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lunes, 19 de junio de 2023


 by Radamés Camargo

  • La Reforma Telecom cumple una década de su promulgación, hito insignia para la gestación de competencia efectiva el desarrollo eficiente de los mercados de telecomunicaciones en México.
  • Subsiste una estructura de mercado excesivamente concentrada a favor del AEP-T que obstaculiza el desarrollo de sus competidores y frena su mejor posicionamiento en el mercado.
  • Se registra una reducción de 8.9 puntos porcentuales en la participación de mercado del AEP-T en usuarios de telecomunicaciones en prácticamente nueve años al mes de septiembre de 2022, es decir, el ritmo promedio de desconcentración de mercado desde la entrada en vigor de la regulación asimétrica es de 1 punto porcentual por año.
  • A pesar de ello, hoy se registra una aceleración e intensificación en la adopción y consumo de servicios de telecomunicaciones entre las personas, hogares y empresas del país, que se han beneficiado de menores precios, mayor disponibilidad, mejor calidad y una creciente diversidad de alternativas de oferta.
  • A una década de la Reforma Telecom y posterior definición y aplicación del marco regulatorio de preponderancia la gran asignatura pendiente es la consecución de la competencia efectiva.
Se han cumplido 10 años de la Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones en México que trajo consigo una diversidad de cambios institucionales, normativos y regulatorios para la incipiente competencia y nivelación del terreno de juego en este sector, toral para la operación económica, social, educativa, cultural, informativa, etc. del país.

Precisamente, a una década de este hito insignia para el desarrollo eficiente de estos mercados, el poder legislativo definió como derecho constitucional el acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones, definió la figura de agente económico preponderante (AEP-T), eliminó la larga distancia y el roaming nacional, proscribió la discriminación tarifaria en servicios dentro y fuera de las redes, así como estableció la obligación de regular de manera asimétrica al AEP-T; entre otros elementos de gran calado.

A pesar de los intentos, en su gran mayoría fallidos, por parte del AEP-T de debilitar este corpus institucional y legal para la competencia efectiva y el bienestar de los consumidores y de su persistente incumplimiento a las medidas que le son aplicables, se ha proscrito el escenario de elevados precios de los servicios, candados para elegir o migrar de operador, así como de condiciones marcadamente favorables a este jugador principal/incumbente.

No obstante, subsiste una estructura de mercado excesivamente concentrada a favor del AEP-T que obstaculiza el desarrollo de sus competidores y frena su mejor posicionamiento en el mercado, en términos de tenencia espectral, despliegue de infraestructura, transición a nuevas tecnologías, oferta de servicios de valor agregado, entre otras ventajas manifiestas frente a sus competidores.

A pesar de ello, hoy se registra una aceleración e intensificación en la adopción y consumo de servicios de telecomunicaciones entre las personas, hogares y empresas del país, que se han beneficiado de menores precios, mayor disponibilidad, mejor calidad y una creciente diversidad de alternativas de oferta.

Al respecto, amerita puntualizar el balance que deja la llamada ‘Reforma Telecom’ de junio de 2013, al 10º aniversario de su promulgación en términos de adopción, evolución de precios, estructura de mercado y asignaturas pendientes en la consecución de sus objetivos.
 
Adopción de Servicios

En la última década, se registra una trayectoria al alza en la contratación y uso de los servicios de telecomunicaciones entre la población mexicana. Entre marzo de 2013 y septiembre de 2022, se han incrementado en 167.8 millones el número de accesos o Unidades Generadoras de Ingreso (UGI), es decir, un promedio de 17.6 millones anuales durante los últimos 9 años y medio.

En términos de adopción, destaca el avance de la conectividad móvil y fija, al registrar un incremento de 65 y 32 puntos respectivamente, para llegar a un coeficiente de 87 accesos por cada 100 habitantes en el caso de la banda ancha móvil (BAM) y 70 por cada 100 hogares en el de la banda ancha fija (BAF).
  
Adopción de Servicios de Telecomunicaciones
(Proporción del Total Hogares/Población, %)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Le siguen por su trayectoria al alza, la televisión restringida con un nivel de adopción de 61% entre los hogares, la telefonía móvil con una plena accesibilidad (99.4%) entre la población y la telefonía fija con una razón de 71 por cada 100 hogares del país.

Esta trayectoria al alza en la adopción de los diferentes servicios de telecomunicaciones es resultante de los esfuerzos de los operadores competidores del AEP-T por optimizar sus redes, competir por la vía de inversión en infraestructura, diversidad y calidad de sus servicios y en una mínima proporción atribuibles al acceso a recursos y servicios mayoristas provistos por el preponderante.
 
Evolución de Precios

En lo que toca al tema de precios, mientras que la evolución de los precios generales de la economía traza una tendencia al alza, los servicios de telecomunicaciones registran una trayectoria descendente, medidos a través del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en su componente de Telecomunicaciones.

En números, la inflación acumulada entre junio de 2013 y mayo de 2023 asciende a 56.9%, mientras que la caída de precios en las telecomunicaciones mexicanas fue de (-)30.8% durante el mismo periodo. Lo que evidencia un abaratamiento significativo de estos servicios en la última década. En mayor proporción este descenso es atribuible a los ajustes a la baja que han tenido lugar en el segmento móvil (-)48.7%, en alguna medida derivados de los cambios regulatorios derivados de la Reforma.

Al respecto, la definición en su origen de una elevada asimetría de tarifas de terminación de llamadas entre el AEP-T y sus competidores, así como la prohibición de la discriminación de precios entre los servicios originados dentro y fuera de las redes, vigentes desde septiembre de 2014, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), detonaron la trayectoria a la baja en los precios de las telecomunicaciones en general y aquellas móviles.
 
INPC General y de Servicios de Telecomunicaciones
(Junio de 2013 = 100)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del INEGI
 
Otra de las medidas legales que produjo una reducción significativa de precios fue la extinción de larga distancia y el roaming nacional, circunstancias que trazan un segundo hito en la evolución a la baja de tarifas de telecomunicaciones desde 2015 hasta el inicio de 2018. Año en el que la desaparición de la llamada ‘tarifa cero’ de interconexión trajo consigo una virtual parálisis de precios que trascendió hasta la primera mitad de 2022.
 
