- La Comisión emitió una opinión que propone eliminar dicha exclusividad, la cual es incompatible con la Reforma Energética que busca incentivar la incorporación de nuevos competidores al mercado.
- Además, recomienda adjudicar mediante proceso abierto y competido la construcción de instalaciones de almacenamiento, suministro y cualquier otro servicio de combustibles aéreos en el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión)
emitió una opinión en la que resuelve que la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes (SCT) debería eliminar la exclusividad
ejercida por Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) en la prestación
de servicios de almacenamiento, comercialización y expendio
de combustibles para aeronaves en los aeropuertos del país. El régimen
de exclusividad de ASA, además de afectar las condiciones de suministro a
precios competitivos en detrimento de aerolíneas y pasajeros, es
incompatible con el marco regulatorio de la Reforma
Energética, que busca, entre otras cuestiones, incentivar la
incorporación de nuevos competidores al mercado.
El
abastecimiento de turbosina representa casi el 30% de los gastos
operativos de las aerolíneas, según cálculos de la Asociación
Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en
inglés). Resalta que nuestro país registra los precios de
abastecimiento más caros de la región, de acuerdo con la Asociación de
Transporte Aéreo de América Latina y el Caribe (ATAALC), especialmente
los observados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad
de México. Asimismo, el precio promedio de turbosina despachado en
terminales mexicanas en los últimos cinco años fue dos dólares por litro
más caro que en Estados Unidos. La brecha entre los precios nacionales y
regionales refleja, entre otras cuestiones,
la restricción al funcionamiento eficiente del mercado de turbosina que
de facto opera en un régimen de exclusividad. La propia ATAALC,
la COFECE hace más de un año y el Senado de la República han exhortado a
la SCT a reformar las condiciones de comercialización
de combustibles aéreos, con el fin de permitir la competencia en este
mercado.
La
exclusividad que se mantiene a favor de ASA es aún más grave si se
considera que el título de concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional
de la Ciudad de México (NAICM) preserva dicho
régimen, en el cual se señala que el NAICM debe atender lo dispuesto en
el Reglamento de la Ley de Aeropuertos, que prohíbe a agentes
económicos distintos a ASA el prestar servicios de almacenamiento,
distribución y suministro de combustible, hasta en tanto
la SCT determine lo contrario.
Por otra parte, de manera provisional, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) otorgó permiso provisional
de
comercialización a ASA para que siga operando, que solo será ampliado
en los siguientes términos: i) que no subsista exclusividad alguna en
favor de ASA para dicha actividad;
y, ii) siempre y cuando se cumpla con la obligación de presentar un
cronograma donde describa las fechas y acciones para llevar a cabo la
separación legal de sus actividades de comercializador y almacenista.
Por
ello, el Pleno de la COFECE hace un llamado a la SCT para que, de
manera proactiva, de celeridad, claridad y seguridad jurídica a la
entrada de nuevos jugadores en el mercado de los servicios
de suministro de turbosina para aeronaves en aeropuertos, a partir de
las siguientes medidas esenciales:
Primero.
Promover la eliminación del régimen de exclusividad establecido en el
Reglamento de la
Ley de Aeropuertos; otorgar en el corto plazo una modificación a los
títulos de concesión de todos los aeropuertos nacionales para eliminar
el régimen de exclusividad, así como adecuar los contratos celebrados
por ASA con otros comercializadores, operadores
y aerolíneas; y
Segundo. Por la relevancia que tendrá el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y
la expectativa de conseguir una obra de calidad mundial,
adjudicar mediante proceso abierto y competido la construcción de
instalaciones de almacenamiento, suministro y cualquier otro servicio de
combustibles aéreos, así como evitar el otorgamiento de ventajas
exclusivas a ASA durante el proceso.
Se
remitió una copia de la opinión tanto a las cámaras del Congreso de la
Unión, con la finalidad de que evalúe la eliminación de la restricción a
la inversión extranjera en la actividad
de suministro de combustibles, en apego al marco jurídico vigente de la
industria de hidrocarburos.
De
hacer caso omiso a estas recomendaciones, se corre el riesgo de que ASA
tenga capacidad para fijar precios, restringir el abasto de manera
unilateral u obstaculizar el ingreso de nuevos
oferentes, interesados en el abastecimiento de turbosina, no solo en la
infraestructura aeroportuaria existente, sino en el NAICM. Únicamente
en entornos con competencia pueden conseguirse mejores precios para los
transportistas aéreos y pasajeros.
La
Comisión mantendrá su trabajo de análisis de las condiciones de
competencia en el sector, con el fin de alertar los elementos
indispensables para una transición exitosa de la reforma energética
y potenciar el crecimiento económico nacional y el bienestar de los
consumidores.
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