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lunes, 13 de mayo de 2024


  • La Autoridad Investigadora determinó preliminarmente que vínculos entre competidores y algunos aspectos del marco regulatorio, entre otros factores, podrían estar generando falta de competencia en algunas modalidades de autotransporte federal de pasajeros en varias regiones del país.
  • De confirmarse los hallazgos del dictamen preliminar, el Pleno podría recomendar modificaciones en la regulación a las autoridades e imponer órdenes a los agentes económicos para eliminar las barreras identificadas.



Ciudad de México, 13 de mayo de 2024.- Como resultado de una investigación en el mercado de autotransporte federal y las terminales de pasajeros, la Autoridad Investigadora (AI) de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) identificó de manera preliminar la existencia de barreras que impiden condiciones de competencia efectiva.


El autotransporte federal de pasajeros es la opción de movilidad más utilizada por la población en México, tan solo en 2022 las familias mexicanas destinaron casi 20% de su gasto en transporte. Este servicio se clasifica en seis modalidades determinadas por las características de los vehículos, las amenidades que ofrecen y la forma en que se presta el servicio: i) De Lujo, ii) Ejecutivo, iii) De Primera, iv) Económico, v) Mixto y vi) transporte terrestre de pasajeros desde y hacia puertos marítimos y aeropuertos.


La AI determinó que no hay suficiente competencia en las modalidades De Primera, De Lujo, Ejecutivo y Transporte desde y hacia puertos y aeropuertos, de ninguna región del país. En el caso de la modalidad Económica, se identificó la ausencia de competencia en la región Noroeste, que abarca los estados de Baja California, Baja California Sur, Sinaloa y Sonora.


Seis son las posibles barreras a la competencia y libre concurrencia que podrían estar afectando estos mercados. Las relacionadas con la existencia de diversos vínculos entre competidores en el servicio de autotransporte federal de pasajeros son:


1. Existencia de relaciones entre competidores. Se observó la presencia de múltiples sociedades, coinversiones y relaciones horizontales entre competidores en el servicio de autotransporte de pasajeros. Prácticamente todas las grandes empresas de transportistas del país tienen relación o negocios en común con algún otro. Esto reduce la rivalidad y los incentivos para competir entre ellos, a la vez que facilitan que lleven a cabo conductas anticompetitivas, como sucedió en 2022.

2. Directorios cruzados y espacios de contacto entre competidores. Se identificó que un conjunto de personas forma parte de órganos de administración de empresas que compiten entre sí. Además, se identificaron múltiples espacios en los que los directivos de sociedades competidoras interactúan entre sí, particularmente en los órganos de administración de terminales de pasajeros y en la Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (CANAPAT). Todo ello puede facilitar el intercambio de información sensible entre competidores, incentivar acuerdos anticompetitivos y afectar la competencia del mercado en perjuicio de los consumidores.


Por otro lado, las cuatro relacionadas con la regulación vigente desde hace varias décadas son:


3. Obligación regulatoria de contar con terminales de pasajeros de origen y destino para prestar el servicio de autotransporte de pasajeros. Actualmente, la regulación exige el uso de terminales para el ascenso y descenso de pasajeros. No obstante, la AI concluyó que, bajo el cumplimiento de ciertos criterios de seguridad en el ascenso y descenso de pasajeros, este servicio podría proveerse en lugares distintos a las terminales de pasajeros, diversificando el acceso de los pasajeros a este servicio.

4. Limitación del permiso a rutas específicas para prestar el servicio de autotransporte de pasajeros. La limitación a una única ruta autorizada en los permisos de autotransporte dificulta que las empresas puedan adaptarse a cambios en el mercado para atender de mejor manera a los pasajeros. Esto reduce su capacidad de respuesta competitiva y resta dinamismo a los mercados.

5. Discrecionalidad, opacidad y poca transparencia en la operación de las terminales de pasajeros. Como resultado, se ha dificultado la entrada de nuevos agentes económicos a los mercados y se generan ventajas para las empresas ya establecidas ante la falta de claridad en los tiempos y requerimientos de los procesos.

6. Restricción regulatoria para utilizar vehículos distintos a autobuses para prestar el servicio de autotransporte de pasajeros. Las empresas que deseen ofrecer servicios de autotransporte de pasajeros en las modalidades Económica, De Primera, De Lujo y Ejecutiva deben utilizar forzosamente autobuses con capacidad de más de treinta pasajeros. No obstante, el uso de otros vehículos más pequeños podría reducir los costos de operación y les permitiría atender una mayor variedad de rutas y de pasajeros.


En este sentido, la AI consideró, de manera preliminar, que estas barreras a la competencia se podrían eliminar si las empresas competidoras dan por terminadas sus coinversiones en servicios de autotransporte y evitan que las mismas personas tomen decisiones en varias empresas diferentes que deben competir entre ellas. Además, propone que las grandes empresas y la CANAPAT implementen programas de cumplimiento para prevenir violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica.


Asimismo, en el dictamen preliminar se propusieron una serie de medidas consistentes en recomendaciones dirigidas a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores, para modificar la regulación y dar mayor dinamismo a los mercados del servicio de autotransporte de pasajeros.


Cabe mencionar que durante la investigación y en la propuesta de medidas correctivas, la AI contó con la opinión y colaboración de la autoridad reguladora del sector, por conducto de la Dirección General de Autotransporte Federal.