Dos mercados difieren en su trayectoria respecto a lo referido anteriormente, el de internet y televisión restringida. Esto derivado de la marcada dependencia de sus tarifas de la evolución del tipo de cambio por la adquisición de equipamiento comercializado en dólares estadounidenses y el costo de producción de los contenidos que en su gran mayoría son extranjeros.
 
El aumento incesante en estos dos principales insumos para la provisión de los servicios referidos explica el incremento acumulado de precios de 28.2% en el caso de la TV restringida y de 18.3% en el de internet entre junio de 2013 y mayo de 2023. En este último también registra un impulso en el gasto dedicado a su contratación y elección de velocidad de descarga como consecuencia del ‘empujón digital’ que trajo consigo la pandemia y el confinamiento en los hogares.
 
Estructura del Mercado y Competencia
 
Al mes de marzo de 2014, al comienzo de la aplicación de las medidas de regulación asimétrica, América Móvil alcanzaba una ponderación de 66.1% en términos del agregado de usuarios de telecomunicaciones o unidades generadoras de ingreso (UGI), criterio primigenio, pero no el único, para el dimensionamiento de la preponderancia realizado por el IFT.
 
En años recientes, la participación de mercado del preponderante se ha mantenido prácticamente en el mismo nivel, al pasar de 57.8% en diciembre de 2020 a 57.2% en septiembre de 2022, una disminución de solo 0.5 pp. Ello, evidencia una reducción de 8.9 puntos porcentuales en prácticamente nueve años, es decir, el ritmo promedio de desconcentración de mercado desde la entrada en vigor de la regulación asimétrica es de 1 punto porcentual por año.
Participación de Mercado del Preponderante en Usuarios
(Proporción del Total de UGI, %)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Se identifica que las dos primeras revisiones bienales y el ajuste consecuente de las medidas asimétricas han sido escasamente efectivas, tal que el ritmo de desconcentración del mercado ha disminuido incluso se ha mantenido prácticamente estable, lo que denota una clara inmunidad a la regulación por parte del preponderante que con el tiempo ha eludido la aplicación de las medidas.
 
Lo anterior refleja también la ineficacia de las medidas asimétricas impuestas desde el origen, puesto que el preponderante ha logrado solventar sus obligaciones sin afectar el rendimiento de sus márgenes de utilidades e ingresos, incrementando incluso su dominio en el mercado.
 
De acuerdo con información del IFT, desde la Declaratoria de Preponderancia hasta el comienzo de su primera revisión (marzo de 2014 a marzo de 2017), se registraron avances mínimos en términos de desconcentración de mercado medida por el Índice de Herfindahl-Hirschman (IHH) en suscripciones.
 
Entre los segmentos en los que participa el preponderante, el servicio que registró una mayor reducción en términos de IHH fue el de la Banda Ancha Fija (BAF) 24.3%. En segundo lugar, la Banda Ancha Móvil (BAM) con una disminución de 18.2%, seguido de la Telefonía Fija (TF) con una caída de 13.2%, por último, la Telefonía Móvil (TM) con una contracción de 10.1% durante el periodo referido. No obstante, todos estos segmentos se encontraban aún distantes de alcanzar la barrera de los 2,500 puntos para siquiera considerarse como mercados moderadamente concentrados.
 
Índice de Herfindahl-Hirschman (IHH) en Suscripciones de Telecomunicaciones
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Durante el periodo posterior a la primera revisión y la modificación a las medidas de preponderancia al mes de diciembre de 2020, esta tendencia descendente se modificó considerablemente. A partir de 2017, se nota un claro estancamiento e incluso repuntes en la concentración de los servicios móviles (telefonía y banda ancha móvil), segmento de mayor peso en el sector de telecomunicaciones al registrar niveles de masificación entre la población. Por el contrario, el mercado fijo (telefonía y banda ancha fija) ha mantenido una trayectoria más estable gracias al continuo mejoramiento de oferta y empaquetamiento de servicios por parte de los operadores competidores.
 
Así, al mes de septiembre de 2022, el IHH medido en usuarios de telecomunicaciones por segmento se ubicó en 2,840 puntos en BAF, 2,717 puntos en TF, mientras que el segmento móvil continúa en niveles significativamente superiores, 4,553 puntos en Telefonía Móvil y 5,310 puntos en el caso de la BAM. Esta última es el de mayor importancia, al ser la conectividad ubicua el servicio de creciente relevancia y uso entre los mexicanos y consecuentemente, el de mayor necesidad de gestación de condiciones de competencia efectiva.
Asignaturas Pendientes y Recomendaciones de Política Regulatoria
 
En cada revisión realizada a la regulación asimétrica por el IFT, los operadores competidores han denunciado el incumplimiento y la ineficacia de las medidas impuestas para balancear el terreno competitivo del mercado.
 
El propio regulador ha procedido a determinar sanciones al AEP-T por incumplir con el marco regulatorio de preponderancia, específicamente en lo que respecta a proveer de información completa de la disponibilidad de infraestructura pasiva (postes y pozos) en el Sistema Electrónico de Gestión (SEG), lo que hace inoperante la medida de compartición que le es aplicable.
 
Es fundamental que, al ostentar una posición dominante en infraestructura, el AEP-T publique la información precisa y confiable para que sus competidores puedan acceder a ella y así reducir las asimetrías de información y las condiciones operativas entre estos.
 
La supervisión y cumplimentación de las medidas impuestas es central para la consecución de sus objetivos. A pesar de ello, el IFT ha desechado sanciones al incumplimiento de la regulación asimétrica aplicable al AEP-T. Esta incongruencia y desatino regulatorio representa un revés a la actuación del IFT para detonar la eficacia de las medidas.
 
