● La Procuraduría General de la Defensa del Trabajo en sus sedes de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STyPS) y el Centro de Conciliación Laboral (CCL) brindan asesoría
● Las vacaciones dignas beneficiarán al empleador y empleado porque se generará una mayor productividad
● Los trabajadores que cumplieron un año laboral a partir del 1 de enero de 2023 tienen derecho a 12 días de vacaciones
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social de Jalisco (STyPS), a través de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo (PGDT), asesora a empleadores y empleados para que conozcan a detalle y apliquen puntualmente la Reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) respecto a las vacaciones dignas.
Marco Valerio Pérez Gollaz, titular de la STyPS, explicó que la reforma a la LFT entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023, por lo que, “si tu derecho nace a partir de ese día, es decir, si cumples el año a partir del 1ro. de enero del 2023, te corresponde gozar de los 12 días de vacaciones”.
“El artículo 76 clarifica que en ningún caso el período vacacional podrá ser inferior a 12 días laborables a partir del primer año laboral en el centro de trabajo”, añadió.
Ante la duda en caso de que el empleado haya cumplido el año laboral en 2022 y aún no ha tomado su periodo vacacional, entonces no aplica la reforma, por lo que el Secretario de Trabajo aseguró que el trabajador gozará de seis días de vacaciones -ya que la reforma entra en vigor el 1 de enero del 2023-, y es así que el empleado cuenta con un periodo de seis meses para solicitar su beneficio del descanso correspondiente.
Pérez Gollaz aseguró que la reforma laboral al capítulo IV de la LFT es un ganar-ganar porque beneficiará al empleador y al empleado reflejándose en una mejor productividad.
“Es una reforma que tiene como objetivo privilegiar y evitar el cansancio de los trabajadores, es una buena reforma, espero que en el futuro existan más y mejores condiciones adecuadas para los empleados”, puntualizó. Además, hizo un llamado a empleadores y empleados para que dialoguen y lleguen a acuerdos en la distribución del periodo vacacional para evitar controversias o agravios innecesarios.
En cuanto a la distribución de los días de vacaciones contados a partir del cumplimiento del primer año de trabajo, la Ley marca que en el primer año son 12 días de vacaciones, en el segundo 14, en el tercero 16, cuarto año 18 días, en el quinto año 20 días y a partir del sexto año el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicio (Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo vigente en 2023).
Vacaciones Dignas a partir del 2023
Tiempo Laborado Días laborables de vacaciones
1 año 12 días
2 años 14 días
3 años 16 días
4 años 18 días
5 años 20 días
6 años a 10 años 22 días
11 años a 15 años 24 días
16 años a 20 años 26 días
21 años a 25 años 28 días
26 años al 30 años 30 días
Finalmente insistió en el llamado a líderes empresariales, sindicales, patrones y empleados para que, en caso de alguna controversia o duda en la aplicación de la Ley, soliciten asesoría a través de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social que otorga atención de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas en Calzada de las Palmas # 96 colonia La Aurora en Guadalajara; así como también en el Centro de Conciliación Laboral (CCL) en el mismo horario con oficinas ubicadas en Juan Gil Preciado # 6735 colonia Jardines de Nuevo México en Zapopan.