los delitos que se incorporaron en el artículo 19 constitucional. Sin embargo, esto no impidió que algunos de estos delitos siguieran aumentando. Por ejemplo, los feminicidios aumentaron un 3.2%, el abuso sexual un 23%, la desaparición forzada un 13% y los delitos electorales lo hicieron en un 557% (en el marco del proceso electoral del año pasado). 

En contraparte, de acuerdo con el análisis del IBD, otros delitos han disminuido sin que se les aplique la prisión automática, como el robo de vehículos, el cual entre diciembre de 2018 y agosto de 2022 disminuyó un 40.4%, según los datos reportados por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.  

 

En el caso del robo de combustible, se logró una disminución del 94%, aunque este descenso comenzó antes de la reforma de 2019, por lo que parece obedecer más a la estrategia contra el huachicol implementada por el gobierno federal que a la implementación de la prisión preventiva oficiosa, considera el investigador. 

Según el documento, los datos apuntan que, además de las penas privativas de la libertad, existen otros factores que repercuten en la incidencia delictiva y, por tanto, diversas alternativas de intervención pública que deben ser exploradas para disuadir y erradicar las conductas criminales que amenazan la tranquilidad de las personas. 

El estudio completo del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/5760  

Crece población penitenciaria del país, señala estudio del IBD

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