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lunes, 22 de mayo de 2023



* Las empresas que participan en la International Chamber of Commerce México (ICC México), se suman al compromiso por lograr 35% de Energías Limpias en 2024 conforme a lo establecido en el marco jurídico mexicano y comprometido en el marco del Acuerdo de París.

* Por cuarto año consecutivo, está pendiente la obligación de publicación del requisito de Certificados de Energías Limpias (CEL) para los tres años posteriores a la emisión de dichos requisitos, por parte de la Secretaría de Energía.

* Ya se han otorgado amparos en contra de otorgar CEL a las centrales eléctricas legadas, pues esto desvirtúa la promoción de nuevas inversiones. Preocupan las declaraciones recientes en favor de contabilizar toda la energía limpia que existe en el Sistema Eléctrico Nacional para otorgar CEL, pues contravienen el marco jurídico, los amparos otorgados y los compromisos adquiridos al momento.

 




Ciudad de México a 22 de mayo de 2023


La International Chamber of Commerce México (ICC México), a través de su Comisión de Energía, advierte con preocupación que México incumplirá el objetivo de generar 35% de energía limpia en 2024 en el marco del Acuerdo de París; que existe un déficit anual creciente de Certificados de Energías Limpias (CEL) y que producto de las actuales políticas públicas, se reducen los incentivos para nuevas inversiones, provocando la variación a la baja de los precios de los CEL en el mercado.

Ante este panorama, la Comisión de Energía de ICC México reitera la importancia de profundizar el debate sobre energías limpias y promover la transición energética que el país necesita. En ese sentido, pone a consideración de las autoridades el apoyo técnico que pudiera ser útil para la consecución de este objetivo global. Creemos que un primer paso sería publicar los requisitos para 2026 reflejando la necesidad de crecimiento en el parque de generación renovable.

México presentó ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático la actualización de su Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés) con un incremento de ambición hasta 35% de las emisiones de gases de efecto invernadero si se cuenta con cooperación y financiamiento internacional para energías limpias. Esta actualización hizo explícito el vínculo entre menores emisiones y transición energética.

La Ley de Transición Energética, en su Transitorio Tercero, establece como meta una participación de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 35% para 2024. Esta meta es consistente con la Ley General de Cambio Climático y la Ley de la Industria Eléctrica. Además, contribuye al esfuerzo global por reducir las energías fósiles y promover las energías limpias, transición esencial para la sustentabilidad según la evidencia compartida por el Sexto Reporte del Panel Intergubernamental de Cambio Climático. La participación de las energías limpias en la matriz de generación se ha estancado, en 2022 su participación fue de 27% en lugar de situarse en alrededor de 32 por ciento.

Por su parte, la Ley de la Industria Eléctrica en su artículo 124, establece que en el primer trimestre de cada año se establecerán los requisitos de Certificados de Energías Limpias a ser cumplidos durante los tres años posteriores, mismos que no se reducirán. Por cuarto año consecutivo, la SENER ha incumplido en su obligación de publicación de dicho requisito. En el primer trimestre de este año, se debió publicar el requisito aplicable en 2026.

De manera inusual, el 22 de noviembre de 2022, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y no la SENER, que es la autoridad competente, emitió un aviso por el cual dio a conocer que el valor de requisito de CEL para 2023 sería 13.9%. A la fecha se han otorgado amparos en contra del “Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos que establecen los criterios para el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias y los requisitos para su adquisición, publicados el 31 de octubre de 2014”, que buscaba otorgar CEL a las Centrales eléctricas legadas, desvirtuando el fin original del instrumento de política pública: atraer nuevas inversiones y convertir metas nacionales en obligaciones individuales.

Las declaraciones recientes en favor de contabilizar toda la energía limpia existente contravienen el artículo Décimo Séptimo Transitorio del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía”, publicado el 20 de diciembre de 2013, que detalla que la ley reglamentaria de la Ley de la Industria Eléctrica establecerá a los participantes, obligaciones de energías limpias y reducción de emisiones contaminantes.

En la sesión extraordinaria del órgano de gobierno de la CRE del 3 de mayo de 2023, se planteó la importancia de “contabilizar toda la energía limpia que deriva de nuestro sistema energético” en los Certificados de Energía Limpia, para convertirlos en “mecanismos que garanticen el asentamiento de inversiones o de nuevas inversiones en nuestro país”. Esta posición posiblemente refleja la preocupación de las empresas nacionales por cumplir con los requisitos legales, pero omite la lógica detrás de la conformación de este mecanismo.

Dada la necesidad de que México incremente de manera consistente las inversiones en energías limpias, hay tres preocupaciones que han surgido en la Comisión de Energía del ICC México:

1. Al nuevamente no publicar requisitos de energías limpias en 2023 se asume que el requisito del 13.9% se mantendrá al menos hasta 2026 lo cual podría impactar seriamente en el cumplimiento de los objetivos de generación del 35%.

2. Se estima un déficit anual creciente que representa alrededor de 6.5millones de CEL cada año.

3. Reconocer la generación de energía limpia previa implica necesariamente que se reduzcan los incentivos para nuevas inversiones y se modifiquen los precios de los CEL en el mercado actual.

FUNDAMENTAL FORTALECER EL IMPULSO A ENERGÍAS LIMPIAS EN MÉXICO: ICC MÉXICO

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