miércoles, 19 de mayo de 2021

PADRÓN NACIONAL DE USUARIOS DE TELEFONÍA MÓVIL, ¿BENEFICIO O PELIGRO?

Mientras el Senado de la República señala la necesidad de este control para combatir delitos cometidos con celulares, expertos consideran que propicia un sistema de vigilancia y hostigamiento que podría fomentar ilícitos como robo de móviles, suplantación de identidad y secuestros

La reciente aprobación para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, emanada de un dictamen para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en el pleno del Senado de la República, ha despertado controversia, dividiendo opiniones en la sociedad.

Dicha reforma, que se encuentra en proceso de remisión al Ejecutivo Federal, daría pie a la integración de una base de datos con información de los titulares de cada línea telefónica, entre ellos el número, fecha y hora de la activación, nombre completo, nacionalidad, número de identificación oficial con fotografía, CURP, y datos biométricos de los usuarios; es decir, huellas dactilares, el iris de los ojos, las facciones del rostro, el tono de la voz y la firma, entre otros.

Dada la sensibilidad de esta información, en caso de rectificarse su aprobación y antes de su entrada en vigor deben revisarse e integrarse de forma adecuada todos los elementos para asegurar que la reforma constituya un esfuerzo a favor de la seguridad de los usuarios, y preservar su privacidad, consideró el Dr. Armando Reyna Ballesteros, Docente de la Licenciatura en Inteligencia de Negocios e Innovación de CETYS Universidad Campus Mexicali.
Argumentando que actualmente no existe ningún control o requisito de contratación de líneas de telefonía móvil, y que esta reforma brindaría mayor control y herramientas a las autoridades en el combate de los delitos cometidos con teléfonos celulares, como son la extorsión y el secuestro, los senadores mexicanos plantean que es posible identificar a los delincuentes sin vulnerar la privacidad de los datos personales.

En este dictamen se otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la responsabilidad de instalar, operar, regular y mantener este padrón, con cargo a su presupuesto. También se obliga a los concesionarios de telecomunicaciones a cubrir sus costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del padrón, así como a recabar y validar la información de sus clientes. 

“Por esto, muchas voces se han pronunciado para externar que se trata de una medida inconstitucional, autoritaria y que no incluye mecanismos confiables para proteger los datos personales. Algunos expertos consideran que propicia un sistema de vigilancia y hostigamiento y que fomentará otro tipo de ilícitos como el robo de celulares, la suplantación de identidad y los secuestros. Queda claro que esto, no ayudará a disminuir la brecha digital y que los delincuentes podrían utilizar dispositivos móviles de otros países”, detalló el docente. 

Por su elevado costo de implementación y administración de la base de datos, las constantes infracciones, las posibilidades de omisión y de accesos no autorizados, podrían ocurrir muchas irregularidades, añadió. 

Este Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tiene como principal antecedente al Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones, programa creado en el año 2008 y eliminado en el 2011, debido a que su base de datos fue vulnerada y se descubrió que los datos de los usuarios estaban a la venta en el mercado negro. 

“La normativa propuesta para la creación de este nuevo empadronamiento contempla la imposición de sanciones para quienes hagan uso indebido de este padrón, pero aún así, no hay evidencia que demuestre que este registro reducirá los delitos de secuestro, extorsión, e incluso los del crimen organizado”, concluyó el Dr. Armando Reyna.

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