lunes, 8 de enero de 2018
domingo, 5 de noviembre de 2017
lunes, 25 de septiembre de 2017
- La terminal aérea capitalina cuenta con protocolos para garantizar la seguridad de los pasajeros
- Su infraestructura, con capacidad para recibir al avión más grande del mundo
- Los más de 950 locales comerciales con presencia en las dos terminales del aeropuerto operan de forma normal
Tras los sismos del 7 y 19 de septiembre -y la réplica del 23- el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) opera con normalidad y con todas las normas para garantizar la seguridad de los viajeros. La terminal aérea reporta que luego de los movimientos telúricos, diariamente se efectúan sin contratiempos alrededor de mil 100 operaciones de aterrizajes y despegues de aeronaves.
jueves, 3 de agosto de 2017
miércoles, 2 de agosto de 2017
viernes, 7 de julio de 2017
lunes, 26 de diciembre de 2016
- La autoridad aeronáutica de México vigila su correcto cumplimiento, en coordinación con la aerolínea y el fabricante de las aeronaves
- La Autoridad Aeronáutica de Rusia emite la Directiva de Aeronavegabilidad AD 2016-322-02, para inspeccionar las aeronaves Superjet100 (Sukhoi)
La SCT, a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), se encarga de fomentar, regular y administrar el desarrollo de las actividades del transporte aéreo, así como la navegación aérea civil dentro de nuestro territorio, vigilando la adecuada aplicación del mantenimiento a las diversas aeronaves que operan las aerolíneas mexicanas, a efecto de mantener operaciones aéreas seguras y eficientes.
viernes, 23 de septiembre de 2016
jueves, 15 de septiembre de 2016
domingo, 24 de mayo de 2015
- El gran crecimiento de la flota de aviones fue el factor detonante para que este proyecto aterrizara en la Ciudad de México
- Será el comienzo de una asociación exitosa para la capacitación del país y Latinoamérica durante muchas décadas: Alfonso Sarabia
- En los últimos 10 años, Airbus triplicó su flota en servicio al entregar más del 60 por ciento de todas las aeronaves que actualmente vuelan en América Latina y el Caribe
La construcción de este centro de entrenamiento comenzará en los próximos meses e incluirá equipamiento completo para el adiestramiento de pilotos del modelo A320 de Airbus,
Alfonso Sarabia de la Garza, Director General de ASA, comentó que espera que este proyecto sea el comienzo de una asociación exitosa para la capacitación aeronáutica del país y de Latinoamérica durante muchas décadas
En tanto, Rafael Alonso, presidente de Airbus en América Latina, subrayó que un entrenamiento más completo y mejor planeado permitirá "estar cercanos a los clientes e incrementar la productividad de las tripulaciones, contando siempre con el apoyo de la agencia federal encargada de la gestión, operaciones y desarrollo de los aeropuertos en México".
Tan sólo el año pasado, la aerolínea Volaris escogió a Airbus para proveer de capacitación y cursos de vuelo de la familia A320, para los 500 pilotos con lo que cuentan, tanto en Miami como en la Ciudad de México. Durante la construcción de este centro, los pilotos de Volaris continuarán entrenando en el Centro de Entrenamiento de Airbus en Miami.
Con más de 850 aeronaves vendidas y una cartera de pedidos de casi 400 y más de 550 aeronaves de Airbus que se encuentran en operación en toda América Latina y el Caribe, en los últimos 10 años Airbus ha triplicado su flota en servicio, entregando más del 60 por ciento de todas las aeronaves actualmente volando en la región.
Airbus es la empresa líder en el mundo en la construcción de aeronaves para el transporte de pasajeros, abarcando una gama de 100 a más de 500 asientos por avión. Además, cuenta con plantas de manufactura y diseño en Francia, Alemania, el Reino Unido y España; tiene subsidiarias en los Estados Unidos, China, India, Japón y el Medio Oriente.
En lo que respecta al organismo ASA, este opera 18 aeropuertos y colabora con otros cinco, además diariamente suministra más de 10.5 millones de litros de turbosina en todos los aeropuertos mexicanos.
El año pasado, ASA obtuvo la certificación de "Calidad Ambiental", otorgada por la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (PROFEPA) por las acciones implementadas: la normatividad ambiental, control de riesgo ambiental, cuidado del agua, suelo y subsuelo, así como el manejo correcto de residuos.
miércoles, 29 de abril de 2015
· Se privilegia la seguridad del público y de los usuarios
· Sólo pueden ser usados lejos de los aeropuertos y helipuertos
· Las nuevas normas son obligatorias para todos
Debido al creciente uso de aeronaves no tripuladas, conocidas como drones, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha actualizado y fortalecido los criterios que regulan su operación, a fin de preservar la seguridad del público y también, por supuesto, de los operadores de esas aeronaves.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió, el pasado 8 de abril, la circular CO AV23/10 R2, que sustituye la emitida en el 2010. Este documento es de observación obligatoria para todos los operadores civiles de esas naves.
El documento establece limitaciones al uso de drones no tripuladas (llamadas Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia, RPAS) según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.
Por ejemplo, sin importar el peso, sólo pueden ser operadas durante el día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados, a 3.7 kilómetros de los aeródromos no controlados, y a 900 metros de los helipuertos, y no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.
La circular distingue tres tipos de drones: de hasta 2 kilogramos de peso, de más de dos a 25 kilogramos, y de más de 25 kg. En los tres casos, los operadores, sean personas físicas o morales, están obligados a respetar todas las leyes, los reglamentos y las normas federales y locales aplicables.
Sólo los RPAS que pesen menos de 2 kg pueden ser operados sin necesidad de requerir autorización de la DGAC, pero si se usan para actividades comerciales deben contar con un seguro de daños a terceros, entre otras condicionantes.
En cuanto a los que pesan más de 2 kg, cuando su uso es recreativo, sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo. Los de uso comercial requieren autorización de la DGAC. Las limitaciones son aún más específicas para operar aparatos de más de 25 kilogramos de peso, que sólo pueden volar en los términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que su operador debe contar con una licencia de piloto.
La publicación de esta circular forma parte del esfuerzo permanente de la SCT para actualizar la regulación del sector conforme los avances de la tecnología.
La circular completa está disponible en la página web de la SCT, mediante la siguiente liga:
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC/00%20Aeronautica/CO_AV_23_10_R2.pdf