Condonar implica la existencia de una conducta contraria al marco jurídico que amerita una sanción, pero la autoridad decide perdonársela. Este tipo de acciones son claramente desincentivos al cumplimiento cabal y efectivo de las medidas asimétricas impuestas, lo que retrasa y frena la transición a un mercado en competencia efectiva.
 
En este sentido, la inaplicación de las sanciones aplicables al AEP-T junto con otras determinaciones regulatorias como la eliminación de la tarifa cero de interconexión, la habilitación del AEP-T para fijar libremente precios en el servicio mayorista de desagregación de la red local en 52 municipios del país y una potencial autorización de entrada al mercado de TV de paga contravienen el escueto progreso de la regulación asimétrica.
 
En los diferentes procesos de consulta, los operadores competidores han expuesto una serie de denuncias, incumplimientos y sugerencias al IFT, en medidas como la desagregación de la red local, la compartición de infraestructura, la prestación del servicio mayorista de enlaces dedicados, entre otras.
Las diferentes denuncias, incumplimientos y sugerencias expuestas demuestran la dificultad que representa la aplicación y el cumplimiento de la regulación asimétrica, pues sin un debido proceso de seguimiento, verificación y sanción, el AEP-T continúa realizando conductas dilatorias o contrarias a las obligaciones impuestas. Adicionalmente, en los diferentes procesos judiciales y administrativos se han detectado acciones como la saturación de recursos, procedimientos, opiniones y consultas con el único fin de demorar los procedimientos de consulta o investigación.
 
A partir de todo ello y de cara a la tercera revisión de la regulación asimétrica aplicable al AEP-T es menester que el IFT aplique mecanismos aceleradores de la eficacia de las medidas para reducir significativamente su peso en el mercado, opte por aplicar otras adicionales que cumplan con su cometido, verifique su cumplimiento efectivo y no proceda a habilitar más vías de (re)concentración de mercado.
 
Enseguida, se enumeran y detallan algunas recomendaciones y propuestas de ajustes y aplicación de medidas la regulación asimétrica basadas en la experiencia internacional para la gestación y en línea con las “Recomendaciones de política pública para la conectividad en las Américas” emitidas por la Organización de los Estados Americanos (OEA).
 
1. Definir obligaciones directas de inversión para el AEP-T, es decir fuera de los procesos de licitaciones de espectro, para incentivar el despliegue de infraestructura en zonas sin cobertura y promover la transición a redes de nueva generación.
2. Ampliar el diferencial de tarifas de terminación de llamadas a favor de los competidores para impulsar la competencia vía inversiones y calidad del servicio por parte de los operadores distintos al AEP-T.
3. Verificar el cumplimiento efectivo de las medidas de compartición de infraestructura pasiva y desagregación de la red local, implementar sanciones en caso contrario.
4. Proceder a la separación estructural del AEP-T como remedio para impedir conductas discriminatorias encaminadas a obstaculizar el desarrollo de operadores competidores.
5. Negar categóricamente la entrada del AEP-T al mercado de TV de paga, por los adversos efectos de reconcentración y en contra de la competencia efectiva.
6. El dimensionamiento y los efectos de la preponderancia del IFT debe incluir el componente de ingresos y márgenes operativos, al ser indicadores de la capacidad de inversión, ejercicio de recursos publicitarios, atracción de proveedores, reconcentración de mercado, etc.
7. Implementar una política fiscal integral para la conectividad que contemple la reducción de costos económicos por la tenencia de espectro radioeléctrico para los operadores competidores distintos al AEP-T.
8. Buscar el balance en la tenencia espectral entre los operadores competidores en las próximas licitaciones, para evitar mayores ventajas para el AEP-T, especialmente en el despliegue y transición a redes de nueva generación.
 
Todo lo anterior, tiene como propósito detonar la eficacia de las medidas impuestas, gestar verdaderas condiciones de competencia efectiva en el sector, prevenir la eternización de la aplicación de regulación asimétrica, así como frenar y revertir la trayectoria de (re)concentración en los diferentes indicadores referidos.
 
A una década de la Reforma Telecom y posterior definición y aplicación del marco regulatorio de preponderancia la gran asignatura pendiente es la consecución de la competencia efectiva. Ello, manifiesta el incumplimiento de uno de los principales mandatos constitucionales del IFT que es precisamente, la eficaz eliminación de las barreras a la competitividad y la libre concurrencia en el sector de telecomunicaciones.

A Una Década de la Reforma de Telecomunicaciones

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domingo, 18 de junio de 2023

 Radamés Camargo


  • La Reforma Telecom cumple una década de su promulgación, hito insignia para la gestación de competencia efectiva el desarrollo eficiente de los mercados de telecomunicaciones en México.
  • Subsiste una estructura de mercado excesivamente concentrada a favor del AEP-T que obstaculiza el desarrollo de sus competidores y frena su mejor posicionamiento en el mercado.
  • Se registra una reducción de 8.9 puntos porcentuales en la participación de mercado del AEP-T en usuarios de telecomunicaciones en prácticamente nueve años al mes de septiembre de 2022, es decir, el ritmo promedio de desconcentración de mercado desde la entrada en vigor de la regulación asimétrica es de 1 punto porcentual por año.
  • A pesar de ello, hoy se registra una aceleración e intensificación en la adopción y consumo de servicios de telecomunicaciones entre las personas, hogares y empresas del país, que se han beneficiado de menores precios, mayor disponibilidad, mejor calidad y una creciente diversidad de alternativas de oferta.
  • A una década de la Reforma Telecom y posterior definición y aplicación del marco regulatorio de preponderancia la gran asignatura pendiente es la consecución de la competencia efectiva.

Se han cumplido 10 años de la Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones en México que trajo consigo una diversidad de cambios institucionales, normativos y regulatorios para la incipiente competencia y nivelación del terreno de juego en este sector, toral para la operación económica, social, educativa, cultural, informativa, etc. del país.

Precisamente, a una década de este hito insignia para el desarrollo eficiente de estos mercados, el poder legislativo definió como derecho constitucional el acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones, definió la figura de agente económico preponderante (AEP-T), eliminó la larga distancia y el roaming nacional, proscribió la discriminación tarifaria en servicios dentro y fuera de las redes, así como estableció la obligación de regular de manera asimétrica al AEP-T; entre otros elementos de gran calado.