Una vez emitido el dictamen preliminar, quien tenga interés jurídico puede manifestar lo que a su derecho convenga y presentar pruebas para que el Pleno de la Comisión decida, en última instancia, el sentido final del procedimiento y las medidas que, en su caso, correspondan. La investigación de la Comisión busca que haya mayor competencia y dinamismo en el servicio de autotransporte federal de pasajeros en beneficio del consumidor final.

La Autoridad Investigadora de la Cofece identifica barreras que afectan la competencia en el autotransporte federal de pasajeros

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lunes, 25 de marzo de 2024


  • Disminuciones tarifarias serán del 50 y 25 por ciento, respectivamente, para quienes viajen por autotransporte o ferrocarril

 

  •  La medida aplicará para alumnos de preescolar, primaria, secundaria, normal, así como del nivel medio superior y superior

 

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informa de los descuentos para estudiantes y maestros del 50 y 25 por ciento, respectivamente, que viajen por autotransporte federal de pasajeros o por el servicio ferroviario durante el periodo vacacional de Semana Santa.

 

La disminución tarifaria se dio a conocer por la SICT a través del Diario Oficial de la Federación, con base al calendario escolar fijado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que corresponde al periodo del 25 de marzo al 5 de abril del presente año.

 

En este lapso, que coincide con la celebración de la Semana Santa, estará en vigor el descuento para maestros y estudiantes, que incluye escuelas incorporadas a la SEP, así como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Instituto Politécnico Nacional (IPN).

 

Las instituciones educativas son las integradas a la SEP; direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas; UNAM; IPN; universidades de toda la República; institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.


Profesores y alumnos deberán presentar credencial vigente del colegio al que están inscritos; o bien una constancia expedida por la propia escuela a la que pertenezcan, misma que deberá contener nombre y sello de la institución, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

 

Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en lo concerniente a tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.

 

Y en el caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.

 

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jueves, 5 de octubre de 2023


  • El dictamen se envió al Ejecutivo federal para su trámite correspondiente 

     

     

Con 86 votos a favor, el Pleno del Senado avaló un proyecto que establece que los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, con apego en la ley y a su normatividad interna, puedan ofrecer 50 por ciento de descuento a estudiantes de educación media superior y superior, durante todo el año. 

 

Las y los senadores dieron su respaldo a la minuta que envío la Cámara de Diputados para incorporar una adición al artículo 5 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, por lo que remitieron el proyecto al Ejecutivo federal.  

 

En el documento se destaca que actualmente esta deducción se realiza sólo en periodo vacacional a maestros y estudiantes, por lo que se debe ampliar a todo el año, para que los alumnos que utilizan diariamente el autotransporte federal de pasajeros paguen sólo la mitad. 

 

La presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, Lucía Meza Guzmán, dijo que debido al crecimiento de la inflación es importante generar medidas que contengan sus efectos negativos. 

 

Por ello, dijo, es importante que se logren ajustar las bases jurídicas para disminuir la carga económica que recae sobre las y los alumnos que utilizan el autotransporte federal. “Muchos fuimos estudiantes y sabemos que el presupuesto no era suficiente, por lo que buscamos que el descuento de 50 por ciento los beneficie todo el año”.  

 

Indira de Jesús Rosales San Román, senadora del PAN, aseguró que esta iniciativa abonará a que los estudiantes, durante todo el año, paguen la mitad de su pasaje, pues así se evitará la deserción escolar, ya que, desafortunadamente, después del Covid-19, llegamos a 1.5 millones de niñas, niños y adolescentes que dejaron la escuela durante la pandemia.  

 

Gabriela Benavides Cobos, senadora del PVEM, subrayó que se calcula que uno de cada seis alumnos de educación media superior y superior estudian fuera de su localidad, es decir, más de 865 mil alumnos tienen que desplazarse a otra ciudad y sus familias afrontan diariamente los gastos de transporte, alimentación, materiales educativos, entre otros, razón por la cual este descuento sin duda ayudará a muchas familias.  

 

El senador Antonio García Conejo, del PRD, presentó una propuesta de modificación, en la que indicó que en la redacción del dictamen deja a consideración de los permisionarios otorgar o no el descuento, por lo que “la reforma no tendrá el efecto de beneficiar con un descuento considerable a los alumnos”, pero dicha propuesta fue rechazada por la Asamblea. 

 

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martes, 11 de abril de 2023

 

  • Es del 25 y 50 por ciento, respectivamente, vigentes hasta el 14 de abril del presente año

 

  • Maestros y estudiantes deben acreditar su derecho al descuento mostrando su credencial escolar actualizada

 

 

Durante el actual periodo vacacional, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones v y Transportes (SICT) tiene en vigor descuentos del 25 y 50 por ciento a maestros y estudiantes, respectivamente, que hagan uso de los servicios ferroviarios y de autotransporte federal de pasajeros.

 

Las disminuciones tarifarias están en vigencia desde el 3 de abril y se mantendrán hasta el 14 de abril del presente año, de acuerdo con el periodo de vacaciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

 

Los maestros y estudiantes deben acreditar su derecho al descuento con credencial vigente de alguna de las siguientes instituciones educativas:

 

Integradas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; universidades de toda la República; institutos; escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.

 

Las quejas en materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.

 

En su defecto, y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.

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