- Se prorrogan hasta el 31 de diciembre la vigencia de las licencias de autotransporte y aeronáuticas, así como los certificados de aptitud psicofísica y de aeronavegabilidad.
- Los efectos del mismo están previstos hasta el último día del año, pero podrá dejarse sin efecto en el momento que cesen las causas
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que, por causas de fuerza mayor, se amplían a partir de hoy y hasta el 31 de diciembre de 2022 los términos y plazos de esta Secretaría y la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC).
Dichos plazos y términos es para los procedimientos de la AFAC, medicina preventiva en el transporte, Autotransporte Federal y aeronáutica civil.
El “Acuerdo por el que se suspenden plazos y términos en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por los motivos que en el mismo se precisan”, dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación, explica:
Se consideran como inhábiles para los efectos legales los días comprendidos durante el periodo referido (del día 24 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2022).
Por ello, en este periodo no correrán los plazos y términos para la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos y/o procedimientos contenciosos ante órganos jurisdiccionales de carácter federal y local.
Como notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Agencia Federal de Aviación Civil.
Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Agencia Federal de Aviación Civil en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, surtirá los efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Puntualiza cada uno de los rubros donde aplica el Acuerdo:
En materia de medicina preventiva en el transporte, se suspende la práctica del examen psicofísico integral y se prorrogan los efectos jurídicos de las constancias de aptitud psicofísica en cuanto a su vigencia y validez por el periodo que se indica (del día 24 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2022).
En materia de Autotransporte Federal, se suspenden en la Dirección General de Autotransporte Federal y en los Centros SICT los trámites relativos a la expedición y renovación de Licencia Federal de Conductor, así como los trámites de expedición de permisos de autotransporte federal, transporte privado y sus servicios auxiliares.
Aunado a lo anterior, se tiene prorrogada la vigencia de las licencias federales de autotransporte federal, así como de las constancias de capacitación de conductores del autotransporte federal, por el mismo periodo.
En materia de aeronáutica civil, se suspenden los trámites relativos a las autorizaciones, permisos, programas, acreditaciones, expedición de licencias y certificados de capacidad expedidos u otorgados por la Agencia Federal de Aviación Civil.
Los titulares de permisos, licencias o certificados de capacidad podrán seguir ejerciendo sus atribuciones como personal técnico aeronáutico aun cuando su respectiva constancia de aptitud psicofísica o examen psicofísico integral se encuentre vencido, teniendo por prorrogados lo efectos jurídicos de los mismos por el periodo que se indica.
Aclaró: “No obstante, los trámites antes señalados que hayan vencido durante la vigencia del presente Acuerdo se entenderán prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2022”.
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