A pesar de los intentos, en su gran mayoría fallidos, por parte del AEP-T de debilitar este corpus institucional y legal para la competencia efectiva y el bienestar de los consumidores y de su persistente incumplimiento a las medidas que le son aplicables, se ha proscrito el escenario de elevados precios de los servicios, candados para elegir o migrar de operador, así como de condiciones marcadamente favorables a este jugador principal/incumbente.

No obstante, subsiste una estructura de mercado excesivamente concentrada a favor del AEP-T que obstaculiza el desarrollo de sus competidores y frena su mejor posicionamiento en el mercado, en términos de tenencia espectral, despliegue de infraestructura, transición a nuevas tecnologías, oferta de servicios de valor agregado, entre otras ventajas manifiestas frente a sus competidores.

A pesar de ello, hoy se registra una aceleración e intensificación en la adopción y consumo de servicios de telecomunicaciones entre las personas, hogares y empresas del país, que se han beneficiado de menores precios, mayor disponibilidad, mejor calidad y una creciente diversidad de alternativas de oferta.

Al respecto, amerita puntualizar el balance que deja la llamada ‘Reforma Telecom’ de junio de 2013, al 10º aniversario de su promulgación en términos de adopción, evolución de precios, estructura de mercado y asignaturas pendientes en la consecución de sus objetivos.
 
Adopción de Servicios

En la última década, se registra una trayectoria al alza en la contratación y uso de los servicios de telecomunicaciones entre la población mexicana. Entre marzo de 2013 y septiembre de 2022, se han incrementado en 167.8 millones el número de accesos o Unidades Generadoras de Ingreso (UGI), es decir, un promedio de 17.6 millones anuales durante los últimos 9 años y medio.

En términos de adopción, destaca el avance de la conectividad móvil y fija, al registrar un incremento de 65 y 32 puntos respectivamente, para llegar a un coeficiente de 87 accesos por cada 100 habitantes en el caso de la banda ancha móvil (BAM) y 70 por cada 100 hogares en el de la banda ancha fija (BAF).
  
Adopción de Servicios de Telecomunicaciones
(Proporción del Total Hogares/Población, %)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Le siguen por su trayectoria al alza, la televisión restringida con un nivel de adopción de 61% entre los hogares, la telefonía móvil con una plena accesibilidad (99.4%) entre la población y la telefonía fija con una razón de 71 por cada 100 hogares del país.

Esta trayectoria al alza en la adopción de los diferentes servicios de telecomunicaciones es resultante de los esfuerzos de los operadores competidores del AEP-T por optimizar sus redes, competir por la vía de inversión en infraestructura, diversidad y calidad de sus servicios y en una mínima proporción atribuibles al acceso a recursos y servicios mayoristas provistos por el preponderante.
 
Evolución de Precios

En lo que toca al tema de precios, mientras que la evolución de los precios generales de la economía traza una tendencia al alza, los servicios de telecomunicaciones registran una trayectoria descendente, medidos a través del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en su componente de Telecomunicaciones.

En números, la inflación acumulada entre junio de 2013 y mayo de 2023 asciende a 56.9%, mientras que la caída de precios en las telecomunicaciones mexicanas fue de (-)30.8% durante el mismo periodo. Lo que evidencia un abaratamiento significativo de estos servicios en la última década. En mayor proporción este descenso es atribuible a los ajustes a la baja que han tenido lugar en el segmento móvil (-)48.7%, en alguna medida derivados de los cambios regulatorios derivados de la Reforma.

Al respecto, la definición en su origen de una elevada asimetría de tarifas de terminación de llamadas entre el AEP-T y sus competidores, así como la prohibición de la discriminación de precios entre los servicios originados dentro y fuera de las redes, vigentes desde septiembre de 2014, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), detonaron la trayectoria a la baja en los precios de las telecomunicaciones en general y aquellas móviles.
 
INPC General y de Servicios de Telecomunicaciones
(Junio de 2013 = 100)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del INEGI
 
Otra de las medidas legales que produjo una reducción significativa de precios fue la extinción de larga distancia y el roaming nacional, circunstancias que trazan un segundo hito en la evolución a la baja de tarifas de telecomunicaciones desde 2015 hasta el inicio de 2018. Año en el que la desaparición de la llamada ‘tarifa cero’ de interconexión trajo consigo una virtual parálisis de precios que trascendió hasta la primera mitad de 2022.
 
Dos mercados difieren en su trayectoria respecto a lo referido anteriormente, el de internet y televisión restringida. Esto derivado de la marcada dependencia de sus tarifas de la evolución del tipo de cambio por la adquisición de equipamiento comercializado en dólares estadounidenses y el costo de producción de los contenidos que en su gran mayoría son extranjeros.
 
El aumento incesante en estos dos principales insumos para la provisión de los servicios referidos explica el incremento acumulado de precios de 28.2% en el caso de la TV restringida y de 18.3% en el de internet entre junio de 2013 y mayo de 2023. En este último también registra un impulso en el gasto dedicado a su contratación y elección de velocidad de descarga como consecuencia del ‘empujón digital’ que trajo consigo la pandemia y el confinamiento en los hogares.
 
Estructura del Mercado y Competencia
 
Al mes de marzo de 2014, al comienzo de la aplicación de las medidas de regulación asimétrica, América Móvil alcanzaba una ponderación de 66.1% en términos del agregado de usuarios de telecomunicaciones o unidades generadoras de ingreso (UGI), criterio primigenio, pero no el único, para el dimensionamiento de la preponderancia realizado por el IFT.
 
