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jueves, 18 de abril de 2024

 

  • La reforma busca evitar “la dictadura de la toga”, precisa Ricardo Monreal

 

  • PAN, PRI PRD y MC señalan que elimina la posibilidad de que ciudadanos puedan defenderse de decisiones de la autoridad

 


La Cámara de Senadores aprobó, en lo general, el proyecto por el que se reforma la Ley de Amparo, para que en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijen efectos generales.

 

En el dictamen avalado, se destaca que se trata de una medida que permitirá garantizar el respeto irrestricto a la separación de poderes y, fundamentalmente, el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes.

 

También se subraya en el documento que el Juicio de Amparo es un medio de control constitucional contra los actos emitidos con motivo del ejercicio de poder.

 

Y que esta figura tiene por objeto proteger los derechos humanos y derechos fundamentales establecidos en la Constitución, así como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, cuando estos son violados por normas generales, actos u omisiones de autoridad o de particulares señalados en la Ley.

 

Sin embargo, el proyecto acota que no debe ser utilizada como un mecanismo que limite el actuar y la función de un Poder constituido en detrimento de otro.

 

La propuesta fue avalada con 69 votos a favor, 42 votos en contra y cero abstenciones en lo general.

 

Adiciona un último párrafo al artículo 148 y deroga el último párrafo del artículo 129 de dicho ordenamiento para eliminar la facultad del órgano jurisdiccional de amparo, en aquellos casos que excepcionalmente concedía la suspensión, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pudiera causarse mayor afectación al interés social.

 

En el dictamen, también se menciona que no existe una justificación en la norma constitucional para que la suspensión, sea provisional o definitiva, deba tener efectos generales.

 

En ese sentido, se argumenta que estas suspensiones sólo deben abarcar en sus efectos a la parte quejosa, a partir de la cual se hace la valoración y no así a favor de toda la colectividad, pues, en una sociedad con intereses tan diversos, sería complicado asumir que efectivamente una determinación atiende al interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el texto constitucional, se agrega, una sentencia que estudia y analiza la constitucionalidad de la Ley o acto impugnado no puede concederse con efectos generales, menos lo podría hacer una suspensión, ya que se entendería que se estaría prejuzgando el fondo del asunto, lo cual atenta contra la naturaleza del juicio de amparo.

“Por tanto, la modulación para el otorgamiento de la suspensión, provisional o definitiva, no puede estar sujeta a la discrecionalidad de la autoridad jurisdiccional, cuando en todo acto de autoridad, debe privar el principio de seguridad y certeza jurídica”, subraya el texto.

 

A nombre del PAN, el senador Julen Rementería del Puerto presentó una moción suspensiva al dictamen con proyecto de decreto, la cual fue rechazada por el Pleno con 67 votos en contra y 43 a favor.

 

El legislador argumentó que la aprobación de esta reforma es “un abuso”, ya que elimina la posibilidad de que los ciudadanos puedan recibir el amparo de la justicia federal, respecto a cualquier acción de la autoridad que los afecte.

 

Además, se presentaron votos particulares por parte de las y los senadores Adriana Guadalupe Jurado Valadez y Damián Zepeda Vidales, del PAN; Claudia Edith Anaya Mota, del PRI; Laura Iraís Ballesteros Mancilla y Luis David Ortíz Salinas, de Movimiento Ciudadano; Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD; Germán Martínez Cázares, del Grupo Plural; y Claudia Ruiz Massieu Salinas.

 

Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, senadora Olga Sánchez Cordero, afirmó que la aprobación de este producto legislativo refrenda el compromiso de que las leyes reglamentarias estén acorde con la Constitución; “no estamos afectando derechos, ni haciendo una regresión en las garantías”, sostuvo.

 

En nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda la senadora Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo afirmó que las suspensiones se usan discrecionalmente por parte de las y los juzgadores, sin respetar el principio de seguridad y de certeza jurídica. Además, indicó que no se trata de que haya un Poder por encima del otro, sino que cada uno se enfoque plenamente en el marco de sus competencias.

 

Por Morena, el senador Ricardo Monreal Ávila aseveró que esta reforma busca evitar “el abuso de la dictadura de la toga”, que genera una gran discrecionalidad en sus asuntos y vulnera el principio de legalidad al que deben estar sujetos; “los límites que ahora estamos estableciendo en la Ley de Amparo son, precisamente, para eliminar esa excesiva discrecionalidad de jueces”, asentó.

 

La senadora Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, de Acción Nacional, denunció que, con esta reforma, Morena busca eliminar el derecho de las y los ciudadanos a protegerse ante las decisiones de las autoridades; “dejen de quitarle derechos a los mexicanos y permítanles a los ciudadanos de México que puedan defenderse de las autoridades”, demandó.

 

La senadora del PRI, Sylvana Beltrones Sánchez dijo que es necesario buscar alternativas que fortalezcan la justicia, porque esta reforma sólo demuestra que los proyectos gubernamentales se encuentran por encima de los derechos humanos, ya que “deja desprotegidos a aquellos más vulnerables, que no pueden defenderse adecuadamente en un juicio de amparo”.

 

El senador de Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda Hoeflich, consideró que con esta reforma se le da cierto margen de discrecionalidad al Ejecutivo, por encima de la protección de los derechos individuales o de los que pueden tener un carácter colectivo. “El amparo está pensado para empoderar a las personas, no para darle más poder al poder”, subrayó.

 

Por el PVEM, Raúl Bolaños-Cacho Cué expresó que la oposición, a través de infamias y mentiras, pretende asustar a la ciudadanía cuando lo que se discute es un tema meramente jurídico y además constitucional, “pues al tratarse de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de las normas generales, no se deben tener efectos generales”.

 

Por el PRD, el senador Emilio Álvarez Icaza Longoria advirtió que esta reforma es “la cereza en el pastel de la regresión autoritaria”, ya que el amparo es una institución para tutelar derechos, por lo que reducir sus efectos es un acto regresivo que limita las garantías; “lo que debe saber la gente es que este es el intento de Plan C por la puerta de atrás”, acotó.

 

Posteriormente, las y los senadores pasaron a la discusión de las reservas para modificar el dictamen, que presentaron senadores de diferentes fracciones parlamentarias.

 

Aprueba Senado, en lo general, con 69 votos a favor y 42 en contra, reforma a Ley de Amparo

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