· Lo da a conocer a través del Diario Oficial de la Federación
· Se trata del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-014/2-SCT3-2014
· Define y especifica Lineamientos Técnicos de Infraestructura que deberán cumplir los helipuertos en México (capacidad técnica)
· Interesados deberán presentar sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer hoy, a través del Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-014/2-SCT3-2014, que establece los lineamientos técnicos de infraestructura para los helipuertos.
Destaca que dicho proyecto se publica a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo.
Explica que el otorgamiento de los permisos a personas físicas, o personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas, para la administración, operación, explotación y en su caso, construcción de aeródromos civiles distintos a los aeropuertos, se lleva a cabo mediante la acreditación de las capacidades técnica, jurídica, administrativa y financiera.
De esta manera, la presente Norma Oficial Mexicana define y especifica los Lineamientos Técnicos de Infraestructura que deberán cumplir los helipuertos en México (capacidad técnica).
Añade que en la presente Norma Oficial Mexicana se adoptan las especificaciones referenciadas en el Anexo 14 denominado “Aeródromos”, en su título “Helipuertos”, Volumen II, del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional en sus diferentes Capítulos y Apéndices.
Asimismo, se define el contenido mínimo de un Estudio Operacional y de Trayectorias, donde se incluyen las características técnicas de infraestructura que deben cumplir los helipuertos.