En años recientes, la participación de mercado del preponderante se ha mantenido prácticamente en el mismo nivel, al pasar de 57.8% en diciembre de 2020 a 57.2% en septiembre de 2022, una disminución de solo 0.5 pp. Ello, evidencia una reducción de 8.9 puntos porcentuales en prácticamente nueve años, es decir, el ritmo promedio de desconcentración de mercado desde la entrada en vigor de la regulación asimétrica es de 1 punto porcentual por año.
Participación de Mercado del Preponderante en Usuarios
(Proporción del Total de UGI, %)
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Se identifica que las dos primeras revisiones bienales y el ajuste consecuente de las medidas asimétricas han sido escasamente efectivas, tal que el ritmo de desconcentración del mercado ha disminuido incluso se ha mantenido prácticamente estable, lo que denota una clara inmunidad a la regulación por parte del preponderante que con el tiempo ha eludido la aplicación de las medidas.
 
Lo anterior refleja también la ineficacia de las medidas asimétricas impuestas desde el origen, puesto que el preponderante ha logrado solventar sus obligaciones sin afectar el rendimiento de sus márgenes de utilidades e ingresos, incrementando incluso su dominio en el mercado.
 
De acuerdo con información del IFT, desde la Declaratoria de Preponderancia hasta el comienzo de su primera revisión (marzo de 2014 a marzo de 2017), se registraron avances mínimos en términos de desconcentración de mercado medida por el Índice de Herfindahl-Hirschman (IHH) en suscripciones.
 
Entre los segmentos en los que participa el preponderante, el servicio que registró una mayor reducción en términos de IHH fue el de la Banda Ancha Fija (BAF) 24.3%. En segundo lugar, la Banda Ancha Móvil (BAM) con una disminución de 18.2%, seguido de la Telefonía Fija (TF) con una caída de 13.2%, por último, la Telefonía Móvil (TM) con una contracción de 10.1% durante el periodo referido. No obstante, todos estos segmentos se encontraban aún distantes de alcanzar la barrera de los 2,500 puntos para siquiera considerarse como mercados moderadamente concentrados.
 
Índice de Herfindahl-Hirschman (IHH) en Suscripciones de Telecomunicaciones
Fuente: Elaborado por The Competitive Intelligence Unit con base en información del IFT
 
Durante el periodo posterior a la primera revisión y la modificación a las medidas de preponderancia al mes de diciembre de 2020, esta tendencia descendente se modificó considerablemente. A partir de 2017, se nota un claro estancamiento e incluso repuntes en la concentración de los servicios móviles (telefonía y banda ancha móvil), segmento de mayor peso en el sector de telecomunicaciones al registrar niveles de masificación entre la población. Por el contrario, el mercado fijo (telefonía y banda ancha fija) ha mantenido una trayectoria más estable gracias al continuo mejoramiento de oferta y empaquetamiento de servicios por parte de los operadores competidores.
 
Así, al mes de septiembre de 2022, el IHH medido en usuarios de telecomunicaciones por segmento se ubicó en 2,840 puntos en BAF, 2,717 puntos en TF, mientras que el segmento móvil continúa en niveles significativamente superiores, 4,553 puntos en Telefonía Móvil y 5,310 puntos en el caso de la BAM. Esta última es el de mayor importancia, al ser la conectividad ubicua el servicio de creciente relevancia y uso entre los mexicanos y consecuentemente, el de mayor necesidad de gestación de condiciones de competencia efectiva.
Asignaturas Pendientes y Recomendaciones de Política Regulatoria
 
En cada revisión realizada a la regulación asimétrica por el IFT, los operadores competidores han denunciado el incumplimiento y la ineficacia de las medidas impuestas para balancear el terreno competitivo del mercado.
 
El propio regulador ha procedido a determinar sanciones al AEP-T por incumplir con el marco regulatorio de preponderancia, específicamente en lo que respecta a proveer de información completa de la disponibilidad de infraestructura pasiva (postes y pozos) en el Sistema Electrónico de Gestión (SEG), lo que hace inoperante la medida de compartición que le es aplicable.
 
Es fundamental que, al ostentar una posición dominante en infraestructura, el AEP-T publique la información precisa y confiable para que sus competidores puedan acceder a ella y así reducir las asimetrías de información y las condiciones operativas entre estos.
 
La supervisión y cumplimentación de las medidas impuestas es central para la consecución de sus objetivos. A pesar de ello, el IFT ha desechado sanciones al incumplimiento de la regulación asimétrica aplicable al AEP-T. Esta incongruencia y desatino regulatorio representa un revés a la actuación del IFT para detonar la eficacia de las medidas.
 
Condonar implica la existencia de una conducta contraria al marco jurídico que amerita una sanción, pero la autoridad decide perdonársela. Este tipo de acciones son claramente desincentivos al cumplimiento cabal y efectivo de las medidas asimétricas impuestas, lo que retrasa y frena la transición a un mercado en competencia efectiva.
 
En este sentido, la inaplicación de las sanciones aplicables al AEP-T junto con otras determinaciones regulatorias como la eliminación de la tarifa cero de interconexión, la habilitación del AEP-T para fijar libremente precios en el servicio mayorista de desagregación de la red local en 52 municipios del país y una potencial autorización de entrada al mercado de TV de paga contravienen el escueto progreso de la regulación asimétrica.
 
En los diferentes procesos de consulta, los operadores competidores han expuesto una serie de denuncias, incumplimientos y sugerencias al IFT, en medidas como la desagregación de la red local, la compartición de infraestructura, la prestación del servicio mayorista de enlaces dedicados, entre otras.
Las diferentes denuncias, incumplimientos y sugerencias expuestas demuestran la dificultad que representa la aplicación y el cumplimiento de la regulación asimétrica, pues sin un debido proceso de seguimiento, verificación y sanción, el AEP-T continúa realizando conductas dilatorias o contrarias a las obligaciones impuestas. Adicionalmente, en los diferentes procesos judiciales y administrativos se han detectado acciones como la saturación de recursos, procedimientos, opiniones y consultas con el único fin de demorar los procedimientos de consulta o investigación.
 
A partir de todo ello y de cara a la tercera revisión de la regulación asimétrica aplicable al AEP-T es menester que el IFT aplique mecanismos aceleradores de la eficacia de las medidas para reducir significativamente su peso en el mercado, opte por aplicar otras adicionales que cumplan con su cometido, verifique su cumplimiento efectivo y no proceda a habilitar más vías de (re)concentración de mercado.
 
