sábado, 12 de agosto de 2017

VIGENTE DESCUENTO A ESTUDIANTES Y MAESTROS EN AUTOTRANSPORTE



  • La rebaja tarifaria del 50 y 25 por ciento, respectivamente, se mantendrá hasta nuevo aviso
  • La disminución se efectuará en el transporte ferroviario y en el autotransporte federal de pasajeros
  • Maestros y estudiantes deberán mostrar credencial o constancia para hacerse acreedor al descuento
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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) mantiene los descuentos del 50 y 25 por ciento a estudiantes y maestros, respectivamente, que utilicen los servicios del autotransporte y ferroviarios de pasajeros durante estas vacaciones escolares.

A través de Circular en el Diario Oficial de la Federación, la SCT explicó que estarán vigentes “hasta en tanto se emita otra circular que deje sin efectos la presente”, por lo que la disminución se efectuará en todas las corridas del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y en los servicios de primera y económico del autotransporte federal de pasajeros.

Para hacerlo efectivo, maestros y estudiantes deberán mostrar su credencial o constancia escolar correspondiente, en vigor, ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros.

La identificación debe contener cuando menos el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

Las credenciales con las que los maestros y estudiantes podrán acreditar el derecho al descuento, son exclusivamente de las instituciones educativas integradas a los sistemas de educación de la Secretaría de Educación Pública.

Así como Direcciones o Departamentos de educación en las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; institutos; Escuelas Libres de Derecho, Comercio y Homeopatía; Colegio de Bachilleres; y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.

Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.

En su defecto, y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario, resaltó.

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