domingo, 6 de septiembre de 2020

Piden actualizar requisitos en declaración patrimonial y de interés de servidores públicos.


  • Se trata de avanzar en la prevención y combate a la corrupción, afirma la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz 

En las declaraciones patrimoniales y de intereses los servidores públicos deberán incluir la información de sus ingresos, cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, valores, entre otros, sean de su propiedad, en copropiedad o cotitularidad con terceros, con el fin de seguir avanzando en la prevención y combate a la corrupción, propuso la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, en una iniciativa para reformar el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

En su propuesta, la legisladora del PAN detalló que la información proporcionada deberá ser debidamente resguardada, con el objetivo de evitar que la publicidad afecte la vida privada o los datos personales protegidos en la Constitución Política. 

En el caso de las copropiedades o cotitularidades del servidor público, solo se hará pública la información relativa a los bienes o valores, resguardando debidamente el nombre y datos personales del copropietario o cotitular, especificó. 

Señaló que esos parámetros deben ser tomados en cuenta para que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, emita los formatos respectivos para las declaraciones. 

Reconoció que esta obligación ha levantado sospechas de inconstitucionalidad que han sido resueltas por el Poder Judicial de la Federación, avalando plenamente, a través de un criterio jurisprudencial aislado, que los artículos 32 y 46 de la legislación reglamentaria, son constitucionales y que establecen obligaciones ineludibles para todos los servidores públicos 

Lo anterior, dijo, se basa en el hecho de que la información de bienes y valores que una persona posee no constituye datos personales que puedan identificarla o hacerla identificable, siempre y cuando dicha información se encuentre debidamente disociada. 

Aclaró que por publicar que el servidor público es copropietario de una casa con valor de tantos millones de pesos, no se hace identificable a la persona copropietaria y, por ende, no se vulnera su derecho a la protección de sus datos personales. 

Respecto del derecho a la privacidad que puede causar molestia al particular, consideró que es razonable imponer reducciones en este derecho a las personas que estén directamente ligadas al servidor público, con quienes posee copropiedades o con quienes tiene cuentas, valores o inversiones en cotitularidad, pues con ello se fortalecerán los mecanismos para construir un sistema anticorrupción mucho más eficiente. 

“Con estas modificaciones, esta iniciativa pretende que sigamos avanzando en el combate y prevención de la corrupción, construyendo un sistema cada vez más efectivo y que cubra todos los supuestos y resquicios por los cuales, algunos servidores públicos, pueden cometer actos de corrupción amparados en las propias fallas legales”, subrayó la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz. 

La propuesta fue turnada de manera directa, para estudio y dictamen, a las comisiones unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores 

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