- La Autoridad Investigadora cuenta con indicios de la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de este ingrediente activo utilizado para la fabricación de medicamentos.
- El sector salud es prioritario para la Cofece debido a que es un rubro que representa un gasto significativo para la población, lo que tiene implicaciones en la calidad de vida y bienestar de los mexicanos.
Ciudad de México, 2 de mayo de 2023.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación, el aviso de inicio de una investigación de oficio por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas, en términos del artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), en el mercado de la distribución y comercialización de escopolamina (Hioscina, Butilescopolamina bromide, Escopolamina butilbromide, Hioscina butilbromide, N-Butilbromide Escopolamina, butilbromuro de hioscina y relacionados) en el territorio nacional.
La escopolamina es un ingrediente activo que sirve como base para la creación de medicamentos altamente comunes en el mercado. En dosis bajas, se utiliza para tratar los mareos por movimiento, náuseas y colitis, también como antiespasmódico y como analgésico local, entre muchos otros usos trascendentales en el sector salud. Este sector es prioritario para la Cofece debido al impacto que tiene en el bienestar y calidad de vida de las personas; de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2020 del INEGI, tan solo en 2020, 54% de los hogares reportó gastos en rubros relacionados con el cuidado de la salud, que en el caso de la compra de medicamentos recetados alcanzó el 31%. Además, este sector significó el 2.5% del PIB en 2022.
Esta investigación, identificada con el expediente IO-006-2022, que hoy se hace pública, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 26 de octubre de 2022, fecha en que dio inicio la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta en cuatro ocasiones. Si al término de la investigación no se encontraran elementos que presuman la realización de prácticas monopólicas absolutas, el Pleno de la Cofece podría resolver el cierre del expediente. No obstante, en caso de que se encontraran elementos que presuman una violación a la LFCE, quienes resulten responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la LFCE, en caso de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos responsables podrían ser multados hasta por 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdo entre competidores, podrían ser sancionados con hasta 10 años de prisión, conforme a lo establecido en el Artículo 254 bis del Código Penal Federal.
Es importante mencionar que quienes hayan participado o coadyuvado en una conducta de este tipo, cuentan con la posibilidad de acogerse a los beneficios del Programa de Inmunidad y Reducción de Sanciones que ofrece la Cofece.
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