- La disminución tarifaria es del 50 y 25 por ciento, respectivamente
- Estará vigente hasta el 19 de agosto del presente año
Los descuentos en servicio de pasajeros a estudiantes y maestros del 50 y 25 por ciento, respectivamente, en autotransporte y ferrocarril estarán vigentes hasta el 19 de agosto del presente año.
Los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en los servicios de primera y económico, otorgarán las tarifas reducidas y deberán estar a la vista del público.
Para hacer efectivo los descuentos a estudiantes y maestros, éstos tendrán que acreditar su carácter ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor, o en su defecto, a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan.
El documento oficial deberá contener el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.
Las credenciales con las que los maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones educativas integradas a los sistemas de educación de la Secretaría de Educación Pública y direcciones o departamentos de educación de las entidades federativas.
Se incluyen: la Universidad Nacional Autónoma de México; el Instituto Politécnico Nacional; universidades de toda la República; institutos; escuelas libres de derecho; comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres; así como las incorporadas a las mismas.
Las quejas por infracciones a lo dispuesto por la circular, en materia de tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal; y en el caso del autotransporte ante la Dirección General de Autotransporte Federal, o en su defecto y para ambos casos, ante la Dirección de Autotransporte Federal del Centro SCT correspondiente al domicilio del usuario.
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