Enseguida, se enumeran y detallan algunas recomendaciones y propuestas de ajustes y aplicación de medidas la regulación asimétrica basadas en la experiencia internacional para la gestación y en línea con las “Recomendaciones de política pública para la conectividad en las Américas” emitidas por la Organización de los Estados Americanos (OEA).
 
1. Definir obligaciones directas de inversión para el AEP-T, es decir fuera de los procesos de licitaciones de espectro, para incentivar el despliegue de infraestructura en zonas sin cobertura y promover la transición a redes de nueva generación.
2. Ampliar el diferencial de tarifas de terminación de llamadas a favor de los competidores para impulsar la competencia vía inversiones y calidad del servicio por parte de los operadores distintos al AEP-T.
3. Verificar el cumplimiento efectivo de las medidas de compartición de infraestructura pasiva y desagregación de la red local, implementar sanciones en caso contrario.
4. Proceder a la separación estructural del AEP-T como remedio para impedir conductas discriminatorias encaminadas a obstaculizar el desarrollo de operadores competidores.
5. Negar categóricamente la entrada del AEP-T al mercado de TV de paga, por los adversos efectos de reconcentración y en contra de la competencia efectiva.
6. El dimensionamiento y los efectos de la preponderancia del IFT debe incluir el componente de ingresos y márgenes operativos, al ser indicadores de la capacidad de inversión, ejercicio de recursos publicitarios, atracción de proveedores, reconcentración de mercado, etc.
7. Implementar una política fiscal integral para la conectividad que contemple la reducción de costos económicos por la tenencia de espectro radioeléctrico para los operadores competidores distintos al AEP-T.
8. Buscar el balance en la tenencia espectral entre los operadores competidores en las próximas licitaciones, para evitar mayores ventajas para el AEP-T, especialmente en el despliegue y transición a redes de nueva generación.
 
Todo lo anterior, tiene como propósito detonar la eficacia de las medidas impuestas, gestar verdaderas condiciones de competencia efectiva en el sector, prevenir la eternización de la aplicación de regulación asimétrica, así como frenar y revertir la trayectoria de (re)concentración en los diferentes indicadores referidos.
 
A una década de la Reforma Telecom y posterior definición y aplicación del marco regulatorio de preponderancia la gran asignatura pendiente es la consecución de la competencia efectiva. Ello, manifiesta el incumplimiento de uno de los principales mandatos constitucionales del IFT que es precisamente, la eficaz eliminación de las barreras a la competitividad y la libre concurrencia en el sector de telecomunicaciones.

A Una Década de la Reforma de Telecomunicaciones

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lunes, 9 de enero de 2023

 

  • Cada vez son más los trabajadores cuya jornada laboral es excesivamente prolongada, advierte Miguel Ángel Mancera 

     


El senador Miguel Ángel Mancera Espinosa promueve una reforma constitucional para que la jornada máxima de trabajo diurno sea de seis horas y la jornada máxima de trabajo nocturno sea de cinco horas. 

 

El legislador del PRD inscribió este proyecto en la Gaceta de la Comisión Permanente del pasado 5 de enero. Además, planteó que por cada cinco días de trabajo la persona trabajadora pueda disfrutar de dos días de descanso.  

 

Mancera Espinosa argumentó que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, “las jornadas laborales prolongadas provocaron 745 mil defunciones por accidente cerebrovascular y cardiopatía isquémica en 2016, cifra 29 por ciento superior a la de 2000”. 

 

Detalló que, en el mismo año, 398 mil personas fallecieron a causa de un accidente cerebrovascular y 347 mil por cardiopatía isquémica como consecuencia de haber trabajado 55 horas a la semana o más.  

 

Entre 2000 y 2016, acotó, el número de defunciones por cardiopatía isquémica por las jornadas laborales prolongadas aumentó en 42 por ciento, mientras que el incremento en el caso de las muertes por accidente cerebrovascular fue de 19 por ciento. 

 

“Cada vez son más los trabajadores cuya jornada laboral es excesivamente prolongada, una tendencia que da lugar a un incremento en el número de personas que corren riesgo de sufrir discapacidades o fallecer por motivos ocupacionales”. 

 

Por ello, remarcó el legislador, su bancada impulsa esta acción legislativa para reducir la actual jornada y el tiempo de semana laboral, a fin de permitir que las personas trabajadoras del Estado puedan estar más tiempo con sus familias. 

 

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Apartado B, fracciones I y II, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está inscrita en la Gaceta de la Comisión Permanente del 5 de enero de 2023. 

Proponen en Congreso reducción de jornada de trabajo

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miércoles, 21 de septiembre de 2022

 

  • Presentan moción suspensiva, pero fue rechazada por la Asamblea  

     


El Pleno del Senado de la República inició la discusión de la reforma constitucional por la que se extiende, de cinco a nueve años, la permanencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. 

 

El presidente de la Mesa Directiva, Alejandro Armenta Mier, informó que el dictamen se acompaña de nueve votos particulares de las senadoras Claudia Ruiz Massieu Salinas, del PRI; Noé Castañón, de Movimiento Ciudadano; Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD; y otro firmado por los senadores Noé Castañón y Clemente Castañeda Hoeflich.  

 

Así como de los y las senadoras Nancy de la Sierra Arámburo, del Grupo Plural; Kenia López Rabadán y Julen Rementería del Puerto, del PAN; Damián Zepeda Vidales, de la misma fracción; Faustino López Vargas y Lucía Meza Guzmán, de Morena.  

 

Además, en la Mesa Directiva se recibieron dos propuestas de moción suspensiva, la primera de ellas suscrita por senadoras y senadores del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, y la segunda suscrita por el senador Gustavo Madero Muñoz, del Grupo Plural.  

 

Nadia Navarro presentó la moción suspensiva para poder construir un diálogo con la sociedad civil y expertos en la materia sobre la minuta, pero con 61 votos en contra y 38 a favor, esta petición fue rechazada.  

 

Al presentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, el senador Eduardo Ramírez Aguilar afirmó que, tras escuchar a integrantes de la academia, alcaldes, gobernadores y colectivos defensores de los derechos humanos, concluyeron que no son suficientes cinco años para consolidar la Guardia Nacional. 

 

Reconoció que quizás existieron algunos excesos por parte de las Fuerzas Armadas en el pasado; sin embargo, señaló, en su mayoría han cuidado de nuestra soberanía y seguridad, por lo que pidió honrar el trabajo de las y los militares, pues no hacerlo sería un acto de ingratitud; “no es militarización, es acompañamiento”, enfatizó. 

 

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Rafael Espino de la Peña, hizo un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que resuelva, a la brevedad, la acción de inconstitucionalidad que se interpuso en contra de las reformas legales a la Guardia Nacional, “porque su puntual definición evitará incertidumbre, que no hace más que dañar el marco legal”. 

 

Dijo que la estrategia de seguridad debe operar con método y planeación, e incluir metas concretas, la ruta para alcanzarlas y evaluaciones transparentes, porque en el pasado se llevaron a cabo malos diagnósticos, políticas erráticas, estrategias fallidas, sin método, con corrupción, crisis de funcionalidad y mala coordinación institucional. 

 

La propuesta modifica el primer párrafo y adiciona el párrafo tercero y cuarto del Artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política en materia de la Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019. 

 

Con este proyecto, “durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada y complementaria”.  

 

Dicha participación, se agrega, deberá tener un enfoque de respeto a los derechos humanos, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos. 

 

Además, plantea que se integre una comisión conformada por diputados y senadores para dar seguimiento al cumplimiento del presente artículo.  

 

Para tal fin, el Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá rendir un informe cada periodo ordinario de sesiones, en el que dé cuenta del avance en la conformación y capacitación de los cuerpos de seguridad civil de estados y municipios.  

Luego de la presentación del dictamen, por parte de los presidentes de las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, se dio paso a la presentación de los votos particulares.  



Inicia debate sobre reforma para ampliar permanencia de Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública

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jueves, 8 de febrero de 2018


 Los estados de Colima, Querétaro, México y San Luis Potosí se adhirieron a la Política Inmobiliaria del Gobierno Federal

* Con ello, se da cumplimiento a uno de los mandatos de la Reforma de Telecomunicaciones, que tiene que ver con el uso eficiente 
        de la infraestructura pasiva del Estado


Como resultado de la Reforma de Telecomunicaciones, el Gobierno Federal y cuatro estados de la República, más de 15 mil inmuebles están en condiciones de ofrecerse a los operadores de telecomunicaciones y radiodifusión para el despliegue de su infraestructura.
Los estados de Colima, Querétaro, México y San Luis Potosí firmaron convenios con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para adherirse a la Política Inmobiliaria del Gobierno Federal en Materia de Telecomunicaciones, con el fin de promover el aprovechamiento entre concesionarios autorizados, permisionarios o desarrolladores de los inmuebles públicos, para el despliegue de la infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión, de conformidad con las condiciones técnicas, económicas, de seguridad y de operación determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN).
Con ello, se da cumplimiento a uno de los mandatos de la Reforma de Telecomunicaciones, que ordena hacer un uso eficiente de la infraestructura pasiva del Estado, para incrementar la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, bajando sus costos, a fin de trasladar ese beneficio a los usuarios.
Los gobiernos estatales deben de proporcionar al INDAABIN el inventario actualizado de los inmuebles que forman parte de su patrimonio y que sean susceptibles de otorgarse en arrendamiento.
Los inmuebles aportados por San Luis Potosí, Colima, Querétaro y el Estado de México, además de mil 125 que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aportará, se ofrecerán a través del Sistema de Arrendamiento de Espacios ARES del INDAABIN, con lo cual se alcanzan 15 mil 546 espacios en inmuebles públicos disponibles para el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones.
El INDAABIN opera como ventanilla única, de manera electrónica, para el proceso de arrendamiento, uso y aprovechamiento de inmuebles en el sector telecomunicaciones.
También existe un marco jurídico, claro y que da certidumbre sobre la política inmobiliaria y las bases de coordinación con reglas claras y sencillas, que permitirán instalar infraestructura bajo un esquema ágil y justo.

MÁS DE 15 MIL SITIOS ESTÁN EN CONDICIONES DE OFRECERSE PARA EL DESPLIEGUE DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES

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jueves, 4 de enero de 2018



Dos décadas después de los primeros esfuerzos para la gestación de la competencia y a casi un lustro de la Reforma Constitucional, un diagnóstico reiterado de las telecomunicaciones de México es su insuficiencia. ¿Su manifestación reiterada? La excesiva y persistente concentración de mercado por un solo agente económico, el preponderante América Móvil (Telmex-Tenor/Telcel) que abraza dos tercios del mercado. Caeteris Paribus en términos de competencia, es decir, que a pesar de la aplicación de medidas regulatorias, el resto de las condiciones permanecen igual.
Al respecto nos ha dicho la OCDE (“Estudio sobre políticas y regulación de telecomunicaciones en México”, 2012) que “la falta de competencia efectiva y la consiguiente alta concentración del mercado, …tiene consecuencias para los consumidores, pues da lugar a un menor consumo como resultado de los altos precios en toda la gama de servicios de telecomunicaciones. Esto se traduce en una pérdida significativa de bienestar social…”.
Y así, persiste el entorno de escasa competencia efectiva y elevada concentración de mercado emparejado con sus efectos adversos sobre el desarrollo de infraestructura, innovación tecnológica, mejora de cobertura, calidad y precios de los servicios, así como en el bienestar social, entre otros.
Información primaria publicada por el IFT al segundo trimestre de 2017, consigna que la participación de mercado del grupo económico América Móvil en usuarios de telecomunicaciones o Unidades Generadoras de Ingreso (UGI) es superior a 60% en los segmentos en los que provee servicios, muy cercano al nivel que tenía al momento de su denominación como agente económico preponderante.
En líneas fijas asciende a 63.6% y en móviles a 65.1%; en banda ancha móvil supera la tenencia 7 de cada 10 accesos (70.8%) y en banda ancha fija se ha mantenido en la vecindad de 6 de cada 10 con 56.4%.
Mientras que en ingresos de telecomunicaciones fijas (telefonía fija, internet fijo y TV de paga) Telmex-Telnor contabilizó cerca de 5 de cada 10 pesos (48.3%) generados por los operadores y en aquellas móviles Telcel alcanza una razón cercana a 7 de cada 10 pesos (67.9%).
Todas estas estadísticas aun en un rango superior a 50% que conforme al marco determinado por el IFT y la Reforma para la determinación del agente económico preponderante.
Es precisamente por esta definición que aún no podemos dar testimonio de un escenario de competencia efectiva, por la elevada posición de ventaja que conserva el preponderante en términos de participación de mercado frente a sus competidores. Si bien ha habido mejoras en el nivel de precios de servicios como los móviles, ello es atribuible al advenimiento de un operador disruptivo en lo comercial y en su infraestructura (AT&T).
Es así como a decir del criterio e indicadores del órgano regulador aún nos encontramos en una realidad de falta de competencia, identificable ya sea en su enfoque simple o en aquel amplio. Una petición reiterada por los competidores ha sido la aplicación y cumplimiento efectivo, así como la supervisión, seguimiento puntual y sanción al incumplimiento de la regulación asimétrica de preponderancia aún pendiente y que ha pospuesto la verificación de su eficacia y la consecuente gestación de sus efectos positivos sobre el desarrollo de la industria.
Esta, más que una reflexión pesimista, es una en la que se concluye que, si con el empuje de acciones de mercado se han logrado en estos 3 años importantes avances, la suma de las acciones regulatorias nos llevaran finalmente a los niveles de competitividad y calidad de nuestros socios de la OECD, finalmente.
Seguir en una simulación regulatoria y de postergación de la aplicación efectiva de las medidas de la Reforma, únicamente nos dejará en ese escenario del caeteris paribus en las telecomunicaciones en México.

Caeteris Paribus en Competencia

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viernes, 3 de febrero de 2017



·         Cuatro mil solicitudes de información y un millón de consultas al portal, la evidencia

·         Gerardo Ruiz Esparza da seguimiento e impulso para que la transparencia de la SCT vaya más allá de lo que exige la norma en vigor

·         El Oficial Mayor de la SCT encabezó la Reunión General de Seguimiento a las Nuevas Obligaciones de Transparencia

·         La Reforma Constitucional en materia de Transparencia impulsada por el Presidente Enrique Peña Nieto, crece en cantidad y calidad las necesidades de ser todavía mucho más transparentes, dijo

·         SCT de las instituciones del Gobierno de la República que mayor interés genera entre los ciudadanos, derivado de la alta cantidad de obras y recursos que se ejercen


Una secretaría transparente, como la nuestra, puede estar tranquila porque está haciendo muy buen papel ante la sociedad y ésa ha sido la  constante en el equipo de trabajo que encabeza el Secretario Gerardo Ruiz Esparza, afirmó el Oficial Mayor de la SCT, Rodrigo Ramírez Reyes, durante la inauguración de la Reunión General de Seguimiento a las Nuevas Obligaciones de Transparencia.

El funcionario transmitió un saludo y un reconocimiento del titular de la dependencia a los responsables de Transparencia de cada una de las unidades administrativas, congregadas en el Auditorio de la dependencia, a quienes les solicitó mantener e incrementar la colaboración y el empeño en el desarrollo de sus responsabilidades.

Subrayó que esta reunión se realizó con el objetivo de reafirmar la vocación que tiene su titular y la propia SCT como institución transparente y de gobierno abierto.

Dijo que la Reforma Constitucional en materia de Transparencia impulsada por el Presidente Enrique Peña Nieto, crece en cantidad y calidad las necesidades de ser todavía mucho más transparentes.

Recalcó que el titular de la dependencia da seguimiento e impulsa la transparencia de la SCT, para que vaya más allá de lo que exige la normatividad en vigor.

En este sentido recordó que en su gran mayoría, los fallos en los procedimientos adquisitivos de obra que se realizan en la Secretaría, se transmiten en vivo por Internet, además de la invitación de notarios públicos y acompañamiento de testigos sociales.

Destacó la importancia de estos procedimientos que han dado muy buenos resultados ante la opinión pública y reveló que la SCT es una de las instituciones del Gobierno de la República de la que mayor interés tienen los ciudadanos derivado de la alta cantidad de obras y recursos que se ejercen.

“Hemos estado a la altura de las expectativas en materia de transparencia y rendición de cuentas ya que las más de cuatro mil solicitudes y un millón de consultas al portal que se atienden anualmente son una muestra de que para la SCT la transparencia es una prioridad”, puntualizó.

El Oficial Mayor, transmitió a los servidores públicos de la dependencia la instrucción del secretario Ruiz Esparza, para que las 57 Obligaciones de Transparencia a cargo de la SCT se encuentren actualizadas al 100 por ciento a más tardar el 15 de abril de este año.

Señaló que es a partir de estas sesiones y del intercambio de información que se llevará a cabo una sesión de valoración de lo realizado, con el propósito de estar en condiciones de responder en tiempo y forma a la evaluación que constantemente aplica el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) a cada dependencia y ​de su capacidad para responder a la ciudadanía.

En su intervención, el director general de Innovación Sectorial, Bernardo Álvarez del Castillo Vargas, aseguró que la SCT está ante la oportunidad de convertirse en la dependencia más transparente de México.

Por último, el titular de la Unidad de Transparencia, José Alberto Reyes Fernández, expuso los aspectos importantes del calendario y metodología de trabajo de la dependencia en este rubro.

SCT A LA ALTURA DE LAS EXPECTATIVAS EN TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS: RODRIGO RAMÍREZ REYES

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